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Resolución sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento y sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Defensor del Pueblo para el ejercicio 1997

Diario Oficial n° C 166 de 10/06/1996 p. 0184


A4-0162/96

Resolución sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento y sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Defensor del Pueblo para el ejercicio 1997

El Parlamento Europeo,

- Vista su Resolución de 28 de marzo de 1996 sobre las orientaciones relativas al procedimiento presupuestario de 1997 ((Acta de esa fecha, parte II, punto 9 a))),

- Vista su Resolución de 18 de abril de 1996 sobre la propuesta de decisión del Parlamento y del Consejo de la Unión Europea de adaptación de las Perspectivas Financieras a las condiciones de ejecución del presupuesto (presentada por la Comisión en aplicación del punto 10 del Acuerdo Interinstitucional de 29 de octubre de 1993) ((Acta de esa fecha, parte II, punto 1)),

- Visto el informe del Secretario General,

- Visto el anteproyecto de estado de previsiones que estableció la Mesa el 16 de abril de 1996, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 5 y 6 del artículo 22 y en el apartado 1 del artículo 165 del Reglamento,

- Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de Edimburgo del 12 de diciembre de 1992 y, en particular, la «decisión adoptada de común acuerdo por los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativa a la fijación de las sedes de las instituciones y de determinados organismos y servicios de las Comunidades»,

- Vistas las disposiciones del Reglamento Financiero vigente y, en particular, sus artículos 12, 13 y 55, así como la declaración relativa a la presentación de un presupuesto analítico,

- Vista su Decisión del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones y, en particular, su artículo 11 ((DO L 113 de 4.5.1994, pág. 15)),

- Visto el informe de su Comisión de Presupuestos (A4-0162/96);

I. MARCO GENERAL

1. Recuerda que el procedimiento presupuestario de 1997 se inscribe en el marco financiero establecido por las perspectivas financieras vigentes para el período 1993 a 1999;

2. Subraya a este respecto que:

a) la tasa de aumento de la rúbrica 5, «Gastos administrativos», de las perspectivas financieras es del 3,8%;

b) los créditos presupuestarios deben utilizarse con arreglo a los principios de buena gestión financiera y, en particular, de ahorro y buena relación coste-eficacia;

c) la dotación financiera de la rúbrica 5, «Gastos administrativos», debe destinarse con carácter prioritario a financiar «los gastos para los que la nueva utilización queda supeditada a las normas estatutarias o al respeto de los compromisos contractuales en curso» ((Véase el apartado 2 de la citada Resolución de 28.3.1996 sobre las orientaciones relativas al procedimiento presupuestario de 1997));

d) el tipo de conversión ECU/FB utilizado para el cálculo de los créditos solicitados es de 38,6974, mientras que el tipo de conversión ECU/FF es de 6,4458;

e) para las adaptaciones remunerativas y la tasa media de inflación se han utilizado el 2,4% y el 2% respectivamente para el ejercicio 1997;

3. Observa que el ejercicio 1997 está marcado por un aumento importante de los gastos inmobiliarios debido a la entrega de los edificios D3 en Bruselas e IPE IV en Estrasburgo;

4. Recuerda la recomendación de los presidentes de los grupos políticos del 14 de noviembre de 1998, en el sentido de que el presupuesto que se establezca para el Parlamento sea equivalente a un 20% de los créditos previstos en la rúbrica 5 de las perspectivas financieras;

5. Desea subrayar que, en las conclusiones del diálogo a tres bandas de 16 de abril de 1996, las tres instituciones participantes en dicho diálogo (Parlamento, Consejo y Comisión) confirmaron la orientación presupuestaria tendente a no crear nuevos puestos;

6. Señala que este estado de previsiones va acompañado de un presupuesto analítico y de un informe sobre la política de personal, de conformidad con las disposiciones financieras y las conclusiones de la Autoridad presupuestaria en materia de cooperación interinstitucional ((Véanse las conclusiones sobre la racionalización de los gastos administrativos en su Resolución del 26.10.1995 sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 1996 (DO C 308 de 20.11.1995, pág. 122)));

7. Observa, sin embargo, que este presupuesto analítico deberá completarse con una parte que reúna todos los gastos destinados al Defensor del Pueblo;

8. Confirma el espíritu de buena cooperación con respecto a la aprobación de este estado de previsiones, cooperación cuya importancia puso de relieve su Presidente durante el seminario que se celebró el 21 de noviembre de 1995;

Por lo que se refiere al Parlamento

9. Aprueba el estado de previsiones del Parlamento para el ejercicio 1997 ((Para el texto completo, véase el volumen 2 del anteproyecto de presupuesto para el ejercicio de 1997: Sección I - Parlamento Europeo.)) que asciende a 884.387.095 ecus en gastos y a 54.062.283 ecus en ingresos propios, lo que representa una tasa de asignación del 20% de la dotación de la rúbrica 5, «Gastos administrativos»; prevé que la dotación para nueva utilización se estimará en 2.017.500 ecus;

II. ORGANIGRAMA

10. Desea destacar en el informe del Secretario General:

a) la presentación de un organigrama de los puestos presupuestados por unidad administrativa, lo que aumenta la transparencia presupuestaria;

b) los datos cuantificados relativos a la tasa de contratación de funcionarios nacionales de los países que se han adherido recientemente (de los 305 puestos creados, se han cubierto 186, es decir, un 61%, 109 de ellos con funcionarios, 64 con agentes temporales y 13 con agentes auxiliares);

c) las informaciones facilitadas en materia de aplicación del Reglamento sobre el cese definitivo en sus funciones de funcionarios de la Secretaría General y de agentes temporales de las secretarías de los grupos políticos («dégagement»);

d) las reformas estructurales y del método de trabajo que se han emprendido para responder a las nuevas necesidades en los ámbitos de la actividad legislativa, las relaciones exteriores, el reagrupamiento funcional de las secretarías de las comisiones parlamentarias, la información y las relaciones con los Parlamentos nacionales de los Estados miembros, así como en el ámbito jurídico;

e) las medidas de organización de los servicios, reasignaciones y supresiones de puestos, precisando que entre 1995 y 1997 se habrán suprimido 18 puestos, 13 de ellos por la vía del artículo 41 del Estatuto;

f) los progresos registrados en materia de programación de las carreras en las secretarías de los grupos políticos, a raíz de la petición realizada en el marco del examen del proyecto de presupuesto para el ejercicio 1996 ((Véase el apartado 21 de la citada resolución sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 1996)), y el interés de continuar por la misma vía;

g) la evolución registrada en el ámbito de la cooperación interinstitucional y, en particular, en materia de concursos interinstitucionales;

11. Mantiene el organigrama con la plantilla actual, con excepción de la creación en la Secretaría General de 10 puestos permanentes (2 A7, 2 B5 y 6 C5) en el Servicio de Relaciones con los grupos políticos sin repercusiones financieras;

12. Autoriza los créditos para las revalorizaciones de puestos y las adjudicaciones de grados ad personam, así como las demás medidas relativas al organigrama, tal como se indica a continuación:

a) en la Secretaría General: 8 A5 en A4, 3 A7 en A6, 10 B2 en B1, 3 B4 en B3, 58 C2 en C1, 12 C4 en C3 y 12 LA5 en LA4;

b) en la secretaría de los miembros no inscritos: 1 A6 en A5 y 1 C3 en C2;

c) la adjudicación de 9 grados ad personam: 2 A2 en A1, 1 A3 en A2, 1 B1 en A5, 4 C1 en B3 y 1 D1 en C3;

d) la clasificación en A2 en la plantilla de personal del antiguo puesto de Director General Adjunto de las comisiones parlamentarias, a raíz de la decisión adoptada por la Mesa el 31 de enero de 1996, en el sentido de que se utilice este puesto para el nombramiento de un Director en esta misma Dirección General;

e) la prórroga de 1996 a 1998 inclusive de la limitación temporal de dos puestos temporales A7 ocupados por dos arquitectos;

f) el desbloqueo de los 7 puestos LA7 para responder a las necesidades de verificación jurídica y lingüística de los textos legislativos;

g) en las secretarías de los grupos políticos: 1 A5 en A4, 1 B2 en B1, 1 B3 en B2, 1 B4 en B3, 3 C1 en B4, 2 C2 en C1 y 1 C4 en C3;

13. Afirma su intención de continuar la cooperación interinstitucional y subraya en este contexto el desafío que constituyen los instrumentos de trabajo a que han dado lugar las nuevas tecnologías;

14. Recuerda en esta ocasión su petición de que se elabore un informe de evaluación en un período de 5 años sobre «los resultados de la formación profesional, indicando especialmente las materias elegidas, el número de horas dedicado a las mismas, el coste y el número de personas por materia, la repercusión en la organización del trabajo, la frecuencia de participación por cada agente estatutario y por categoría de personal, así como el capítulo de profesores de cursos de lenguas destinados a sus miembros» ((Véase el apartado 11 de la citada resolución de 28.3.1996 sobre las orientaciones relativas al procedimiento presupuesto de 1997)), y pide, en consecuencia, al Secretario General que lo presente antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto para 1997;

15. Subraya que el paso de categoría a categoría, que está regulado por las disposiciones estatutarias, debe realizarse con arreglo a los procedimientos previstos al efecto y, en particular, mediante concursos internos de carácter general; destaca que este enfoque no pone en cuestión el sistema de programación de las carreras, tal como ha quedado confirmado en los últimos ejercicios presupuestarios;

16. Señala que los medios presupuestarios deben complementarse con medios no presupuestarios que creen confianza en las instituciones de la UE; introduce, como primera medida, la plena responsabilidad de sus miembros en lo que respecta a las dietas de secretariado y a las dietas para gastos generales; recuerda, a este respecto, la petición, formulada en su resolución de 17 de mayo de 1995 sobre el funcionamiento del Tratado de la Unión Europea en la perspectiva de la Conferencia Intergubernamental de 1996 - Realización y desarrollo de la Unión, ((DO C 151 de 19.6.1995, pág. 56)) de que se dote a sus miembros de un estatuto;

17. Consigna en la partida 1301 los créditos siguientes:

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18. Pide, en lo que se refiere al servicio de interpretación y en relación al ejercicio presupuestario de 1995, un informe analítico sobre la organización del trabajo, especificando, en particular, el índice de cobertura de las diferentes reuniones (sesiones plenarias, grupos políticos, comisiones parlamentarias, etc.) por agentes estatutarios (funcionarios, agentes temporales) sobre la base del número de puestos autorizados en el cuadro de efectivos para el presente ejercicio; consigna un crédito de 4.500.000 ecus en el capítulo 100 con cargo a la partida 1870.

III. EVOLUCIÓN DE LOS CRÉDITOS

19. Precisa que la entrega prevista del edificio D3 en Bruselas a partir del mes de abril de 1997 y del edificio IPE IV en Estrasburgo a partir del mes de octubre de 1997 implica un aumento importante del volumen de los créditos del artículo 200 «Alquileres» sobre la base del coste de inversión del edificio D3, que se calcula en 831,5 millones de ecus, con inclusión del terreno, y del coste de inversión provisional del edificio IPE IV, que asciende a 410 millones de ecus;

20. Subraya que esta incidencia financiera, cuyos efectos no se limitan a un sólo ejercicio presupuestario:

a) lleva aparejado un plan de austeridad que debe aplicarse al conjunto de su presupuesto;

b) presupone una asignación óptima de los recursos disponibles de la rúbrica 5, «Gastos administrativos»;

c) requiere una programación más detallada y una mayor cooperación interinstitucional con vistas a la ocupación y el abandono de los inmuebles, habida cuenta de la envergadura de la operación y de la implicación de varias instituciones; encarga, por ello, a su Secretario General que presente un informe al respecto antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto;

21. Fija los créditos del artículo 200 «Alquileres» en 137.040.023 ecus para todos los edificios de su parque inmobiliario (con excepción de las oficinas exteriores), lo que supone un aumento del 120,21% con respecto a 1996;

22. Subraya a este respecto que este crédito prevé el cálculo de los alquileres para:

a) la financiación de los nuevos inmuebles D3 e IPE IV a lo largo de un período de diez años;

b) la plasmación del compromiso de las autoridades belgas de poner a disposición el terreno del edificio D3;

c) la revisión del plan de abandono del edificio Van Maerlant durante 1997 en beneficio del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones, lo que implica una provisión de créditos para un semestre;

23. Recuerda que la rúbrica 5, «Gastos administrativos», de las perspectivas financieras para el ejercicio 1996 presenta un margen disponible de 62,378 millones de ecus y observa, por otra parte, la evolución favorable del tipo de conversión ECU/FB desde junio de 1995;

24. Considera en consecuencia que esta coyuntura monetaria permite en la etapa actual de ejecución del presupuesto de 1996 y de conformidad con las disposiciones financieras:

a) iniciar el procedimiento con vistas a un presupuesto rectificativo y suplementario para 1996 a fin de financiar exclusivamente gastos inherentes a los nuevos inmuebles, acompañados de fichas financieras que permitan constatar si puede preverse también una financiación en los ejercicios posteriores, empezando por el de 1998;

b) evitar que se recurra a este PRS para presupuestar gastos que no fueron autorizados en el marco de la aprobación del presupuesto de 1996;

c) verificar, con un ánimo de transparencia y de gestión racional de los procedimientos, si hay posibilidades de coordinación con otras solicitudes de PRS que emanen de otras instituciones;

25. Consigna en el capítulo 100 un crédito de 9.000.000 de ecus, desglosados en 4.500.000 con cargo al artículo 203 «Limpieza y mantenimiento» y 4.500.000 con cargo al artículo 205 «Seguridad y vigilancia de los inmuebles»; condiciona el desbloqueo de esta reserva a la recepción efectiva de los nuevos edificios D3 e IPE IV y pide al mismo tiempo un informe sobre el funcionamiento del sistema de seguridad;

26. Encarga a su Secretario General que presente un informe, antes de la primera lectura del presupuesto por el Parlamento, sobre las condiciones en las que el Parlamento podría financiar, en un período de tres años, la construcción de un anexo a la Maison Jean Monnet, propiedad ya del Parlamento Europeo, que fuera propiedad asimismo del Parlamento Europeo y se destinara a hacer frente al flujo creciente de visitantes -en particular, jóvenes- a esta sede conmemorativa altamente simbólica;

27. Epicentre

Considera indispensable continuar el examen en profundidad de la realización del proyecto, tanto en lo que se refiere a su equipamiento como al traslado de recursos humanos; fija el importe de la partida 2210 «Dotación inicial de mobiliario» en 9.700.000 ecus y consigna un importe de 300.000 ecus con cargo al Epicentre en el capítulo 100 «Créditos provisionales» para la partida 2210; encarga al Secretario General que presente, antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto, un informe sobre el estado de realización del proyecto, así como una previsión plurianual de los costes del Epicentre en personal y créditos;

28. Toma nota del deseo de la Mesa en relación con los créditos para traducción, así como de la nueva fórmula de presentación del Acta Literal (CRE); sin embargo, insiste, en interés de la publicidad y de la igualdad de trato de las lenguas oficiales y de trabajo de la Unión Europea, en que las intervenciones que no se refieran ni a cuestiones de procedimiento, ni al desarrollo de los trabajos se traduzcan y se publiquen después de 1996 en cada una de dichas lenguas; encarga a su Secretario General que presente, antes de la primera lectura del presupuesto para 1997, un informe sobre la nueva fórmula de presentación del Acta Literal (CRE);

Política de información

29. Considera que el importe extraordinario de 1.000.000 ecus para la campaña de información de las instituciones (capítulo 27) debe consignarse en la reserva (capítulo 100); pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para que las acciones de información se realicen en el marco de la cooperación interinstitucional, de conformidad con las decisiones adoptadas en el marco del presupuesto de 1996;

30. Consigna en la partida 3705 «Participación en los gastos de secretaría de los grupos políticos» un crédito de 12.500.000 ecus y en la partida 3706 «Actividades políticas suplementarias» un crédito de 7.000.000 ecus;

31. Recuerda la petición que formuló en su Resolución de 15 de marzo de 1996 sobre el cierre de las cuentas de la institución relativas al ejercicio 1995 ((Acta de esa fecha, parte II, punto 2)) por lo que respecta a la gestión de algunas líneas presupuestarias;

Asistentes parlamentarios

32. Recuerda sus resoluciones de abril de 1994 y octubre de 1995; toma nota de los contactos mantenidos entre los servicios de la Comisión y del Parlamento sobre el estatuto de los asistentes parlamentarios; encarga al Secretario General que presente, antes de la primera lectura, un informe sobre las posiciones de las instituciones y sobre las gestiones emprendidas para que la Comisión pueda presentar rápidamente la propuesta necesaria;

33. Consigna en el capítulo 101 «Reserva para imprevistos» un crédito de 2.500.000 ecus;

Por lo que respecta al Defensor del Pueblo

34. Constata que el Defensor del Pueblo, de conformidad con las disposiciones del artículo 12 del Reglamento Financiero, transmitió al Parlamento Europeo antes del 1 de mayo de 1996 un estado de previsiones de sus ingresos y gastos para el ejercicio 1997, así como una nota rectificativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del citado Reglamento, estableciendo globalmente el estado de previsiones en 2.820.819 ecus en gastos y 260.321 ecus en ingresos;

35. Toma nota, en este contexto, de la creación de 6 nuevos puestos: 1 A4, 1 A6, 1 B3, 1 C3, 1 C4 y 1 D2, así como de la inclusión en el presupuesto de los gastos relativos a los inmuebles, material y otros gastos diversos;

36. Observa que conviene examinar la conveniencia de crear nuevos puestos en los grados básicos de cada categoría, de aplicar la declaración anexa al artículo 11 de la decisión del Parlamento sobre el Defensor del Pueblo ((Una declaración común de las tres instituciones establecerá los principios directivos en lo que se refiere al número de agentes al servicio del Defensor del Pueblo, así como a la calidad de agentes temporales o contractuales de las personas encargadas de realizar las investigaciones - DO L 113 de 4.5.1994, pág. 15)), y de tener en cuenta las conclusiones del diálogo a tres bandas del 16 de abril de 1996, que preconizan el mantenimiento de los organigramas autorizados para el ejercicio de 1996;

37. Observa en relación con los créditos:

a) la dotación importante de los créditos de los artículos 130 «Gastos de misiones, de desplazamientos y otros gastos accesorios», 112 «Perfeccionamiento profesional», 117 «Prestaciones de apoyo», 250 «Reuniones y convocatorias», 260 «Consultas, estudios y encuestas», 270 «Gastos de publicación e información», así como el hecho de que no se toma en consideración la cooperación interinstitucional en el marco de la dotación del artículo 210 «Informática»;

b) la creación de una reserva global para imprevistos equivalente al 2% del total de los créditos necesarios para el capítulo 100 «Créditos provisionales»;

38. Considera que el examen de este estado de previsiones puede realizarse por analogía con las normas que se aplicaron a las modalidades de examen del estado de previsiones del Comité Económico y Social, cuando el presupuesto de este último constituía un anexo al presupuesto del Consejo;

39. Se reserva por ello el derecho de examinar todas estas propuestas en el marco del proyecto de presupuesto elaborado por el Consejo;

* * *

40. Manifiesta su profundo interés en que, al final de cada uno de los procedimientos presupuestarios anuales, se publique un informe que explique las prioridades políticas del Parlamento Europeo en el marco del presupuesto de las Comunidades Europeas y que contribuya en primer lugar a la información de los Parlamentos nacionales;

41. Subraya que este estado de previsiones se presenta por primera vez en texto continuo y que para su elaboración se ha utilizado el programa interinstitucional de informatización del presupuesto SEI-BUD;

42. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a las instituciones afectadas y al Defensor del Pueblo.