9.2.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 45/2


DECISIÓN (UE) 2021/149 DE LA COMISIÓN

de 17 de noviembre de 2020

sobre la ayuda estatal SA.50707 2019/C (ex 2018/FC) — España — Renovación de la flota de Air Nostrum

[notificada con el número C(2020) 7913]

(El texto en lengua española es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

1.   PROCEDIMIENTO

(1)

El 26 de febrero de 2018, la Comisión recibió una denuncia de Ryanair en la que alegaba que el Gobierno de la Comunidad Valenciana había concedido una ayuda estatal ilegal a la compañía aérea regional española Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo SA (en lo sucesivo, «Air Nostrum») en relación con la renovación de su flota. Dicha denuncia se registró con el número de asunto SA.50707 (2018/FC).

(2)

El 17 de abril de 2018, la Comisión informó a España de la recepción de una denuncia sobre presuntas ayudas estatales concedidas a Air Nostrum. España presentó sus primeras observaciones el 18 de mayo de 2018. La Comisión solicitó información adicional mediante dos solicitudes enviadas el 11 de junio de 2018 y el 3 de octubre de 2018, a las que España respondió el 27 de julio de 2018 y el 27 de diciembre de 2018, respectivamente. El 8 de abril de 2019, la Comisión preguntó a España si la ayuda concedida para 2018 ya había sido abonada entre tanto. En su carta de 26 de abril de 2019, el Gobierno de la Comunidad Valenciana indicó que la supuesta ayuda no se había abonado. El 2 de julio de 2019, los servicios de la Comisión se reunieron con tres representantes del Gobierno de la Comunidad Valenciana. El 26 de julio de 2019, España envió información adicional sobre la supuesta medida de ayuda.

(3)

Mediante Decisión de 28 de octubre de 2019 (en lo sucesivo, «la Decisión de incoación de 2019»), la Comisión decidió incoar el procedimiento de investigación formal previsto en el artículo 108, apartado 2, del TFUE. Se asignó al procedimiento de investigación formal el número SA.50707 (2019/C).

(4)

La Decisión de incoación de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 20 de diciembre de 2019 (1). La Comisión pidió a los interesados que presentaran sus observaciones sobre la medida en cuestión en un plazo de un mes a partir de la fecha de publicación.

(5)

El 26 de diciembre de 2019, la Comisión recibió observaciones de España sobre la Decisión de incoación de 2019. El 13 de enero de 2020 y el 3 de febrero de 2020, la Comisión recibió observaciones de terceros, a saber, Ryanair y Air Nostrum, respectivamente. El 11 de marzo de 2020, la Comisión facilitó información adicional a Air Nostrum sobre la Decisión de incoación de 2019 durante una llamada con sus representantes legales. El 30 de abril de 2020, España respondió a las observaciones de Ryanair.

(6)

Mediante carta de 31 de julio de 2020, Air Nostrum informó al Gobierno de la Comunidad Valenciana de su decisión de renunciar a la ayuda para la renovación de su flota. Mediante carta de 7 de agosto de 2020, España informó a los servicios de la Comisión de dicha renuncia y de su aceptación por parte de las autoridades españolas. España subrayó en su carta de 7 de agosto de 2020 que la ayuda nunca se había pagado.

2.   DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA

2.1.   Antecedentes de la investigación y beneficiario

(7)

Air Nostrum es una compañía aérea con sede en Valencia, con unos 1 400 empleados en la Comunidad Valenciana y un volumen de negocios anual de más de 400 millones EUR. Air Nostrum es la cuarta mayor compañía de Valencia y la principal compañía regional de aviación civil en España, que opera con el nombre de Iberia Regional Air Nostrum.

(8)

En 2019, casi dos tercios de la flota de Air Nostrum se componía de los últimos aviones Bombardier CRJ-1000. Durante el período 2009-2019 tuvieron lugar varias ampliaciones de la flota de Air Nostrum y su composición cambió centrándose en reducir el número de modelos de aeronaves más antiguos (en particular, los modelos CRJ-200 y CRJ-900) y sustituirlos por los aviones CRJ-1000 más nuevos. Los dos primeros modelos CRJ-1000 se añadieron a la flota de Air Nostrum en 2010. A finales de 2012, la flota ya incluía diez aeronaves CRJ-1000. En 2016, 2017 y 2018 más aeronaves CRJ-1000 se añadieron a la flota de Air Nostrum.

2.2.   Posible ayuda estatal en favor de Air Nostrum

(9)

El 9 de marzo de 2017, Air Nostrum envió una carta al Gobierno de la Comunidad Valenciana informándole de sus planes de inversión para ampliar y renovar su flota, y solicitando apoyo financiero para la adquisición de aeronaves nuevas y más respetuosas con el medio ambiente. Air Nostrum presentó una solicitud de ayuda para una subvención a fondo perdido de un máximo de 15 millones EUR.

(10)

El Gobierno de la Comunidad Valenciana decidió apoyar financieramente el programa de renovación de la flota de Air Nostrum, mediante una subvención directa de un máximo de 9 millones EUR para la adquisición de diez aeronaves CRJ-1000, distribuida a lo largo de tres años (2018, 2019 y 2020). Según España, los planes de inversión de Air Nostrum encajan en la agenda del Gobierno de la Comunidad Valenciana para impulsar la economía y mejorar el desarrollo sostenible de la región (2).

(11)

La ayuda se concedió para los años 2018 y 2019. El Gobierno de la Comunidad Valenciana incluyó en los presupuestos de 2018 y 2019 una línea de subvención nominativa de 3 millones EUR anuales en favor de Air Nostrum. Los convenios de cooperación entre el Gobierno de la Comunidad Valenciana y Air Nostrum (como exige la normativa española sobre subvenciones directas para inversiones) se firmaron el 25 de octubre de 2018 y el 31 de mayo de 2019. El pago de la ayuda para los años 2018 y 2019 aún no ha tenido lugar, como confirmó el Gobierno de la Comunidad Valenciana [véase el considerando (6)].

3.   DEROGACIÓN DE LA MEDIDA DE AYUDA

(12)

Mediante carta de 31 de julio de 2020, Air Nostrum informó al Gobierno de la Comunidad Valenciana de sus planes de inversión modificados a la luz de la pandemia de COVID-19. Air Nostrum renunció a la ayuda para la renovación de su flota, concedida por el Gobierno de la Comunidad Valenciana a través de los acuerdos de cooperación de 2018 y 2019 entre el Gobierno de la Comunidad Valenciana y Air Nostrum.

(13)

Mediante resolución de 5 de agosto de 2020, la Consejería de Hacienda y Modelo Económico de Valencia aprobó la renuncia de Air Nostrum a la ayuda para la renovación de su flota.

(14)

Habida cuenta de la renuncia de Air Nostrum a la ayuda el 31 de julio de 2020, aceptada por el Gobierno de la Comunidad Valenciana, España informó a los servicios de la Comisión de la derogación de la medida de ayuda, así como de la ausencia de pago de la ayuda, el 7 de agosto de 2020 (véase el considerando (6)). Como consecuencia de ello, el procedimiento de investigación formal incoado con respecto a la medida de ayuda, por un importe de 9 millones EUR, ha quedado sin objeto.

4.   CONCLUSIÓN

(15)

El procedimiento establecido en el artículo 108, apartado 2, del TFUE ha quedado sin objeto debido a la renuncia por parte de Air Nostrum a la ayuda el 31 de julio de 2020 y a la derogación de la medida de ayuda por parte de España, y se debe dar por concluido.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El procedimiento de investigación formal incoado el 28 de octubre de 2019 con arreglo al artículo 108, apartado 2, del TFUE con respecto a la ayuda concedida por España a Air Nostrum ha quedado sin objeto y se da por concluido.

Artículo 2

El destinatario de la presente Decisión es el Reino de España.

Hecho en Bruselas, el 17 de noviembre de 2020.

Por la Comisión

Margrethe VESTAGER

Miembro de la Comisión


(1)   DO C 429 de 20.12.2019, p.4.

(2)  La Consejería de Hacienda y Modelo Económico de Valencia adoptó un «Plan de acción para la transformación del modelo económico valenciano 2017-2027» y un Plan Estratégico de Subvenciones para 2018-2020, cuyo objetivo estratégico es «promover el cambio hacia un modelo económico basado en el conocimiento, la innovación y la apertura al mundo exterior», con los principios de «sostenibilidad medioambiental, manufacturera y social».