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16.11.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 382/7 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1703 DE LA COMISIÓN
de 13 de noviembre de 2020
relativo a las condiciones uniformes para la transmisión de las series temporales para el nuevo desglose regional en virtud del Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (1), y en particular su artículo 5, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (CE) n.o 1059/2003 proporciona el marco jurídico para la nomenclatura regional con el fin de posibilitar la recogida, la elaboración y la difusión de estadísticas regionales armonizadas en la Unión. |
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(2) |
La Comisión ha modificado la nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) mediante el Reglamento Delegado (UE) 2019/1755 de la Comisión (2), con efecto a partir del 1 de enero de 2021. |
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(3) |
Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) las series temporales para el nuevo desglose regional de conformidad con el anexo, a más tardar el 1 de enero de 2023.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2020.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(2) Reglamento Delegado (UE) 2019/1755 de la Comisión, de 8 de agosto de 2019, que modifica los anexos del Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 270 de 24.10.2019, p. 1).
ANEXO
Año inicial requerido por ámbito estadístico
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Ámbito |
NUTS, nivel 2 |
NUTS, nivel 3 |
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Agricultura |
2016 |
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Demografía: población, nacidos vivos, defunciones |
1990 (1) |
1990 (2) |
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Mercado de trabajo: empleo, desempleo |
2016 |
2016 (3) |
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Educación |
2013 |
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Medio ambiente: instalaciones de tratamiento de residuos |
2018 |
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Salud: causas de muerte |
2011 |
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Salud: infraestructura |
1996 (4) |
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Salud: pacientes |
2003 (5) |
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Sociedad de la información |
2016 (6) |
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Cuentas regionales: cuentas de los hogares por regiones |
2000 |
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Cuentas regionales: cuentas por ramas de actividad y por regiones |
2000 |
2000 |
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Ciencia y tecnología: gasto en I+D y personal |
2016 |
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Turismo |
2018 |
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(1) La transmisión no es obligatoria para los años de referencia 1990 a 2012.
(2) La transmisión no es obligatoria para los años de referencia 1990 a 2012.
(3) La transmisión no es obligatoria.
(4) La transmisión no es obligatoria.
(5) La transmisión no es obligatoria.
(6) La transmisión no es obligatoria.