22.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 301/212 |
DECISIÓN (UE) 2022/2285 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 8 de noviembre de 2022
por la que se modifica la Decisión (UE) 2021/2255 sobre la aprobación del volumen de emisión de monedas en 2022 (BCE/2021/54) (BCE/2022/41)
EL COMITÉ EJECUTIVO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular el artículo 128, apartado 2,
Vista la Decisión (UE) 2015/2332 del Banco Central Europeo, de 4 de diciembre de 2015, sobre el procedimiento de aprobación del volumen de emisión de monedas en euros (BCE/2015/43) (1), y en particular el artículo 3, apartado 7,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Banco Central Europeo (BCE) tiene desde el 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de monedas por los Estados miembros cuya moneda es el euro. |
(2) |
De acuerdo con las previsiones que sobre la evolución de la demanda de monedas en euros en 2022 le enviaron los Estados miembros cuya moneda es el euro, el BCE aprobó el volumen total de monedas en euros destinadas a la circulación y de monedas de colección en euros no destinadas a la circulación en 2022 en la Decisión (UE) 2021/2255 del Banco Central Europeo (BCE/2021/54) (2). |
(3) |
De conformidad con el artículo 3 de la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43), los Estados miembros cuya moneda es el euro deben informar al BCE en caso de probabilidad de que la demanda real de monedas en euros sobrepase el volumen de emisión de monedas aprobado para ese año natural, y si la mayor demanda de monedas continúa, deben presentar una solicitud extraordinaria de aprobación de un volumen adicional de emisión de monedas en ese año natural. |
(4) |
El 13 de septiembre de 2022, el BCE recibió una solicitud del Banco de España en nombre del España para aumentar el volumen de monedas en euros que esta podría emitir en el 2022 en un volumen adicional de 151,7 millones EUR, pasando de 189,8 millones EUR a 341,5 millones EUR, en respuesta al marcado ascenso de la emisión neta de monedas en euros en España, como se ha observado desde agosto de 2021. El incremento se ha visto impulsado por un aumento significativo de la emisión bruta (especialmente de monedas de 1 EUR), junto con los bajos niveles de depósitos de monedas en euros en el Banco de España. Al mismo tiempo, en 2022 se emitirá una moneda de colección con un valor nominal de 40 EUR en lugar de la moneda de colección inicialmente prevista por valor de 30 EUR debido a la subida del precio de la plata. Como consecuencia de ello, el volumen de monedas de colección en euros debe incrementarse de 30 millones EUR a 40 millones EUR. |
(5) |
El 30 de septiembre de 2022, el BCE recibió una solicitud del Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique en nombre de Bélgica para aumentar el volumen de monedas en euros que esta podría emitir en 2022 en un volumen adicional de 5 millones EUR, pasando de 33 millones EUR a 38 millones EUR. La razón de este incremento son los cambios en el ciclo nacional del efectivo que dan lugar a un aumento de la emisión neta de monedas en euros. El incremento se ha visto impulsado por el escaso número de monedas en euros devueltas al Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique y por el hecho de que la disminución de la demanda de efectivo prevista por las autoridades belgas no se materializa. |
(6) |
El 14 de octubre de 2022, el BCE recibió una solicitud de la Banca d’Italia en nombre de Italia para aumentar el volumen de monedas en euros que esta podría emitir en 2022 en un volumen adicional de 45 millones EUR, pasando de 169 millones EUR a 214 millones EUR, en respuesta a una mayor demanda de monedas en euros impulsada por una notable recuperación de las actividades económicas, un incremento significativo del turismo y un mayor nivel de inflación. |
(7) |
Conforme al artículo 3, apartado 7, de la Decisión (UE) 2015/2332 (BCE/2015/43), el Comité Ejecutivo debe adoptar una decisión individual sobre la solicitud de aprobación extraordinaria cuando determine que esta no requiere modificación. |
(8) |
Debe modificarse en consecuencia la Decisión (UE) 2021/2255 (BCE/2021/54). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Modificación
El cuadro del artículo 2 de la Decisión (UE) 2021/2255 (BCE/2021/54) se modifica como sigue:
1. |
La fila correspondiente a Bélgica se sustituye por la siguiente:
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2. |
La fila correspondiente a España se sustituye por la siguiente:
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3. |
La fila correspondiente a Italia se sustituye por la siguiente:
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Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su notificación a los destinatarios.
Artículo 3
Destinatarios
La presente Decisión se dirige a los Estados miembros cuya moneda es el euro.
Hecho en Fráncfort del Meno el 8 de noviembre de 2022.
La Presidenta del BCE
Christine LAGARDE
(1) DO L 328 de 12.12.2015, p. 123.
(2) Decisión (UE) 2021/2255 del Banco Central Europeo, de 7 de diciembre de 2021, sobre la aprobación del volumen de emisión de monedas en 2022 (BCE/2021/54) (DO L 454 de 17.12.2021, p. 19).