|
10.2.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 40/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/308 DE LA COMISIÓN
de 8 de febrero de 2023
por el que se modifica el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos entre Estados miembros de partidas de cérvidos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 146, apartado 2, y su artículo 156, apartado 2, párrafo primero, letra a),
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 de la Comisión (2) establece, entre otras cosas, los modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos entre Estados miembros de partidas de determinadas categorías de animales terrestres. |
|
(2) |
En particular, el artículo 6 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 establece que los certificados zoosanitarios que deben utilizarse para los desplazamientos entre Estados miembros de determinadas categorías de ungulados deben corresponder a uno de los modelos que figuran en su anexo I, en función de las especies en cuestión. Los capítulos 11 y 12 de ese anexo contienen, respectivamente, los modelos de certificados zoosanitarios para los desplazamientos entre Estados miembros de cérvidos no destinados al sacrificio (modelo CER-INTRA-X) y de cérvidos destinados al sacrificio (modelo CER-INTRA-Y). |
|
(3) |
Los anexos VIII y IX del Reglamento (CE) n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) se modificaron recientemente mediante el Reglamento (UE) 2022/2246 de la Comisión (4) a fin de restringir los desplazamientos de cérvidos en conjunción con una actividad humana entre Noruega, actualmente afectada por brotes de caquexia crónica en dichos animales, así como los Estados miembros que también se ven actualmente afectados por brotes de caquexia crónica, y los demás Estados miembros no afectados por esta enfermedad. Esta restricción de los desplazamientos es necesaria para evitar la propagación de la caquexia crónica en la Unión. En consecuencia, deben modificarse los modelos CER-INTRA-X y CER-INTRA-Y que figuran en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 a fin de reflejar dicha restricción de los desplazamientos. |
|
(4) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en consecuencia. |
|
(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 2023.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen normas para la aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios y los modelos de certificados zoosanitarios-oficiales para la entrada en la Unión y los desplazamientos entre Estados miembros de las partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos reproductivos y a la certificación oficial relativa a dichos certificados, y por el que se deroga la Decisión 2010/470/UE (DO L 113 de 31.3.2021, p. 1).
(3) Reglamento (CE) n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (DO L 147 de 31.5.2001, p. 1).
(4) Reglamento (UE) 2022/2246 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2022, por el que se modifican los anexos VIII y IX del Reglamento (CE) n.o 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la caquexia crónica en los cérvidos vivos (DO L 295 de 16.11.2022, p. 1).
ANEXO
En el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403, los capítulos 11 y 12 se sustituyen por el texto siguiente:
«CAPÍTULO 11
MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE CÉRVIDOS NO DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO CER-INTRA-X)
|
UNIÓN EUROPEA |
Modelo de certificado CER-INTRA-X |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
II. Información sanitaria |
II.a |
Referencia del certificado |
II.b |
Referencia SGICO |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Parte II: Certificación |
El veterinario oficial abajo firmante certifica lo siguiente:
Declaración sobre el bienestar de los animales En el momento de la inspección, los animales objeto del presente certificado zoosanitario estaban en condiciones de ser transportados de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1/2005 del Consejo en el viaje previsto, que debía comenzar el …………… (insértese la fecha). Notas: De conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte, en relación con el anexo 2 de dicho Protocolo, las referencias hechas a la Unión Europea en el presente certificado zoosanitario incluyen al Reino Unido con respecto a Irlanda del Norte. El presente certificado zoosanitario deberá cumplimentarse de conformidad con las notas para la cumplimentación de los certificados establecidas en el capítulo 2 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 de la Comisión. Parte I:
Parte II:
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
Veterinario oficial |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Nombre y apellidos (en mayúsculas) |
|
Cualificación y cargo |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Nombre de la unidad de control local |
|
Código de la unidad de control local |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Fecha |
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Sello |
|
Firma |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CAPÍTULO 12
MODELO DE CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EL DESPLAZAMIENTO ENTRE ESTADOS MIEMBROS DE CÉRVIDOS DESTINADOS AL SACRIFICIO (MODELO CER-INTRA-Y)
|
UNIÓN EUROPEA |
Modelo de certificado CER-INTRA-Y |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
II. Información sanitaria |
II.a |
Referencia del certificado |
II.b |
Referencia SGICO |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Parte II: Certificación |
El veterinario oficial abajo firmante certifica lo siguiente:
Declaración sobre el bienestar de los animales En el momento de la inspección, los animales objeto del presente certificado zoosanitario estaban en condiciones de ser transportados de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 1/2005 del Consejo en el viaje previsto, que debía comenzar el …………… (insértese la fecha). Notas: De conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte, en relación con el anexo 2 de dicho Protocolo, las referencias hechas a la Unión Europea en el presente certificado zoosanitario incluyen al Reino Unido con respecto a Irlanda del Norte. El presente certificado zoosanitario deberá cumplimentarse de conformidad con las notas para la cumplimentación de los certificados establecidas en el capítulo 2 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 de la Comisión. Parte I:
Parte II:
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
Veterinario oficial |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Nombre y apellidos (en mayúsculas) |
|
Cualificación y cargo |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Nombre de la unidad de control local |
|
Código de la unidad de control local |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Fecha |
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Sello |
|
Firma». |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||