Propuesta de DECISION DEL CONSEJO relativa al canje de notas entre la Comunidad y Chile sobre la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo marco de cooperación destinado a preparar, como objetivo final, una asociación de carácter político y económico entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra /* COM/96/0259 FINAL - ACC 96/0150 */
Diario Oficial n° C 258 de 05/09/1996 p. 0019
Propuesta de Decisión del Consejo relativa al Canje de Notas entre la Comunidad y Chile sobre la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo marco de cooperación destinado a preparar, como objetivo final, una asociación de carácter político y económico entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra (96/C 258/06) COM(96) 259 final - 96/0150(ACC) (Presentada por la Comisión el 12 de junio de 1996) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 113 en relación con la primera frase del apartado 2 del artículo 228, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que el Acuerdo marco de cooperación destinado a preparar, como objetivo final, una asociación de carácter político y económico entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra, fue firmado el . . . por la Comunidad Europea y sus Estados miembros; Considerando que la Comunidad Europea y Chile se han comprometido a establecer las condiciones para la aplicación provisional de determinadas disposiciones de este Acuerdo relativas a la cooperación comercial entre las Partes y el marco institucional de esta cooperación; Considerando que, en espera del cumplimiento de los procedimientos para la entrada en vigor del Acuerdo, la aplicación provisional de estas disposiciones contribuirá a facilitar y promover unas relaciones comerciales más estrechas entre la Comunidad Europea y la República de Chile, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Canje de Notas entre la Comunidad y Chile adjunto a la presente Decisión, que prevé la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo marco de cooperación destinado a preparar, como objetivo final, una asociación de carácter político y económico entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra. Artículo 2 La Comisión representará a la Comunidad en los órganos previstos en los artículos 35 y 37 del Acuerdo. Artículo 3 La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.