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19.6.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 156/1 |
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2023/1176 DE LA COMISIÓN
de 14 de julio de 2022
por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los mapas indicativos de la Red Transeuropea de Transporte
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre las orientaciones de la Unión para el desarrollo de la Red Transeuropea de Transporte, y por el que se deroga la Decisión n.o 661/2010/UE (1), y en particular su artículo 49, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (UE) n.o 1315/2013 prevé la posibilidad de adaptar los mapas indicativos de la Red Transeuropea de Transporte (RTE-T) de países vecinos específicos, o añadir mapas nuevos, sobre la base de acuerdos de alto nivel sobre redes de infraestructuras de transportes entre la Unión y los países vecinos correspondientes. |
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(2) |
El 29 de junio de 2022, la Unión y Ucrania firmaron un acuerdo de alto nivel con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1315/2013. El acuerdo sobre los cambios en los mapas indicativos de la RTE-T se refiere a las líneas ferroviarias, las carreteras y la inclusión de las vías navegables interiores. Dichos cambios deben permitir a la Unión optimizar su cooperación con Ucrania. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) n.o 1315/2013 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo III del Reglamento (UE) n.o 1315/2013 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
ANEXO
El anexo III del Reglamento (UE) n.o 1315/2013 se modifica como sigue:
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1) |
Los mapas 16.7 y 16.8 se sustituyen por el texto siguiente:
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2) |
Se añade el mapa 16.9 siguiente:
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