25.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 395/3


REGLAMENTO (UE) 2020/1754 DE LA COMISIÓN

de 19 de noviembre de 2020

por el que se establece el cierre de las pesquerías de patudo en el océano Atlántico por parte de los buques que enarbolen pabellón de Portugal

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), y en particular su artículo 36, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) 2020/123 del Consejo (2) fija las cuotas para el año 2020.

(2)

Según la información recibida por la Comisión, las capturas de la población de patudo efectuadas en el océano Atlántico por buques que enarbolan pabellón de Portugal o están matriculados en ese país han agotado la cuota asignada para 2020.

(3)

Es necesario, por lo tanto, prohibir determinadas actividades pesqueras dirigidas a esa población.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Agotamiento de la cuota

La cuota de pesca asignada a Portugal para la población de patudo en el océano Atlántico para 2020 que figura en el anexo se considerará agotada a partir de la fecha indicada en dicho anexo.

Artículo 2

Prohibiciones

Se prohíbe realizar actividades pesqueras relacionadas con la población citada en el artículo 1 a los buques que enarbolen pabellón de Portugal o que estén matriculados en ese país a partir de la fecha indicada en el anexo. Se prohíbe, en particular, mantener a bordo, trasladar, transbordar o desembarcar capturas de esta población efectuadas por tales buques después de la fecha en cuestión.

Artículo 3

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de noviembre de 2020.

Por la Comisión

En nombre de la Presidenta

Virginijus SINKEVIČIUS

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.

(2)  Reglamento (UE) 2020/123 del Consejo, de 27 de enero de 2020, por el que se establecen para 2020 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión (DO L 25 de 30.1.2020, p. 1).


ANEXO

N.o

30/TQ/123

Estado miembro

Portugal

Población

BET/ATLANT

Especie

Patudo (Thunnus obesus), incluidas las condiciones especiales BET/*ATLLL y BET/*ATLPS

Zona

Océano Atlántico

Fecha de cierre

27.10.2020