20.12.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 456/17


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2021/2258 DE LA COMISIÓN

de 14 de diciembre de 2021

sobre la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Green VAT – Un IVA ecológico de la UE con el fin de fomentar productos y servicios sostenibles y respetuosos con el medio ambiente», de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo

[notificada con el numero C(2021) 9041]

(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea (1), y en particular su artículo 6, apartados 2 y 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de noviembre de 2021, se presentó a la Comisión la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea titulada «Green VAT – Un IVA ecológico de la UE con el fin de fomentar productos y servicios sostenibles y respetuosos con el medio ambiente».

(2)

El objetivo de la iniciativa, según los organizadores, es reducir el tipo del IVA para los productos y servicios ecológicos.

(3)

En un anexo se ofrecen más datos sobre el asunto, los objetivos y los antecedentes de la iniciativa. En él se explica que los organizadores instan a la Comisión a que lleve a cabo reducciones fiscales para los productos ecológicos, de producción sostenible y respetuosos con el medio ambiente en Europa, de modo que todos los Estados miembros puedan apoyar activamente la protección del clima y del medio ambiente. Asimismo, en él se añade que el impuesto sobre el valor añadido (IVA) es un instrumento de política fiscal a disposición de los gobiernos de la Unión y que todo requisito correspondiente impuesto por la Unión debería ser llevado a cabo por los Estados miembros. En él se sugiere que la Comisión podría utilizar la flexibilización de los tipos del IVA, decidida por el Consejo ECOFIN en el verano de 2021, como base para el IVA ecológico.

(4)

En la medida en que la iniciativa tiene por objeto la adopción de disposiciones para la armonización de las legislaciones relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios, siempre que dicha armonización sea necesaria para garantizar el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior y evitar distorsiones de la competencia, la Comisión está facultada para presentar una propuesta de acto jurídico sobre la base del artículo 113 del Tratado.

(5)

Por estas razones, ninguna parte de la iniciativa se halla manifiestamente fuera del ámbito de competencias de la Comisión para presentar una propuesta de acto jurídico de la Unión a efectos de la aplicación de los Tratados.

(6)

Esta conclusión se entiende sin perjuicio de la evaluación del posible cumplimiento, en este caso, de las condiciones concretas, de hecho y de fondo, necesarias para que la Comisión actúe, incluidos los principios de proporcionalidad y subsidiariedad y la compatibilidad con los derechos fundamentales.

(7)

El grupo de organizadores ha aportado pruebas adecuadas de que cumple los requisitos establecidos en el artículo 5, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2019/788, y ha designado a las personas de contacto de conformidad con el artículo 5, apartado 3, párrafo primero, de dicho Reglamento.

(8)

La iniciativa no es manifiestamente abusiva, frívola o temeraria, ni manifiestamente contraria a los valores de la Unión establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea ni a los derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

(9)

Por consiguiente, debe registrarse la iniciativa titulada «Green VAT — Un IVA ecológico de la UE con el fin de fomentar productos y servicios sostenibles y respetuosos con el medio ambiente».

(10)

La conclusión de que se satisfacen las condiciones para el registro en virtud del artículo 6, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/788 no implica que la Comisión confirme en modo alguno la exactitud material del contenido de la iniciativa, que es responsabilidad exclusiva del grupo de organizadores de la misma. El contenido de la iniciativa únicamente expresa los puntos de vista del grupo de organizadores y en ningún caso puede considerarse que refleja los puntos de vista de la Comisión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda registrada la iniciativa ciudadana europea titulada «Green VAT – Un IVA ecológico de la UE con el fin de fomentar productos y servicios sostenibles y respetuosos con el medio ambiente».

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión es el grupo de organizadores de la iniciativa ciudadana titulada «Green VAT – Un IVA ecológico de la UE con el fin de fomentar productos y servicios sostenibles y respetuosos con el medio ambiente», representado por D.a Nadine STÄDTNER y D.a Karolina PROTAS, que actúan como personas de contacto.

Hecho en Estrasburgo, el 14 de diciembre de 2021.

Por la Comisión

Věra JOUROVÁ

Vicepresidenta


(1)  DO L 130 de 17.5.2019, p. 55.