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6.1.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 5/31 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/62 DE LA COMISIÓN
de 5 de enero de 2023
por el que se corrige la versión polaca del Reglamento (UE) n.o 1300/2014, sobre la especificación técnica de interoperabilidad relativa a la accesibilidad del sistema ferroviario de la Unión para las personas con discapacidad y las personas de movilidad reducida
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea (1), y en particular su artículo 5, apartado 11,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La versión polaca del anexo del Reglamento (UE) n.o 1300/2014 de la Comisión (2) contiene un error en el punto 4.2.1.4, subpunto 2, que amplía el alcance del requisito establecido en dicha disposición. |
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(2) |
Procede, por tanto, corregir la versión polaca del anexo del Reglamento (UE) n.o 1300/2014 en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas. |
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(3) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité establecido en virtud del artículo 51, apartado 1, de la Directiva (UE) 2016/797 emitido el 30 de enero de 2014. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
(no afecta a la versión española)
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 5 de enero de 2023.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 138 de 26.5.2016, p. 44.
(2) Reglamento (UE) n.o 1300/2014 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2014, sobre la especificación técnica de interoperabilidad relativa a la accesibilidad del sistema ferroviario de la Unión para las personas con discapacidad y las personas de movilidad reducida (DO L 356 de 12.12.2014, p. 110).