51996AP0117(03)

Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de reglamento del Consejo por el que se fija, para la campaña de cría 1996/97, el importe de la ayuda para los gusanos de seda (COM(96) 0044 - C4-0171/96 - 96/0059(CNS)) (Procedimiento de consulta)

Diario Oficial n° C 166 de 10/06/1996 p. 0146


Propuesta de reglamento del Consejo por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1996/97, los incrementos mensuales del precio del arroz cáscara («paddy») (COM(96)0044 - C4-0162/96 - 96/0059(CNS))

Esta propuesta ha sido aprobada con las modificaciones siguientes:

(Enmienda 18)

Considerando 2 bis (nuevo)

>Texto tras el voto del PE>

Considerando que la entrada en vigor de la reforma de la organización común del mercado del arroz y las consiguientes reducciones del precio presentan el riesgo de crear una crisis en este sector y que por tanto es oportuno mantener los incrementos mensuales al mismo nivel que en la campaña precedente;

(Enmienda 19)

Artículo 1

>Texto original>

Para la campaña de comercialización de 1996/97, el importe de cada uno de los incrementos mensuales previstos en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) nº 3072/95 será de 2,06 ecus/t para el precio de intervención.

>Texto tras el voto del PE>

Para la campaña de comercialización de 1996/97, el importe de cada uno de los incrementos mensuales previstos en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) nº 3072/95 será de 2,28 ecus/t para el precio de intervención.

Resolución legislativa que contiene el dictamen del Parlamento Europeo sobre la propuesta de reglamento del Consejo por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1996/97, los incrementos mensuales del precio del arroz cáscara («paddy») (COM(96)0044 - C4-0162/96 - 96/0059(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

- Vista la propuesta de la Comisión al Consejo COM(96)0044 - 96/0059(CNS) ((DO C 125 de 27.4.1996, pág. 7)),

- Consultado por el Consejo, de conformidad con el artículo 43 del Tratado CE (C4-0162/96),

- Visto el artículo 58 de su Reglamento,

- Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Relaciones Económicas Exteriores y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Protección del Consumidor (A4-0117/96),

1. Aprueba la propuesta de la Comisión, con las modificaciones introducidas por el Parlamento;

2. Pide al Consejo que le informe, en caso de que pretenda apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3. Pide que se le consulte de nuevo, en caso de que el Consejo se proponga modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

4. Encarga a su Presidente que transmita el presente dictamen al Consejo y a la Comisión.