51996AC0534

Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión de 23 de noviembre de 1994 por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el sector de la cooperación con terceros países y organizaciones internacionales (1994-1998)»

Diario Oficial n° C 204 de 15/07/1996 p. 0030


Dictamen del Comité Económico y Social sobre la «Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión de 23 de noviembre de 1994 por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el sector de la cooperación con terceros países y organizaciones internacionales (1994-1998)» ()

(96/C 204/10)

El 3 de enero de 1996, de conformidad con el apartado 4 del artículo 130 I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social sobre la propuesta mencionada.

La Sección de Energía, Asuntos Nucleares e Investigación, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 9 de abril de 1996 (Ponente: Sr. Bernabei).

En su 335° Pleno (sesión del 24 de abril de 1996), el Comité Económico y Social ha aprobado por 111 votos a favor, un voto en contra y cuatro abstenciones, el presente dictamen.

1. Recomendaciones del Comité Económico y Social

El Comité,

1.1. considerando que la actividad de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) de la antigua Unión Soviética, que ya había entrado en una fase de recesión a principios de los años 80, sufrió un verdadero colapso a raíz de la caída del régimen socialista;

1.2. considerando que la «fuga de cerebros» hacia los países occidentales y el resto del mundo podría comprometer el desarrollo de las infraestructuras de IDT de los Nuevos Estados Independientes (NEI) y conllevar la desaparición de escuelas científicas de alto nivel;

1.3. recordando que la UE se ha convertido en los últimos años en el primer socio comercial de los NEI y que ha desarrollado una serie de acciones de cooperación en los sectores de la economía, energía, seguridad nuclear, medio ambiente, formación, ciencia y tecnología;

1.4. considerando que la acción de la Asociación internacional de fomento de la cooperación con los científicos de los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética (INTAS) se integra en el marco de la cooperación científica y tecnológica internacional de la UE;

1.5. teniendo en cuenta el compromiso pactado entre el Consejo de Ministros y la Comisión respecto al mantenimiento e intensificación de la actividad de la INTAS en el marco del Cuarto Programa Marco de IDT;

1.6. recordando la evolución positiva de la INTAS en términos cualitativos y cuantitativos, desde su creación hasta hoy día;

1.7. lamentando no haber podido pronunciarse anteriormente sobre este tema, por no haber sido consultado sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Las perspectivas de cooperación científica y tecnológica con los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética», de mayo de 1995;

aprueba la propuesta de Decisión del Consejo y recomienda:

1.8. seguir mejorando la eficacia y la visibilidad de la cooperación INTAS, que representa, en su opinión, un instrumento flexible y relativamente rápido de conservación del patrimonio científico de los NEI;

1.9. establecer criterios de orientación previamente definidos y transparentes para la selección de proyectos que puedan optar a las ayudas y la creación de grupos de proyectos homogéneos, al objeto de evitar la dispersión o duplicación de esfuerzos y salvaguardar el principio del interés mutuo de las acciones emprendidas con la UE;

1.10. la transparencia de los procedimientos de publicidad de los concursos, así como de las modalidades de acceso, selección y gestión, junto a una reducción de los costes gracias a la normalización, simplificación y periodicidad de los concursos, que deberán ser coherentes y compatibles con los procedimientos del programa marco;

1.11. la coherencia y la coordinación de las intervenciones INTAS con las demás intervenciones comunitarias y europeas dirigidas a apoyar el desarrollo económico y tecnológico de los NEI, para evitar la duplicación de esfuerzos, desarrollar sinergias y garantizar una visibilidad adecuada;

1.12. la realización de una acción de formación de los investigadores y científicos con vistas a la adopción de un nuevo enfoque científico de los proyectos, orientado hacia la cooperación entre investigación e industria, tanto a nivel interno como internacional, en colaboración con la Fundación Europea de Formación de Turín y el Centro internacional de Ciencia y Tecnología (CIST) de Moscú;

1.13. una estrecha conexión entre el programa Tacis y las acciones de INTAS que, al favorecer la participación de Tacis en el fomento de la innovación tecnológica en las economías en transición, mediante una línea de crédito multirregional de valorización de los resultados de los proyectos INTAS, contribuya al progreso económico y social de los NEI y a la creación de una cultura de empresa;

1.14. el perfeccionamiento y la codificación de memorandos de acuerdo entre la INTAS y los NEI beneficiarios, al objeto de facilitar la concesión de créditos, la protección de la propiedad industrial y la difusión y valorización de los resultados;

1.15. el refuerzo de la Secretaría mediante la contratación de personal procedente de los países beneficiarios;

1.16. una composición más equilibrada del Consejo Científico, que garantice la representación de todos los países beneficiarios y la renovación bienal de sus miembros, salvaguardando la debida continuidad;

1.17. la convocación anual de una conferencia de representantes de los doce NEI, que permita formular orientaciones estratégicas a medio plazo, en conexión con las actividades de IDT comunitarias, y establecer un control de los proyectos llevados a cabo y de su eficacia; se presentará un resumen de los resultados de la conferencia en un informe intermedio;

1.18. la presentación bienal al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social de un informe que tenga en cuenta, entre otros elementos, las posibles repercusiones de los proyectos INTAS en términos económicos, de empleo y de innovación competitiva;

1.19. la coordinación de las acciones INTAS con las iniciativas bilaterales de los Estados miembros de la asociación y con la iniciativa norteamericana de la Fundación de Investigación y Desarrollo Civil para los Estados independientes de la antigua Unión Soviética (CRDF);

1.20. el mantenimiento de un equilibrio entre las acciones propias de la INTAS y las iniciativas bilaterales adoptadas por la INTAS y cada NEI, para no limitar la participación de los países que no dispongan de fondos propios;

1.21. la extensión y el refuerzo de las redes CORDIS, COSINE y EIMS en los NEI y la valorización de la experiencia de los centros Value, especialmente para la búsqueda de socios;

1.22. el estudio del posible desarrollo de una marca INTAS de excelencia científica y tecnológica para, entre otras cosas, facilitar la búsqueda de socios para empresas conjuntas en el ámbito de la colaboración tecnológica e industrial con empresas comunitarias y la creación de empresas de nueva tecnología en los NEI.

2. La situación de la IDT en la antigua Unión Soviética

2.1. Las infraestructuras científicas y tecnológicas de los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética (NEI) han registrado evoluciones muy diferentes de las de los países de la UE y de los países occidentales en general: el fuerte control ejercido por el Estado sobre las actividades de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) ha conducido, por una parte, a la creación de un elevado número de centros de investigación y a la formación de un personal científico y técnico de muy alto nivel (en los años 80, el número de personas empleadas en la investigación en la Federación de Rusia superaba los tres millones, comparado con menos de un millón en la actualidad) (), y, por otra parte, a la orientación de las actividades de investigación hacia objetivos gubernamentales y, en particular, militares y de seguridad.

2.2. Las actividades de IDT de la antigua Unión Soviética, que ya habían entrado en una fase de recesión a principios de los años 80, sufrieron un verdadero colapso a raíz de la caída del régimen comunista. En la Federación de Rusia, por ejemplo, los gastos del Gobierno en el ámbito de la IDT con fines civiles se redujeron del 2,03 % del PIB en 1990 al 0,32 % en 1995, provocando dramáticas consecuencias para el empleo y el nivel de los salarios del personal científico. La reducción de las actividades de investigación en la Federación de Rusia es tanto más fuerte si se tiene en cuenta que, durante el mismo periodo, el PIB se redujo en términos absolutos de 429 a 230 mil millones de ecus.

2.2.1. Por otra parte, las publicaciones científicas internacionales en la Federación de Rusia han pasado de más de 30 000 al año en los años 80 a poco más de 10 000 en 1993. El único sector que parece resistir a esta tendencia a la baja es el aeroespacial. Cabe añadir que, en 1993, el número de patentes presentadas en los Estados Unidos por los NEI era inferior en un 25 % a las presentadas en 1981.

2.3. Tradicionalmente, las infraestructuras de IDT de la antigua Unión Soviética han sido siempre muy secretas y jerarquizadas, lo que ha impedido el libre intercambio de ideas en los círculos científicos y la difusión de las innovaciones tecnológicas. Las recomendaciones de la OCDE con vistas a la adaptación de la IDT en los NEI a la economía de mercado son, entre otras: fomentar el acceso a la información tecnológica, codificar la normativa relativa a la propiedad de patentes y licencias y promover normas de calidad y de control.

2.4. La necesidad de convertir infraestructuras y recursos humanos tradicionalmente empleados en la investigación militar en actividades civiles de IDT plantea grandes dificultades en la Federación de Rusia, debido a la concentración de centros militares de investigación en las llamadas «ciudades cerradas». Aunque éstas podrían transformarse en parques científicos y tecnológicos, en la mayoría de los casos el pésimo estado de las actividades de investigación requiere intervenciones rápidas para ofrecer puestos de trabajo alternativos a los trabajadores locales que viven en dichas ciudades.

2.5. La «fuga de cerebros» hacia los países occidentales podría comprometer el desarrollo de las infraestructuras de IDT y provocar la desaparición de escuelas científicas de alto nivel. También se observa, por otra parte, una fuga de cerebros interna del personal científico de sectores especializados hacia actividades económicamente más rentables a corto plazo.

2.6. La situación en el ámbito de la IDT en los NEI es muy diversa: por una parte, la Federación de Rusia, Ucrania, Kazajstán, Bielorrusia, Armenia y Georgia disponen todavía de importantes recursos en términos de infraestructuras y de personal científico. Por otra parte, como afirma la Comisión, las repúblicas transcaucásicas necesitan mucha ayuda, debido a la inestabilidad que caracteriza a la región. En estos países, por lo tanto, el acceso al mercado, a la tecnología y a las inversiones europeas es una prioridad ().

3. La cooperación entre la UE y los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética

3.1. La UE se ha convertido en el primer socio comercial de los países de la antigua Unión Soviética: en el primer semestre de 1994, por ejemplo, el 37 % del conjunto de los intercambios de la Federación de Rusia se realizó con la UE, el 5 % con los Estados Unidos, el 4 % con China y el 3 % con Japón. En 1994, las exportaciones de la Federación de Rusia hacia la UE alcanzaron 18 400 millones de ecus y las importaciones 12 200 millones, con un saldo positivo de 6 000 millones de ecus para la Federación de Rusia.

3.2. En el ámbito de la cooperación económica y comercial, la UE ha celebrado ambiciosos acuerdos de colaboración y cooperación con un gran número de Estados independientes y, en particular, con la Federación de Rusia y Ucrania, a la vez que se han intensificado el diálogo político y las acciones de coordinación en el sector de la asistencia técnica, alimentaria y sanitaria.

3.2.1. En lo referente a las acciones de IDT, la UE puso en marcha en 1988 diez acciones de investigación «post Chernobil», en las que participaron unos 50 equipos científicos europeos. En 1990, se creó el «Chernobil Center for International Research (CHECIR)» (Centro Chernobil de Investigación Internacional), a iniciativa de la Agencia Internacional de la Energía Atómica y, en 1992, la Comisión Europea firmó un acuerdo con la Federación de Rusia, Ucrania y Bielorrusia sobre cooperación científica y tecnológica en dicho ámbito. En cuanto a la fusión termonuclear controlada, está en marcha, con la Federación de Rusia, el programa ITER (Reactor Termonuclear Experimental Internacional), en colaboración con Japón y con los Estados Unidos.

3.3. En los sectores de la energía, el desarrollo de los recursos humanos, la seguridad nuclear, la producción y distribución alimentaria, los transportes y comunicaciones y los servicios destinados a las empresas, se lanzó en 1991 el programa Tacis, cuyo presupuesto para 1995 asciende a 506,85 millones de ecus, y que contribuye a la financiación de las actividades del Centro Internacional de Ciencia y Tecnología, referido en el punto 3.7.

3.4. Desde 1992, la UE coopera activamente con los NEI, especialmente con la Federación de Rusia, en el sector de la energía y, de forma más específica, en la promoción de las tecnologías energéticas y de ahorro de energía mediante el programa Thermie y varios centros especializados, tres de los cuales están situados en la Federación de Rusia, así como a través del programa Synergy, respecto al cual el Comité lamenta no haber sido consultado ni, por tanto, haber podido emitir su propio dictamen.

3.4.1. El Tratado de la Carta europea de la energía, firmado en Lisboa en diciembre de 1994, establece un marco de cooperación a largo plazo en dicho sector entre los firmantes, entre los cuales figuran la UE y los NEI.

3.5. También en el ámbito del medio ambiente se han creado tres centros de gestión de las tecnologías del medio ambiente (Ecat) en la Federación de Rusia. La UE contribuye a estos trabajos mediante el programa Life.

3.6. En el campo de la formación, la Fundación Europea de Formación, de Turín, ha extendido sus actividades a los países beneficiarios del Programa Tacis, mediante el Reglamento 2063/94, a la vez que el programa Tempus se ha extendido a varios Estados independientes, como la Federación de Rusia, Bielorrusia y Ucrania. De la misma manera, el programa «La Juventud con Europa III» asocia desde 1995 a países terceros, incluida la Federación de Rusia. Por otra parte, la UE ha fomentado dos programas de movilidad (Go East y Go West), dirigidos a intensificar los contactos e intercambios entre las comunidades científicas e industriales de Europa occidental y oriental.

3.7. En el ámbito de la cooperación científica y tecnológica propiamente dicha, la UE celebró, en noviembre de 1992, un Acuerdo con los Estados Unidos, Japón y la Federación de Rusia por el que se crea el Centro internacional de Ciencia y Tecnología (CIST) en Moscú, operativo desde 1994 (), con vistas a la reconversión hacia objetivos civiles e industriales del personal científico empleado inicialmente con fines militares.

3.7.1. También desde 1994, la acción Inco-Copernicus, destinada a apoyar proyectos comunes de investigación y actividades concertadas en el ámbito de las tecnologías de la información, tecnologías de la comunicación verbal, de la fabricación, producción y tratamiento de materiales, de las medidas y pruebas, industria agroalimentaria y biotecnología, se ha extendido a los nuevos Estados de la CEI, junto a la acción PECO que financia la participación de los NEI en cinco programas específicos del programa marco.

3.8. En el marco del programa Sprint se adoptó la iniciativa «European Innovation Monitoring System» (EIMS) (Sistema de seguimiento de la innovación en Europa), con el fin de evaluar las actividades e infraestructuras de apoyo e innovación, principalmente en Europa central y oriental y en las regiones bálticas, pero también en la Federación de Rusia. El último informe EIMS recoge las condiciones para las transferencias de tecnología en cada país y recomienda seis tipos de acciones:

- fomentar el desarrollo de las pequeñas empresas tecnológicamente avanzadas;

- facilitar la reestructuración de los institutos de investigación aplicada;

- promover interacciones entre las PYME y organismos tecnológicos;

- fomentar la movilidad de los expertos y el acceso a la información;

- promover la formación en los procesos innovadores;

- apoyar el desarrollo de la política de transferencia de tecnología nacional.

3.9. La participación de los NEI en algunas acciones Cost y la pertenencia de la Federación de Rusia a Eureka también tienen por objetivo ampliar las redes científicas europeas y establecer iniciativas de cooperación tecnológica e industrial.

4. La Asociación INTAS y las nuevas propuestas de la Comisión

4.1. La acción de la Asociación internacional de fomento de la cooperación con los científicos de los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética (INTAS) se integra en el marco de la cooperación científica y tecnológica.

4.1.1. En junio de 1993 la UE y sus Estados miembros, a los que se sumaron Austria, Finlandia, Suecia, Suiza y Noruega, crearon la INTAS, en forma de asociación internacional sin fines de lucro, para responder al colapso de los sistemas de investigación en los NEI y evitar la dispersión del patrimonio científico y tecnológico formado por las infraestructuras y los recursos humanos, mediante el fomento de la cooperación científica basada en el interés mutuo.

4.1.2. De acuerdo con su estatuto, los objetivos de la INTAS consisten en fomentar, con ayuda internacional, las actividades de investigación científica en los Nuevos Estados Independientes, como elemento esencial del progreso económico y social y de la consolidación de la democracia en dichos países, y también la cooperación entre los científicos de estos países y la comunidad científica internacional.

4.2. Desde su creación, la INTAS ha financiado unos mil proyectos, en cada uno de los cuales han participado como media tres organismos científicos de Europa occidental y dos de los NEI, por un importe global de más de 46 millones de ecus, de los cuales el 80 % se ha destinado a investigadores de los NEI participantes en los proyectos. Según cálculos de la INTAS, los recursos totales movilizados gracias a los proyectos financiados ascienden a 200 millones de ecus. En total, más de 2 500 laboratorios y grupos científicos de los NEI se han beneficiado de la ayuda financiera de la INTAS.

4.2.1. Hasta ahora, más del 90 % de la financiación de estos proyectos se ha realizado con cargo al presupuesto comunitario.

4.3. Las acciones de la INTAS se han llevado a cabo en proyectos de investigación en los siguientes sectores:

- física, astronomía y astrofísica (25 %);

- química (16 %);

- ciencias de la vida (13 %);

- medio ambiente y energía (12 %);

- ciencias humanas, sociales y económicas (12 %);

- matemáticas, telecomunicaciones y tecnologías de la información (11 %);

- mecánica y sector aeroespacial (11 %).

4.4. El creciente interés por la cooperación INTAS en los países beneficiarios se refleja en el aumento del número de propuestas de proyecto, que han pasado de 3 400 en la primera convocatoria de concurso de 1993, de las cuales 500 han sido financiadas, a 4 700 en la segunda convocatoria de 1994, de las cuales 470 se han financiado. En cuanto a la convocatoria de concurso del 15 de diciembre de 1995, reservada para la Federación de Rusia, y la del 30 de enero de 1996, reservada para Kazajstán y Ucrania, han dado lugar a la presentación de 1 730 propuestas, que se están examinando actualmente.

4.4.1. Junto al aumento del número de proyectos presentados, se ha registrado una mejora notable de su calidad.

4.4.2. A este respecto, el Comité lamenta la escasez de los recursos asignados a dichas acciones, que impide la valorización del potencial cualitativo y cuantitativo de las propuestas presentadas.

4.5. Los órganos de la INTAS son los siguientes: la Asamblea General, el Consejo Científico y la Secretaría, a los que se ha sumado una Oficina de Coordinación.

4.5.1. La Asamblea General, formada exclusivamente por los miembros de la INTAS, decide la política general de la Asociación, selecciona los proyectos y administra los créditos.

4.5.2. El Consejo Científico, formado por 26 miembros, de los cuales 8 son originarios de los NEI (distribuidos en función de competencias sectoriales y no geográficas), presta asistencia a la Asamblea General. Formula recomendaciones sobre las decisiones a corto plazo en el ámbito científico y es responsable de la evaluación de las propuestas de proyecto de acuerdo con el criterio de excelencia científica. La Secretaría, con sede en Bruselas, está formada por unas 30 personas procedentes de países miembros de la INTAS, es decir de países de Europa occidental. La Comisión Europea nombra a su Secretario General.

4.5.3. La Oficina de Coordinación, que sirve de vínculo entre los diferentes organismos de la INTAS, está formada por los presidentes de la Asamblea General y del Consejo Científico y por el Secretario de la INTAS.

4.6. El Consejo de la UE ha supeditado el mantenimiento de la participación de la Comunidad en la INTAS después del 31 de diciembre de 1995 a la celebración de un acuerdo entre los miembros de la Asociación sobre la continuación de sus actividades y a una decisión del Consejo por la que se autorice la participación de la Comunidad, tal como se dispone en la Decisión del Consejo por la que se adopta un programa específico de investigación y desarrollo tecnológico, incluida la demostración, en el sector de la cooperación con terceros países y organizaciones internacionales (1994-1998) ().

4.7. En mayo de 1995, la Comisión presentó una Comunicación sobre «Las perspectivas de cooperación científica y tecnológica con los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética» (COM(95) 190 final), que no se transmitió al Comité y en la que criticaba el funcionamiento y las actividades de la INTAS desde su creación, concluyendo que la INTAS, en su forma actual, no había permitido alcanzar los objetivos fijados en el momento de su creación y, en consecuencia, manifestando su oposición a la continuación de la participación de la Comunidad en la INTAS e incluso al mantenimiento de la Asociación.

4.8. La Comisión propuso, por lo tanto, reincorporar en sus servicios las actividades de la INTAS y todas las acciones de cooperación llevadas a cabo con los científicos de los NEI, para que se integraran en el marco reglamentario normal previsto para la ejecución de los programas específicos de IDT.

4.9. El Consejo de Investigación del 9 de junio de 1995 pidió a la INTAS que creara un Grupo de trabajo formado por representantes de la Asamblea General de la INTAS, la cual se pronunció a favor de esta solicitud el 12 de julio de 1995, y en el que participara la Comisión Europea, con vistas a mejorar las modalidades de funcionamiento de la Asociación. En esta ocasión, el Consejo manifestó el deseo de poder llegar a un acuerdo sobre el futuro de la Asociación a la luz de los resultados del Grupo de trabajo.

4.10. A raíz de las recomendaciones presentadas por el Grupo de trabajo en su informe de septiembre de 1995, el Consejo de Investigación celebrado el 30 de octubre de 1995 se pronunció a favor de la continuación de las actividades de la INTAS en su estructura actual, como consecuencia también del dictamen favorable del Parlamento Europeo que, en su Resolución de 27 de octubre, se había pronunciado a favor del mantenimiento de la participación comunitaria en la Asociación después de 1995 y hasta el final del Cuarto Programa Marco de IDT ().

4.11. El Consejo decidió, en particular, mantener la participación de la Comunidad en la INTAS hasta el 31 de diciembre de 1998, aumentar el importe de los créditos concedidos a la Asociación, en el marco del programa específico de investigación en el ámbito de la cooperación internacional, y potenciar el papel de la Comisión, como representante de la Comunidad, en la Asociación, al objeto de reflejar mejor el nivel de participación financiera de la UE.

4.12. A este respecto, el compromiso elaborado por la Presidencia del Consejo y la Comisión establece que la Comisión asuma la presidencia de la Asamblea General de la INTAS y que, previa modificación de los estatutos de la Asociación, se le reconozca un derecho de veto sobre las decisiones de la Asamblea General.

4.13. El compromiso dispone asimismo el pago a la INTAS de una contribución financiera aproximada del 50 % de los créditos previstos para las actividades de cooperación científica y técnica con los NEI, es decir una cantidad de 14 a 18 millones de ecus al año.

4.14. A raíz de las conclusiones del Consejo, la Asamblea General de la INTAS celebrada el 14 de noviembre de 1995 decidió mantener la Asociación hasta el 31 de diciembre de 1998 y modificó los estatutos de la Asociación.

4.15. La propuesta de Decisión sometida a examen, presentada por la Comisión, tiene por objetivo formalizar, a nivel jurídico, los términos del compromiso acordado por el Consejo y la Comisión y las decisiones tomadas por el Consejo de Investigación y por la Asamblea General de la INTAS. Dicha propuesta establece:

- el mantenimiento de la participación de la Comunidad en la INTAS hasta el 31 de diciembre de 1998;

- la intensificación del papel de la Comisión en la Asociación, en su calidad de representante de la Comunidad, puesto que se le asigna la presidencia de la Asamblea General y que se le otorga un derecho de veto sobre sus decisiones;

- el aumento de la financiación concedida a la Asociación, mediante una contribución financiera comunitaria correspondiente a casi el 50 % de los créditos previstos para las actividades de cooperación científica y técnica con los NEI, es decir una cantidad de 14 a 18 millones de ecus al año.

5. Observaciones generales

5.1. El Comité aprueba los términos de la propuesta de Decisión presentada por la Comisión y celebra la evolución positiva de las actividades de la INTAS, que ha sabido dar una respuesta adecuada a los requisitos de protección y valorización de los recursos de IDT en los NEI, en línea con los niveles de cooperación establecidos entre la UE y dichos países.

5.2. No obstante, el Comité lamenta que, al no haber sido consultado sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Las perspectivas de cooperación científica y tecnológica con los Nuevos Estados Independientes de la antigua Unión Soviética», de mayo de 1995, no ha podido pronunciarse anteriormente sobre esta cuestión ni contribuir a la definición del compromiso acordado entre el Consejo y la Comisión, recogido en la propuesta de Decisión objeto de examen.

5.3. Por el momento, el Comité sólo puede pronunciarse sobre la futura organización de las actividades de la INTAS y, en esta perspectiva, formular una serie de observaciones y de propuestas de mejora.

5.4. El Comité desea que se incremente aún más la eficacia y la visibilidad de la cooperación INTAS, que considera como un instrumento flexible y relativamente rápido de conservación del patrimonio científico de los NEI, al permitir a los proyectos que puedan optar a las ayudas ser seleccionados y financiados sin tener que seguir los largos y complejos procedimientos requeridos por el Cuarto Programa Marco de IDT.

5.4.1. El Comité considera sin embargo que es el momento de pasar de la fase de estabilización a una fase más dinámica, a fin de reforzar, también en términos de infraestructura, los vínculos entre los centros de excelencia científica, y de acelerar los mecanismos de transición hacia las innovaciones de mercado, para contribuir al desarrollo de una mayor integración de las actividades de IDT en el tejido económico de estos países, manteniendo el respeto de las ventajas mutuas.

5.5. El Comité apoya el mecanismo que, a la vez que garantiza que el adjudicatario principal («main contractor») del proyecto pertenece a uno de los Estados miembros asociados a la INTAS, dispone que el 80 % de la financiación se distribuya a los NEI, así como el enfoque abajo - arriba adoptado para la elección de los sectores prioritarios en los que deberá concentrarse la financiación. Sin embargo, el Comité considera que este mecanismo debería conducir a la formación progresiva de una capacidad de elaboración y de coordinación de proyectos comunes con la UE por parte de los propios NEI.

5.6. El Comité recuerda que en 1995 se lanzó una iniciativa similar en los Estados Unidos, la «US Civilian Research and Development Foundation for the Independent States of the FSU» (CRDF) (Fundación de Investigación y Desarrollo Civil para los Estados independientes de la antigua Unión Soviética). Considera deseable que se fomente una cooperación institucionalizada entre la INTAS y la CRDF, a fin de realizar sinergias entre sus actividades.

5.6.1. De la misma manera, debería establecerse una estrecha coordinación entre las iniciativas bilaterales adoptadas por Estados miembros de la UE y NEI, mediante la organización periódica de seminarios en la sede de la INTAS, para obtener la mayor sinergia posible, aumentar el impacto de las acciones de la UE en esta zona y garantizar su coherencia.

5.7. En lo referente a la Secretaría de la INTAS, el Comité considera que también debería integrar a representantes de los países beneficiarios, al objeto de garantizar un conocimiento adecuado de las realidades científicas locales, y para reducir los costes gracias a la normalización de los procedimientos de publicación de convocatorias de concursos, de los criterios de selección, evaluación y control, para simplificarlos y aproximarlos en la mayor medida posible a los establecidos en el programa marco de IDT, al menos en lo que respecta a su periodicidad y transparencia.

5.8. La composición del Consejo Científico debería ser más equilibrada y garantizar la representación de todos los países beneficiarios y una renovación bienal de sus miembros, que, en parte, podrían ser reelegidos por otro periodo de dos años, a fin de garantizar la necesaria continuidad.

5.9. El Comité desea que se convoque una conferencia anual de representantes de los doce NEI, que podría proponer a la Asamblea General orientaciones estratégicas a medio plazo y encargarse del control de los proyectos realizados, de su eficacia en cuanto a la interacción entre industria e investigación, de la difusión de procesos innovadores y de la valorización de las redes y centros de excelencia creados.

5.9.1. La contribución de esta conferencia, junto a la de la Oficina de Coordinación, se resumirán en un informe intermedio con respecto al informe bienal mencionado en el punto 5.11.

5.10. Las iniciativas INTAS deberán ser coherentes y coordinadas con las demás acciones comunitarias de apoyo al desarrollo económico y tecnológico de los NEI. Convendría, entre otras cosas, evitar duplicaciones y desarrollar sinergias con el Programa Tacis, con los proyectos de investigación financiados en el marco del Programa Copernicus, con las otras actividades de IDT del programa marco y, en particular, con el programa en el ámbito del Capital Humano y de la Movilidad, así como con las iniciativas Eureka y Cost.

5.10.1. También debe garantizarse, en opinión del Comité, una estrecha conexión con la acción interna de la UE, ya sea en el ámbito del intercambio de información o de los sectores de intervención, a través de comités de programa pertinentes.

5.10.2. Convendría asimismo desarrollar, en colaboración con las otras iniciativas comunitarias internacionales, una acción de formación de investigadores y científicos que incluya a aquéllos que hayan trabajado en el pasado en el sector de la investigación militar, al objeto de desarrollar una cultura de IDT más adaptada al mercado y abierta a la cooperación a nivel interno e internacional, que pueda conducir a la creación de proyectos autónomos y competitivos.

5.10.3. El Comité recomienda una estrecha conexión entre el Programa Tacis y las iniciativas de la INTAS, que favorezca la participación de Tacis en el fomento de la innovación. Es necesario que el Programa Tacis integre una acción de valorización de los resultados de los proyectos INTAS mediante una línea de crédito multirregional que haga participar a las economías en transición y permita la aplicación concreta de los resultados de los proyectos INTAS, no sólo en términos de tecnología, sino también de empleo y de mercado, para contribuir a la formación de una cultura de empresa.

5.11. La flexibilidad y rapidez de los mecanismos de la INTAS no deben ir en detrimento de los requisitos de transparencia de los procedimientos de acceso y de los criterios y modalidades de selección y de gestión. Precisamente para garantizar la mayor transparencia necesaria es por lo que se deberá presentar al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social un informe bienal que recoja sobre todo, junto a los objetivos internos a los proyectos, sus posibles repercusiones en términos económicos, de empleo, infraestructuras y de innovación competitiva, como consecuencia también de la intervención de la línea multirregional Tacis.

5.12. La selección de las acciones que puedan optar a la financiación deberá respetar determinados criterios clave previamente definidos, como por ejemplo:

- el equilibrio geográfico entre los países beneficiarios, teniendo en cuenta sin embargo los diferentes niveles de desarrollo;

- la participación en cada iniciativa de como mínimo dos socios procedentes de los NEI y dos de los Estados miembros asociados a la INTAS;

- el establecimiento de mecanismos que permitan agilizar la transición de los resultados de la investigación hacia las innovaciones;

- las ventajas mutuas para la UE y para los NEI;

- el respeto de condiciones prenormativas basadas en normas comunes;

- la creación de redes entre los centros de excelencia científica;

- el refuerzo o la creación de estructuras básicas de IDT interrelacionadas, capaces de funcionar de forma suficientemente autónoma a corto o a medio plazo, mediante créditos con tipos de interés «AAA» para la realización de proyectos de aplicación tecnológica de mercado cuya posible rentabilidad futura estará garantizada por la excelencia científica certificada por la marca INTAS.

5.12.1. A la hora de seleccionar los proyectos de acuerdo con los criterios anteriormente definidos, sería necesario, en opinión del Comité, tener en cuenta la necesidad de formar grupos de proyectos homogéneos, para evitar dispersiones, alcanzar una masa crítica adecuada y, al garantizar una visibilidad adecuada, reducir los costes de gestión y mantener la coherencia con las acciones externas de la UE en su conjunto.

5.13. A fin de promover la difusión de los resultados de las acciones de IDT y de producir efectos multiplicadores, también deberán potenciarse y extenderse a los NEI las redes CORDIS, COSINE y EIMS y crearse centros de difusión de la información y de consulta, sobre la base de la experiencia de los centros Value, especialmente para la búsqueda de interlocutores.

5.13.1. Una vez consolidados los resultados de las acciones INTAS, el Comité consideraría oportuno que se estudiara la posibilidad de desarrollar una marca INTAS de excelencia científica y tecnológica cuyos objetivos podrían ser, por ejemplo:

- facilitar la búsqueda de socios para empresas conjuntas en el ámbito de la colaboración tecnológica e industrial, también mediante las redes existentes, como BC-Net y la Oficina de cooperación empresarial, fomentando la creación de consorcios con empresas comunitarias, con vistas a la explotación de los resultados, la comercialización y el desarrollo comercial;

- fomentar la creación de nuevas empresas de nueva tecnología en los NEI, integrando los canales financieros disponibles, especialmente del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), mediante créditos con tipos de interés «AAA» para la realización de proyectos de aplicación tecnológica de mercado cuya posible rentabilidad futura estará garantizada por la excelencia científica certificada por la marca INTAS.

5.14. El Comité acoge favorablemente las nuevas iniciativas bilaterales que establecen una contribución financiera de los Estados de la antigua Unión Soviética, garantizan la participación de sus instituciones en la definición de prioridades comunes en materia de desarrollo tecnológico y contribuyen al éxito de las iniciativas INTAS.

5.15. El Comité considera sin embargo que estas iniciativas no deberían efectuarse en detrimento de los NEI que no puedan participar en ellas con fondos propios ni limitar la acción de la INTAS como tal. En cualquier caso, deberían poder participar en ellas otros NEI.

5.16. Por último, convendría codificar las intervenciones de la INTAS en memorandos de acuerdo celebrados con los NEI, entre otras razones para facilitar la concesión de los créditos, la protección de la propiedad industrial, la difusión, valorización y aplicación de los resultados.

Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 1996.

El Presidente

del Comité Económico y Social

Carlos FERRER

() DO n° C 21 de 25. 1. 1996, p. 26.

() Fuente: CSRS, Moscú (clasificación Niork).

() Comisión Europea, Comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo sobre «Las perspectivas de cooperación científica y tecnológica con los nuevos Estados independientes de la antigua Unión Soviética» (COM(95) 190 final, de 16. 5. 1995).

() DO n° L 409 de 31. 12. 1992, p. 1.

() Decisión 94/807/CE - DO n° L 334 de 22. 12. 1994, p. 109.

() DO n° C 308 de 20. 11. 1995, p. 469.