| 1.10.2021 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 348/27 | 
DECISIÓN (UE) 2021/1743 DEL CONSEJO
de 28 de septiembre de 2021
relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Director Regional de la Comunidad del Transporte en relación con la creación de un Comité Técnico sobre Transporte Acuático y Multimodalidad
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91 y su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 9,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
| (1) | El Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte (TCT) se celebró en nombre de la Unión mediante la Decisión (UE) 2019/392 del Consejo (1), y entró en vigor el 1 de mayo de 2019. | 
| (2) | El Comité Director Regional se creó en virtud del TCT para la administración y correcta ejecución del mismo. Sobre la base del artículo 26 del TCT, el Comité Director Regional ha de adoptar decisiones para crear comités técnicos. | 
| (3) | Los comités técnicos pueden presentar al Comité Director Regional propuestas relativas a su ámbito de responsabilidad para que adopte una decisión sobre ellas. Los comités técnicos están compuestos por representantes de las Partes Contratantes del TCT. La participación en calidad de observador está abierta a todos los Estados miembros de la Unión. | 
| (4) | El Comité Director Regional adoptará en breve una decisión para crear un Comité Técnico sobre Transporte Acuático y Multimodalidad. | 
| (5) | La creación de un Comité Técnico sobre Transporte Acuático y Multimodalidad ayudará a alcanzar el objeto del TCT, a saber, la creación de una Comunidad del Transporte en el ámbito del transporte por carretera, por ferrocarril, por vías navegables interiores y marítimo, así como el desarrollo de la red de transporte entre la Unión y las Partes de Europa Sudoriental. | 
| (6) | Un Comité Técnico sobre Transporte Acuático y Multimodalidad debe tener como objetivo abordar cuestiones críticas relacionadas con el transporte acuático, que comprende asuntos marítimos, vías navegables interiores y puertos, así como abordar los aspectos relacionados con la multimodalidad y promover el uso eficiente de dicho transporte. | 
| (7) | Procede determinar la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Director Regional en relación con la creación de un Comité Técnico sobre Transporte Acuático y Multimodalidad, dado que esta decisión es necesaria para la ejecución del TCT y será vinculante para la Unión. | 
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Director Regional creado por el Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte, en relación con la creación de un Comité Técnico sobre Transporte Acuático y Multimodalidad, se basará en el proyecto de decisión del Comité Director Regional (2).
Los representantes de la Unión en el Comité Director Regional podrán acordar cambios de menor importancia a dicho proyecto de decisión sin necesidad de una nueva decisión del Consejo.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2021.
Por el Consejo
La Presidenta
S. KUSTEC
(1) Decisión (UE) 2019/392 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte (DO L 71 de 13.3.2019, p. 1).
(2) Véase documento ST 11514/21 en http://register.consilium.europa.eu.