51996IR0306

Dictamen del Comité de la Regiones sobre la Comunicación de la Comisión «Las intervenciones estructurales comunitarias y el empleo» CdR 306/96 fin

Diario Oficial n° C 042 de 10/02/1997 p. 0015


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Comunicación de la Comisión «Las intervenciones estructurales comunitarias y el empleo» () (97/C 42/03)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Visto el «Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad, empleo. Retos y pistas para entrar en el siglo XXI» (COM(93) 700 final);

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo - Seguimiento del Consejo Europeo de Essen sobre empleo (COM(95) 74 final de 8 de marzo de 1995);

Vista la Comunicación de la Comisión sobre las tendencias y la evolución de los sistemas de empleo en la Unión Europea y sobre la estrategia europea en favor del empleo (COM(95) 465 final de 11 de octubre de 1995);

Visto el informe del Congreso de poderes locales y regionales de Europa sobre paro/empleo, actividades y profesiones nuevas, envites y perspectivas de la dimensión local (Conferencia Internacional de Florencia, 9 y 10 de mayo de 1996);

Vista la Acción en favor del empleo en Europa: Pacto de confianza (CSE(96) 1 final de 5 de junio de 1996);

Vistas las Conclusiones de la Conferencia Tripartita sobre Crecimiento y Empleo celebrada en Roma los días 14 y 15 de junio de 1996;

Vistas las «Conclusiones de la Presidencia» del Consejo Europeo de Florencia de los días 21 y 22 de junio de 1996 (SN 300/96);

Vista su decisión de 8 de marzo de 1996, de conformidad con el apartado 4 del artículo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de elaborar un dictamen sobre este tema y encargar de su preparación a la Comisión de Política Social, Sanidad y Cohesión Económica y Social (Comisión 8);

Visto el proyecto de Dictamen (CDR 306/96 rev.) aprobado por la Comisión 8 el 7 de octubre de 1996 (Ponente: Sr. Sanz);

- considerando que la Unión Europea cuenta actualmente con 18 millones de parados;

- considerando que los criterios de convergencia del Tratado de Maastricht han sido concebidos para facilitar principalmente la Unión Económica y Monetaria, no para luchar contra el paro y la pobreza;

- considerando que los poderes locales y regionales tienen el deber de intervenir y actuar, con el apoyo de la sociedad civil, pero también de los Estados y de las instituciones europeas, desde el momento en que los procesos sociales que conducen al paro ponen en tela de juicio los derechos fundamentales de los ciudadanos;

- con el fin de poner de relieve la importancia del factor empleo para reducir las disparidades existentes entre las diferentes regiones de Europa;

- con el fin de subrayar la importancia de lograr un mejor equilibrio entre las medidas necesarias para crear un marco macroeconómico adecuado y las medidas orientadas a la creación de empleo y conservación de los actuales puestos de trabajo;

- con el objetivo de situar las intervenciones estructurales comunitarias y el empleo dentro de una perspectiva regional y local, y recordar el papel determinante que las autoridades regionales y locales directamente elegidas deben desempeñar en materia de empleo;

- a la vista del grave problema de desempleo;

Ha aprobado en su 15° Pleno celebrado los días 13 y 14 de noviembre de 1996 (sesión del 14 de noviembre) el presente Dictamen.

INTRODUCCIÓN

1. La Comisión realiza en su Comunicación «Intervenciones estructurales y empleo» un análisis y un balance del impacto de las intervenciones estructurales en el empleo y propone posibles adaptaciones para volcarse más en el empleo en el marco de la programación.

El Comité de las Regiones considera necesario, a la espera de la evaluación de los efectos de las intervenciones estructurales en el empleo, buscar nuevos métodos que permitan crear puestos de trabajo duraderos. No se trata de sustituir, sino de completar las intervenciones estructurales. Hay que conseguir que el concepto, propuesto por la Comisión, de «Pactos territoriales de empleo» constituya el ámbito de experimentación que permita enfoques nuevos y menos convencionales para la creación del empleo. El Comité de las Regiones está completamente convencido de que los acuerdos de colaboración locales y regionales deben tener una influencia decisiva en la organización y aplicación de dichos enfoques. Para que esta actividad de experimentación sea lo suficientemente amplia, se debe disponer de los recursos financieros adecuados y se debe asegurar una cofinanciación a nivel nacional en los Estados miembros.

Por otro lado, existe un consenso institucional en los niveles comunitario, nacional, regional y local con respecto a la importancia atribuida por la Comisión a que las actuaciones cofinanciadas con los Fondos estructurales contribuyan de manera significativa a la creación de empleo y conservación de los actuales puestos de trabajo como prioridad comunitaria.

2. La Cumbre de Florencia de los días 21 y 22 de junio de 1996 suponía un momento decisivo en el que la Comisión Europea intentaba conseguir el apoyo político a sus propuestas destinadas a volcarse en el empleo y la conservación de los actuales puestos de trabajo.

El Comité de las Regiones considera que la posición del Consejo Europeo en dicha Cumbre () resulta de un valor político relativo al no haberse asignado mediante una redistribución del presupuesto los recursos necesarios para el objetivo perseguido. Por ello, junto con otras iniciativas que el Comité de las Regiones suscribe plenamente, pide que se incrementen los esfuerzos para buscar una complementariedad entre las actuaciones dirigidas a generar empleo y las orientadas a resolver los problemas inmediatos más agudos.

3. El Comité de las Regiones considera que para la creación de empleo duradero debe otorgarse un papel de mayor protagonismo a las regiones y municipios por ser éstos los que tratan más directamente con el problema del desempleo y pueden valorar mejor los efectos de las actuaciones en el marco de la política regional comunitaria en apoyo a la creación de empleo y la conservación de los actuales puestos de trabajo.

4. El Comité de las Regiones manifiesta su acuerdo con las líneas generales del análisis y propuestas realizadas por la Comisión Europea en su Comunicación sobre intervenciones estructurales y empleo, alentando la continuación de sus trabajos en esta materia.

I. ANÁLISIS Y BALANCE DE LOS EFECTOS DE LAS INTERVENCIONES ESTRUCTURALES EN EL EMPLEO

5. El Comité de las Regiones está de acuerdo con la Comisión en la importancia de la acción estructuradora de los fondos -tanto desde el punto de vista de la oferta como de la demanda- para la creación de empleos duraderos y la conservación de los actuales puestos de trabajo.

6. El Comité de las Regiones subraya la importancia de que el apoyo a las infraestructuras en las regiones se traduzca en la creación de empleos directos, cuantificables y duraderos, en lo posible para los desempleados de dicha región, y la conservación de los actuales puestos de trabajo.

7. El Comité de las Regiones está de acuerdo en mantener una rigurosidad en el examen del cumplimiento de la exigencia de la creación de empleos y la conservación de los actuales puestos de trabajo a la hora de otorgar ayudas directas a las empresas.

8. El Comité de las Regiones subraya la necesidad de hacer más eficaces las intervenciones indirectas en la oferta de servicios a las empresas -en especial a las PYME- ya que ello les permite una adaptación más flexible a las nuevas demandas. Igualmente, es preciso ayudar a la consolidación de las nuevas PYME creadas en respuesta a los cambios socioeconómicos y tecnológicos y a las PYME que contribuyen al fomento de la innovación, constituyéndose así en las verdaderas puntas de lanza de la lucha para los avances cualitativos del factor empleo.

9. El Comité de las Regiones pone de relieve la importancia del desarrollo de los recursos humanos por sus múltiples efectos en la competitividad, el crecimiento y el empleo, y considera necesario en este sentido insistir en la conexión del sistema educativo -y en particular de la formación profesional- con el mundo de la empresa para adecuar la demanda a la oferta de empleo.

II. LOS EFECTOS EN EL EMPLEO VARÍAN EN FUNCIÓN DE LOS OBJETIVOS

10. El Comité de las Regiones lamenta que a pesar del esfuerzo realizado a través de las intervenciones estructurales se mantengan los desequilibrios territoriales en materia de oportunidades de empleo e insiste en la lucha para la eliminación a la baja de estas disparidades y en la asociación del empleo a la competitividad, señalando que existe un riesgo de dispersión si se persiguen demasiados objetivos de igual importancia con la potenciación de los Fondos estructurales.

11. El Comité de las Regiones es consciente de que las intervenciones estructurales tienen por objeto mejorar las condiciones económicas marco con vistas a crear las condiciones necesarias para la creación de empleos duraderos por parte de las empresas. El Comité de las Regiones considera en cambio que, teniendo presente el interés por un desarrollo económico sostenible, los Fondos estructurales no deberían destinarse únicamente a gastos de consumo que sólo creen empleo temporal.

12. El Comité de las Regiones insta al apoyo comunitario y estatal para la creación generalizada, en los países en que no existen mecanismos que permitan la colaboración entre socios de los sectores público y privado, de grupos regionales estratégicos del mercado del empleo encargados de orientar la dirección de las distintas programaciones y proyectos aprovechando las experiencias existentes en diversas regiones europeas.

Zonas del Objetivo 1

13. El Comité de las Regiones estima que en estas zonas resulta prioritaria la creación de puestos de trabajo. Tradicionalmente, en los momentos de recesión económica estas zonas son las que sufren con mayor rapidez el crecimiento del desempleo, demostrándose la fragilidad de su base económica.

El Comité de las Regiones observa que la reducción de las diferencias del PNB per cápita debe traducirse de manera más evidente en un aumento global del empleo y en la eliminación de disparidades de tasas de desempleo entre regiones.

El Comité de las Regiones considera que la constitución de una base económica fuerte para un desarrollo sostenible que genere empleo a largo plazo pasa por una combinación adecuada de las medidas de modernización y las inversiones en infraestructuras básicas con las inversiones inmateriales, dentro de un plan global caracterizado por la interacción mutua de los actores públicos y privados.

14. El Comité de las Regiones pone énfasis en la necesidad de potenciar estrategias de desarrollo local, ya que constituyen una fórmula que requiere la participación de un amplio número de agentes del sector público y privado. En este contexto se propone la potenciación de partenariados y subvenciones globales para la gestión de programas o subprogramas, particularmente en el campo de la inserción sociolaboral.

Zonas del Objetivo 2

15. El Comité de las Regiones ve en la nueva programación 1997-1999 una oportunidad para apoyar intervenciones que tengan un inmediato efecto en el empleo si se otorga verdaderamente la prioridad a la diversificación y se estimula la creación de nuevas estructuras empresariales que sean capaces de mostrar su competitividad en el futuro.

16. El Comité de las Regiones insta a la Comisión a que adopte una unidad de criterio que permita la inclusión de las zonas en declive industrial en el mapa de incentivos con finalidad regional, como vía complementaria a las intervenciones estructurales, con el fin de establecer una política coherente de fomento empresarial en beneficio de la creación de empleo.

17. El Comité de las Regiones se congratula de la importancia creciente del nivel local donde se mezclan todos los elementos de intervención política, y pone de relieve la importancia de la cooperación entre todos los interlocutores socioeconómicos en el diseño y desarrollo de la programación del Objetivo 2.

18. El Comité de las Regiones considera que los actores del ámbito local se han mostrado especialmente eficaces en las zonas del Objetivo 2 a la hora de:

- movilizar recursos humanos y financieros en apoyo a la creación de empresas y su desarrollo y a la generación de empleo y la conservación de los actuales puestos de trabajos en las ya existentes;

- lucha contra el desempleo resultante de las transformaciones estructurales (desempleados de larga duración, jóvenes, mujeres, minusválidos, etc.);

- el desarrollo sectorial en nuevas áreas de empleo.

Zonas de los Objetivos 5 y 6

19. El Comité de las Regiones toma nota de la prioridad concedida al desarrollo rural en los Fondos estructurales y expresa su preocupación por la especial situación de las zonas de los Objetivos 5a, 5b y 6 que no pueden permanecer aisladas de la economía mundial, pero que dadas sus características socioeconómicas tienen dificultades para incorporarse dentro de ella.

En este contexto, el desafío es promover una inversión productiva acorde con las peculiaridades del área rural.

20. El Comité de las Regiones resalta la necesidad de desarrollar estrategias globales para la combinación efectiva de las intervenciones cofinanciadas con los Fondos estructurales con las medidas adaptadas en el marco de la Política Agrícola Común, confrontada con el dilema del conflicto de objetivos entre la promoción de la competitividad global y el mantenimiento de la población en áreas rurales.

El Comité de las Regiones, además, recuerda que en el documento de la Comisión no se formulan los procedimientos y los fines del objetivo 6 con arreglo a los mismos tipos de criterios que los de los demás objetivos. El objetivo 6 es asimilable al objetivo 1, tanto en las disposiciones comunitarias como en la práctica. En efecto, el objetivo 6 no se limita a las zonas rurales.

Zonas del Objetivo 5 a)

21. El Comité de las Regiones cree necesaria la modernización de las estructuras agrarias y de las industrias de transformación y distribución, pide incrementar las iniciativas en favor de la diversificación de cultivos, y la implantación de programas de formación específicos para jóvenes que hagan atractivo el desarrollo de actividades complementarias en el medio rural.

22. El Comité de las Regiones pide a la Comisión el apoyo a salones internacionales de promoción de la calidad agroalimentaria, o actuaciones similares, para aquellos productos sin competencia internacional, diferenciados por razón de su origen o procedencia.

Zonas de los Objetivos 5 b) y 6)

23. El Comité de las Regiones suscribe las consideraciones de la Comisión en favor de la diversificación de las actividades en otros sectores, como el medio ambiente, los servicios, la cultura y el turismo. La promoción del turismo rural se ha revelado como un motor de arrastre para el desarrollo de diversas actividades conexas.

Zonas de los Objetivos 3 y 4

24. El Comité de las Regiones subraya especialmente las medidas adoptadas en el marco de los Objetivos 3 y 4 por ser las más específicamente ligadas al empleo y constata que las intervenciones de los fondos en los Objetivos 3 y 4 se desarrollan en condiciones desfavorables derivadas de la persistencia de un paro masivo y de larga duración y de la aceleración de la reestructuración económica, cuyas principales víctimas son las personas menos competitivas del mercado laboral.

25. El Comité de las Regiones verifica la necesidad de que exista una coherencia de las políticas nacionales de empleo con las intervenciones estructurales.

III. ADAPTACIONES POSIBLES: OBRAR MÁS Y MEJOR EN FAVOR DEL EMPLEO DENTRO DE LA PROGRAMACIÓN ACTUAL

Conseguir condiciones que permitan un crecimiento duradero a largo plazo

26. El Comité de las Regiones se muestra convencido de la importancia de las inversiones inmateriales, como factor de un crecimiento más intensivo en el empleo, y de la necesidad de fomentar una organización más dinámica del trabajo directamente ligada al aumento del empleo.

27. El Comité de las Regiones manifiesta que la mejora de la formación y/o cualificaciones pasa por la participación del individuo, como responsable de su formación, en un empleo y por la creación de un nuevo marco de referencia en el que las regiones y los municipios tienen un papel esencial que desempeñar.

28. El Comité de las Regiones se muestra partidario de que, desde la instancia comunitaria, nacional, regional y local, se refuercen los servicios de ayuda y asistencia a las empresas, y comparte la idea de la Comisión de utilizar la cofinanciación de las intervenciones estructurales en el apoyo de la demanda de servicios de calidad de las PYME.

29. El Comité de las Regiones considera la búsqueda de la calidad total como factor clave de la competitividad de las empresas y estima que es necesario que los organismos que se dedican en nuestras regiones y municipios a dar servicios a esas empresas apliquen en su organización y funcionamiento criterios de calidad que incentiven al empresario/cliente a buscar dichos servicios.

30. El Comité de las Regiones considera vital integrar el servicio financiero entre las estructuras de asesoramiento y ayuda a las PYME, facilitando en lo posible su crecimiento, lo que redundaría a medio plazo en un mayor nivel de empleo.

31. El Comité de las Regiones reconoce la innovación como elemento esencial del desarrollo regional, por lo que acoge con agrado las medidas de acompañamiento de la innovación tecnológica propuestas por la Comisión y estima oportuno potenciar las medidas recogidas en el Libro Verde sobre la innovación. En especial, debe intensificarse la incentivación de la cooperación entre empresas y la promoción de las experiencias ya desarrolladas con éxito en otras regiones. El Comité de las Regiones propone que la Comisión inicie acciones a través de las cuales se reduzca la participación de responsabilidad propia requerida con el fin de desarrollar innovaciones tecnológicas, de forma que los desempleados, los trabajadores y los asalariados dispongan de la posibilidad de llevar a cabo un trabajo innovador propio.

Intensificar la traducción del crecimiento en empleo

32. El Comité de las Regiones muestra su acuerdo con la Comisión en otorgar el mayor peso posible al factor empleo como criterio a tener presente a la hora de financiar infraestructuras e inversiones productivas.

33. El Comité de las Regiones señala que la instancia regional y local es la más adecuada para intensificar el acompañamiento de las obras de infraestructura y de las ayudas a la inversión para que tengan los máximos efectos en el empleo local a través de la integración de estos aspectos en sus planes estratégicos de desarrollo.

La creación, en caso necesario, de grupos regionales de estrategia para el empleo y su puesta en red aprovechando el lanzamiento de los Pactos territoriales de empleo, constituiría un marco de cooperación territorial que facilitaría la prospección sobre necesidades cuantitativas y cualitativas de mano de obra y el diseño de un plan global de actuación que aproveche las potencialidades regionales y locales.

34. El Comité de las Regiones está de acuerdo en potenciar la creación de cuentas de innovación, y pide a la Comisión que se refuercen aquellas medidas orientadas a apoyar la interacción entre PYME, y entre éstas y las grandes empresas, para conseguir una reconversión adaptada a los nuevos yacimientos de empleo.

35. El Comité de las Regiones considera que las administraciones regionales y locales deben, en la medida de sus posibilidades, servir de ejemplo para el estímulo de una reorganización dinámica del trabajo y del tiempo de trabajo cuando ello suponga una mejora para el empleo.

El Comité de las Regiones propone que la Comisión trate de fomentar mediante intervenciones varios proyectos de reorganización y de división de trabajo que pudiesen disipar los prejuicios existentes en este sentido y crear nuevas oportunidades.

Promover un crecimiento que no perjudique el medio ambiente

36. El Comité de las Regiones recoge en su dictamen sobre la Comunicación de la Comisión «Política de Cohesión y Medio Ambiente» () observaciones referidas a la dualidad intervenciones estructurales y empleo.

37. En esta materia cabe subrayar que, en general, las actividades ligadas al medio ambiente requieren mucha mano de obra y contribuyen en gran medida a la lucha por el empleo. Sin embargo, como se señala por ejemplo en el citado dictamen, «los grandes proyectos de infraestructura de transporte integrantes de las redes transeuropeas no van acompañados de un análisis preciso de sus repercusiones externas negativas desde un punto de vista ecológico como socioeconómico». Por ello, es necesario intensificar las auditorías medioambientales regionales, con el fin de obtener una visión clara de la situación medioambiental en cada región, para así analizar las repercusiones de los proyectos futuros en el medio ambiente y en la generación de empleo y conservación de los actuales puestos de trabajo.

38. El Comité de las Regiones pone de relieve la importancia del denominado ecosector en la generación de empleo. Sin embargo, las administraciones regionales y locales, que suponen gran parte del mercado objetivo de este sector, no pueden absorber ni asumir por sí solas su coste financiero.

Si a eso añadimos que en el ámbito del medio ambiente existen determinados empleos que no son directamente rentables, pero quizás necesarios para el crecimiento futuro del ecosector (v. g. los empleos creados en el sector de control de medio ambiente), el Comité de las Regiones reitera que los entes locales no pueden asumir por sí solos el coste de la creación de nuevos puestos de trabajo relacionados con el medio ambiente.

39. El Comité de las Regiones indica que la reconversión de zonas del Objetivo 2 implica en ocasiones una diversificación del tejido productivo hacia los servicios, el turismo u otros sectores nuevos en la zona. Ello exige también dar cabida a las acciones dirigidas a mejorar el entorno de la región y, por tanto, considerar como cofinanciables, entre otras, las actuaciones en materia de infraestructuras de base medioambientales y valorización del patrimonio paisajístico y natural.

IV. IMPULSAR DE MANERA MÁS DECIDIDA LA SOLIDARIDAD ECONÓMICA, INCLUIDA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

40. El Comité de las Regiones considera adecuado fomentar un enfoque más voluntarista de la integración social y económica, incluida la igualdad de oportunidades, ya que el crecimiento del paro ha supuesto el detrimento de las categorías más vulnerables del mercado laboral.

41. El Comité de las Regiones acoge favorablemente la idea de privilegiar las políticas activas en lugar de las políticas de indemnización pasiva del desempleo. El acceso a los subsidios de desempleo debe asociarse, en mayor medida, a actividades de formación y a la adquisición de nuevas competencias para prevenir el paro de larga duración y la marginación.

42. El Comité de las Regiones recuerda que, reconociendo que todo se basa en el así llamado principio de «mainstream», hay que analizar los proyectos también desde el punto de vista del reparto del trabajo entre mujeres y hombres. En muchos Estados miembros, la situación laboral de las mujeres sigue siendo preocupantemente precaria. Siendo, por tanto, urgente que se dedique una atención especial al empleo de las mujeres, la creación de oportunidades de empleo para las mujeres del ámbito rural exige un esfuerzo extraordinario.

V. DESARROLLAR Y ACRECENTAR LA COOPERACIÓN EN LAS INTERVENCIONES ESTRUCTURALES

43. El Comité de las Regiones, dada la transcendencia de las inversiones que se llevan a cabo con Fondos estructurales que afectan directamente a las infraestructuras públicas, y por su efecto de arrastre en las empresas, considera imprescindible una participación de los agentes económicos y sociales en el conocimiento, diálogo, información y análisis de la aplicación de los mismos. El Comité de las Regiones estima que para potenciar el papel de los interlocutores económicos y sociales es importante asociarlos de manera efectiva a los comités de seguimiento.

44. En cuanto a la evaluación, el Comité de las Regiones observa que los grados y modalidades de participación y responsabilización de las autoridades regionales y locales son muy variados, correspondiéndose en general con las características institucionales específicas de cada Estado miembro y la naturaleza de las «formas de intervención» () que financian los fondos en cada uno de ellos.

La participación de las autoridades regionales en la evaluación es más elevada en aquellos Estados miembros en cuyo sistema político e institucional los parlamentos y gobiernos regionales desempeñan un papel de primer orden. En estos casos, las administraciones regionales reclaman más recursos financieros y humanos, por el coste que la evaluación supone y por la necesidad de mejorar cualitativamente los procesos de evaluación, y así cumplir sus responsabilidades más eficazmente.

En los casos en que las responsabilidades y las tareas de evaluación son asumidas por las autoridades nacionales y regionales, las administraciones regionales reclaman una mayor participación para hacer dicha evaluación más eficaz.

Allí donde las autoridades regionales no tienen responsabilidades ejecutivas en materia de programación y gestión de los Fondos estructurales sería deseable progresar hacia una mayor participación política de la instancia regional y local en la toma de decisiones y en la misma evaluación de las programaciones.

VI. NUEVAS PERSPECTIVAS

El Comité de las Regiones, con el ánimo de hacer efectiva la orientación de las intervenciones estructurales en favor del empleo,

45. En cuanto a las conclusiones de la Cumbre de Florencia:

- Insta a que en la Conferencia Intergubernamental en marcha se considere la inclusión en el Tratado de la Unión Europea de la finalidad de la creación de empleo y la conservación de los actuales puestos de trabajo, sin perjuicio de la responsabilidad de los Estados miembros en materia de política de empleo, al mismo nivel que las demás finalidades de los Fondos estructurales atribuidas en el Tratado en el artículo 130 A).

- Insta al Consejo, en virtud de una visión más amplia de la concepción actual del principio de subsidiariedad y con el fin de no hacer del mismo principio algo abstracto, a una futura modificación de los Reglamentos, estableciendo una participación representativa de nuestras regiones y municipios en la raíz del proceso institucional de solicitud y concesión de ayuda con cargo a los Fondos estructurales.

- Espera se hagan efectivas las indicaciones del Consejo Europeo de Florencia, suscribiendo las prioridades en la programación o reprogramación de uso de los márgenes disponibles para el apoyo a las pequeñas y medianas empresas.

- Estima necesario que se establezcan los medios adecuados para realizar una evaluación regional del cumplimiento de las previsiones de las fichas de impacto en la creación de empleo directo e indirecto y conservación de los actuales puestos de trabajo, y a corto, medio y largo plazo, de los nuevos proyectos del Objetivo 1 (reprogramación y margen de las devaluaciones) y de la Segunda fase del Objetivo 2 (1997-1999).

- Acoge favorablemente la mención del Consejo Europeo de Florencia en apoyo a las iniciativas locales de empleo ya que permiten una identificación de los puntos fuertes y debilidades locales que hacen más efectivos los programas comunitarios nacionales de desarrollo de empleo.

46. En cuanto a los Pactos territoriales de empleo:

A este respecto, estima que los Pactos territoriales de empleo, presentados por la Comisión Europea en el Consejo Europeo de Florencia, brindan una buena oportunidad para movilizar a los agentes regionales y locales en favor del empleo a través de los Fondos estructurales.

- Los entes regionales y locales se declaran dispuestos a comprometerse con la idea de la Comisión de crear Pactos territoriales de empleo; corresponde a estos entes debatir, negociar y formular con plena autonomía el contenido de dichos pactos; el Comité suscribe las iniciativas de la Comisión de actuar como promotora de estos pactos y organizar un intercambio de experiencias entre las regiones y municipios de Europa.

Por ello, propone la dotación de una financiación adicional, dentro del marco de los márgenes totales disponibles, que redundaría en favor de la eficacia de las intervenciones a realizar al implicar a todos las instancias públicas y a los interlocutores sociales.

- Presentará en la Cumbre de Dublín un Dictamen específico sobre los Pactos territoriales de Empleo y aguarda la verificación de apoyos para el lanzamiento de los mismos en 1997.

47. En cuanto a la cuantificación de los efectos en el empleo de las intervenciones estructurales:

Existen dificultades a la hora de medir el alcance cuantitativo y cualitativo de las intervenciones estructurales, y mucho más para anticipar dichos efectos. Por ello, el Comité de las Regiones considera esencial determinar los distintos mecanismos mediante los cuales los Fondos estructurales puedan crear puestos de trabajo y las razones que hacen que se infravalore o se valore en exceso el efecto total.

El Comité de las Regiones lamenta el hecho de movernos en un terreno en el que, desde el punto de vista metodológico, no existe un cuerpo científico consolidado y, por consiguiente, debido a las particularidades institucionales y organizativas de cada país, considera necesarias soluciones flexibles y pragmáticas.

El Comité de las Regiones insiste en afirmar que es un punto clave la elaboración de estadísticas periódicas, meticulosas, contrastadas, que midan los tipos de empleo generados por proyecto, por regiones; insta, por tanto, a que se mejoren los métodos para la recogida de datos y se unifiquen los criterios que establece cada gobierno. A dicho fin, es necesario recurrir en primer lugar a los datos ya existentes.

El Comité de las Regiones respalda la posición de la Comisión de establecer métodos de evaluación más apropiados y adaptados a la diversidad de las regiones, ya que permitirán una mejor aprehensión de los objetivos cuantificados en cuanto a la creación y preservación de puestos de trabajo. Ello beneficiará el seguimiento de las operaciones mediante el establecimiento de instrumentos de evaluación de los resultados intermedios en paralelo con la realización de las medidas adoptadas (en especial, las medidas más eficaces desde el punto de vista de la creación de empleo).

Por último, el Comité de las Regiones insta a la Comisión a que agote hasta el límite previsto por los Reglamentos los recursos disponibles para el desarrollo de proyectos piloto en el marco de los artículos 10 del FEDER y 6 del Fondo Social Europeo, privilegiando el factor empleo como criterio de selección.

El Comité de las Regiones insiste en que la Comisión financie en el marco de los fondos el intercambio de conocimientos y experiencias, por ejemplo, con ayuda de programas de seminarios, documentación escrita e informática, para que las autoridades locales y regionales puedan aprovechar la experiencia existente, cuando conciban los programas regionales y locales dependientes de los Fondos estructurales.

Bruselas, el 14 de noviembre de 1996.

El Presidente del Comité de las Regiones

Pasqual MARAGALL i MIRA

() COM(96) 109 final.

() «El Consejo Europeo toma nota de la posibilidad de centrar más las políticas estructurales en la creación de empleo como recomienda la Comisión sin menoscabo de los principios básicos, el actual marco jurídico y las cuantías de los Fondos estructurales. El Consejo Europeo suscribe especialmente las prioridades de uso de los márgenes disponibles para el apoyo a las pequeñas y medianas empresas en colaboración con el BEI y de apoyo a iniciativas locales de empleo. Toma nota de que la Comisión informará sobre la aplicación de estos principios antes del Consejo Europeo de Dublín.»

() Doc. COM(95) 509 final.

() Programas nacionales, sectoriales, regionales, subregionales.