Decisión sobre la propuesta de reglamento del Consejo relativo a la celebración del Acuerdo de cooperación en materia de pesca marítima entre la Comunidad Europea y la República de Mauritania y por el que se adoptan disposiciones para su aplicación (COM(96)0417 - C4-0599/96 - 96/0210(AVC)) (Procedimiento de dictamen conforme)
Diario Oficial n° C 380 de 16/12/1996 p. 0019
A4-0397/96 Propuesta de reglamento del Consejo relativo a la celebración del Acuerdo de cooperación en materia de pesca marítima entre la Comunidad Europea y la República de Mauritania, y por el que se adoptan disposiciones para su aplicación (COM(96)0417 - C4-0599/96 - 96/0210(AVC)) XXX (Enmienda 1) Primer visto >Texto original> Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 43, en relación con el apartado 2 y con el párrafo primero del apartado 3 de su artículo 228, >Texto tras el voto del PE> Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 43, en relación con el párrafo segundo del apartado 3 de su artículo 228. Decisión sobre la propuesta de reglamento del Consejo relativo a la celebración del Acuerdo de cooperación en materia de pesca marítima entre la Comunidad Europea y la República de Mauritania y por el que se adoptan disposiciones para su aplicación (COM(96)0417 - C4-0599/96 - 96/0210(AVC)) (Procedimiento de dictamen conforme) El Parlamento Europeo, - Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(96)0417 - 96/0210(AVC)), - Consultado por el Consejo, de conformidad con su artículo 43, en relación con el apartado 2 y con el párrafo primero del apartado 3 de su artículo 228, (C4-0599/96) - Juzgando no pertinente el fundamento jurídico propuesto y que conviene basarse en el artículo 228, apartado 3 del Tratado CE, párrafo segundo, tal como había propuesto la Comisión, - Visto el apartado 7 del artículo 90 de su Reglamento, - Vista la recomendación de la Comisión de Pesca y las opiniones de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de Derechos de los Ciudadanos, de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Desarrollo y Cooperación (A4-0397/96). 1. Emite dictamen conforme a la celebracion del acuerdo; 2. Encarga a su Presidente que transmita la presente decisión al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y de la República Islámica de Mauritania.