26.8.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 282/116


RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 20 de julio de 2020

relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Malta y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad para 2020 de Malta

(2020/C 282/18)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,

Vista la Recomendación de la Comisión Europea,

Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,

Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,

Visto el Dictamen del Comité de Empleo,

Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,

Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,

Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 17 de diciembre de 2019, la Comisión adoptó la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible, marcando así el inicio del Semestre Europeo 2020 para la coordinación de las políticas económicas. Se tuvo debidamente en cuenta el pilar europeo de derechos sociales, que fue proclamado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de noviembre de 2017. El 17 de diciembre de 2019, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó asimismo el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Malta como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. En la misma fecha, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro.

(2)

El informe específico de 2020 sobre Malta fue publicado el 26 de febrero de 2020. En él se evaluaban los avances realizados por Malta con vistas a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 9 de julio de 2019 (3) (en lo sucesivo, «recomendaciones específicas por país para 2019») y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones específicas por país de años anteriores, así como los avances de Malta hacia sus objetivos nacionales en el marco de la Estrategia Europa 2020.

(3)

El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró oficialmente el brote de COVID-19 una pandemia mundial. La pandemia constituye una grave emergencia de salud pública para los ciudadanos, las sociedades y las economías. Está sometiendo a fuertes tensiones a los sistemas sanitarios nacionales, perturbando las cadenas de suministro mundiales, causando volatilidad de los mercados financieros, alterando profundamente la demanda de los consumidores y provocando efectos negativos en diversos sectores. Supone una amenaza para el empleo y la renta de los ciudadanos así como para la actividad empresarial. La pandemia ha ocasionado una grave perturbación económica que ya está teniendo graves repercusiones en la Unión. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación en la que reclamaba una respuesta económica coordinada a la crisis, en la que participaran todas las partes interesadas a nivel nacional y de la Unión.

(4)

Varios Estados miembros han declarado un estado de alarma o introducido medidas de emergencia. Cualquier medida de emergencia debe ser estrictamente proporcionada, necesaria, limitada en el tiempo y conforme a las normas europeas e internacionales. Ha de estar sometida al control democrático y al examen independiente del poder judicial.

(5)

El 20 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación relativa a la activación de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. La cláusula general de salvaguardia, tal como se recoge en el artículo 5, apartado 1, el artículo 6, apartado 3, el artículo 9, apartado 1, y el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 y en el artículo 3, apartado 5, y el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1467/97 del Consejo (4), facilita la coordinación de las políticas presupuestarias en tiempos de grave recesión económica. En su Comunicación de 20 de marzo de 2020, la Comisión estimó que, teniendo en cuenta la grave recesión económica que se preveía como consecuencia de la pandemia de COVID-19, se habían cumplido las condiciones de la activación de la cláusula general de salvaguardia y pedía al Consejo que aprobase esta conclusión. El 23 de marzo de 2020, los ministros de Hacienda de los Estados miembros manifestaron su acuerdo con la evaluación de la Comisión. Acordaron que la grave recesión económica requería una respuesta decidida, ambiciosa y coordinada. La activación de la cláusula general de salvaguardia permite una desviación temporal respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, siempre que dicha desviación no ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a medio plazo. En cuanto al componente corrector, el Consejo puede también decidir, previa recomendación de la Comisión, la adopción de una trayectoria presupuestaria revisada. La cláusula general de salvaguardia no suspende los procedimientos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Permite a los Estados miembros no cumplir los requisitos presupuestarios que se aplicarían en condiciones normales y a la Comisión y al Consejo tomar las medidas necesarias de coordinación de políticas en el marco del Pacto.

(6)

Es necesario seguir actuando para limitar y controlar la propagación de la pandemia de COVID-19, aumentar la resiliencia de los sistemas sanitarios nacionales, paliar las consecuencias socioeconómicas de la pandemia mediante medidas de apoyo destinadas a las empresas y los hogares y garantizar unas condiciones adecuadas de salud y seguridad en el puesto de trabajo con vistas a la reanudación de la actividad económica. La Unión debe utilizar plenamente los distintos instrumentos de que dispone para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en esos ámbitos. Paralelamente, los Estados miembros y la Unión deben colaborar a fin de preparar las medidas necesarias para restablecer el funcionamiento normal de nuestras sociedades y economías y el crecimiento sostenible, integrando, en particular, la transición ecológica y la transformación digital, y extrayendo lecciones de la crisis.

(7)

La crisis de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la flexibilidad que ofrece el mercado interior para adaptarse a situaciones extraordinarias. No obstante, a fin de garantizar una transición rápida y sin contratiempos a la fase de recuperación y la libre circulación de bienes, servicios y trabajadores, es preciso eliminar las medidas excepcionales que impiden el funcionamiento normal del mercado interior tan pronto como dejen de ser indispensables. La crisis actual ha puesto de manifiesto la necesidad de disponer de planes de preparación ante las crisis en el sector sanitario. La mejora de las estrategias de adquisición, la diversificación de las cadenas de suministro y las reservas estratégicas de suministros esenciales son algunos de los elementos clave para la elaboración de planes de preparación ante las crisis más amplios.

(8)

El legislador de la Unión ya ha modificado los marcos legislativos pertinentes a través de los Reglamentos (UE) 2020/460 (5) y (UE) 2020/558 (6) del Parlamento Europeo y del Consejo, con objeto de permitir a los Estados miembros movilizar todos los recursos no utilizados de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para abordar los efectos excepcionales de la pandemia de COVID-19. Esas modificaciones proporcionarán una flexibilidad adicional, así como unos procedimientos simplificados y racionalizados. Con el fin de disminuir las presiones sobre la tesorería, los Estados miembros también pueden disfrutar de una tasa de cofinanciación del 100 % con cargo al presupuesto de la Unión en el ejercicio contable 2020-2021. Se anima a Malta a aprovechar plenamente estas posibilidades para ayudar a las personas y sectores más afectados.

(9)

Malta presentó su Programa Nacional de Reformas de 2020 el 30 de abril de 2020 y su Programa de Estabilidad de 2020 el 2 de mayo de 2020. Ambos programas se han evaluado simultáneamente para tener en cuenta sus interrelaciones.

(10)

Malta se encuentra sometida actualmente al componente preventivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

(11)

En su Programa de Estabilidad de 2020, el Gobierno prevé que el saldo presupuestario se deteriore, pasando de un superávit del 0,5 % del producto interior bruto (PIB) en 2019 a un déficit del 7,5 % en 2020. Se prevé que el déficit disminuya al 3,6 % del PIB en 2021. Según el Programa de Estabilidad de 2020, la ratio deuda pública/PIB, tras disminuir al 43,1 % en 2019, aumentaría hasta el 54,5 % en 2020. Las perspectivas macroeconómicas y presupuestarias están muy afectadas por el elevado nivel de incertidumbre debido a la pandemia de COVID-19.

(12)

En respuesta a la pandemia de COVID-19, y como parte de un enfoque coordinado de la Unión, Malta ha adoptado medidas presupuestarias oportunas para aumentar la capacidad de su sistema sanitario, contener la pandemia y prestar ayuda a las personas y sectores más afectados. Según el Programa de Estabilidad de 2020, el importe de estas medidas presupuestarias es equivalente al 4,1 % del PIB. Entre ellas se encuentran ayudas a las rentas del trabajo en los sectores en dificultades, el aumento de la capacidad de atención sanitaria y medidas sociales relacionadas con la COVID-19. Por otra parte, Malta ha anunciado medidas que, sin tener un impacto directo sobre el presupuesto, contribuirán a proporcionar liquidez a las empresas. El Programa de Estabilidad de 2020 estima que gracias a las garantías estatales los bancos podrán apalancar la cartera de nuevos préstamos a las empresas en hasta un 6,1 % del PIB. Las garantías de préstamos son una de estas medidas. El Programa de Estabilidad de 2020 también confirma los aplazamientos del pago de los impuestos sobre la renta de las personas físicas y de sociedades, el IVA y las contribuciones sociales anunciados. Globalmente, las medidas tomadas por Malta están en consonancia con las orientaciones establecidas en la Comunicación de la Comisión de 13 de marzo de 2020. La plena aplicación de las medidas de emergencia y las medidas presupuestarias de apoyo, seguida de una reorientación de las políticas presupuestarias hacia el logro de una situación presupuestaria a medio plazo prudente cuando lo permitan las condiciones económicas, contribuirá a preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio plazo.

(13)

Según las previsiones de primavera de 2020 de la Comisión, con la hipótesis de mantenimiento de la política económica, el saldo presupuestario de las administraciones públicas maltesas sería del -6,7 % del PIB en 2020 y del -2,5 % del PIB en 2021. Se prevé que la ratio de deuda de las administraciones públicas siga por debajo del 60 % del PIB en 2020 y 2021.

(14)

El 20 de mayo de 2020, la Comisión publicó un informe elaborado de conformidad con el artículo 126, apartado 3, del Tratado como consecuencia del incumplimiento previsto por parte de Malta del valor de referencia para el déficit (3 % del PIB) en 2020. Globalmente, el análisis de la Comisión indica que el criterio de déficit definido en el Tratado y en el Reglamento (CE) n.o 1467/97 no se ha cumplido.

(15)

En respuesta a la pandemia de COVID-19, Malta adoptó medidas de contención: una campaña de comunicación sanitaria eficaz, medidas de aislamiento físico, una cuarentena, medidas de seguimiento, un gran número de pruebas y rastreo de contactos. Las autoridades maltesas también han trabajado para aumentar la capacidad de los hospitales, incluidos los dedicados a unidades de cuidados intensivos. La adquisición directa de equipos de protección individual se está llevando a cabo a nivel nacional. Malta también se ha incorporado al proceso de contratación pública conjunta de la Unión de equipos de protección individual, reactivos y pruebas de laboratorio y respiradores. Por lo que respecta a los medicamentos y a los principios activos, Malta está llevando a cabo un seguimiento activo de la situación para detectar y anticipar posibles carencias y adoptar medidas correctoras inmediatas, especialmente en caso que los países que normalmente suministran los medicamentos o principios activos cierren sus fronteras. El 12 de mayo de 2020, la Comisión aprobó un plan (por valor de 11,5 millones EUR) de apoyo a las inversiones para la producción de productos pertinentes a efectos de la COVID-19, entre ellos productos médicos, como vacunas, equipos médicos y equipos hospitalarios, por ejemplo, respiradores, y ropa y equipo de protección. También se han llevado a cabo cambios relativos al destino del personal sanitario que, además, ha sido reconvertido con eficacia: a los especialistas en sanidad pública que solían ocupar cargos en los organismos reguladores y en los ministerios se les han asignado tareas completamente distintas y un nuevo destino para ayudar a combatir la pandemia.

(16)

El Gobierno de Malta ha respaldado a las empresas prestándoles un apoyo financiero para el teletrabajo y estableciendo subvenciones para los trabajadores en cuarentena obligatoria. El Gobierno también ha ofrecido garantías y aplazamientos del pago de deudas tributarias a las empresas, incluidos los trabajadores por cuenta propia. Los empleados a tiempo completo de empresas que operen en sectores como la venta al por menor, la venta al por mayor, el turismo y la hostelería, que han sufrido notablemente las consecuencias de la pandemia de COVID-19, o en sectores que hayan tenido que suspender temporalmente sus actividades en virtud del decreto del superintendente de Salud Pública, tendrán derecho a recibir hasta cinco días de sueldo por semana, sobre la base de un salario de 800 EUR al mes. Los empleados de sectores menos afectados tienen derecho a una remuneración equivalente al sueldo de entre uno y dos días por semana, sobre la base de un salario de 800 EUR al mes. El Gobierno también ha anunciado ayudas para las personas con discapacidad, las familias con hijos en las que ambos progenitores estén contratados por cuenta ajena pero no puedan teletrabajar, los trabajadores que hayan perdido su trabajo debido a la crisis actual y los desempleados que vivan en viviendas de alquiler. Por último, el Gobierno financiará hasta 2,5 puntos porcentuales de los tipos de interés de los préstamos bancarios contraídos por las empresas afectadas por la pandemia de COVID-19.

(17)

El sistema sanitario maltés presenta buenos resultados sanitarios. No obstante, la pandemia de COVID-19 ha sometido al sistema sanitario público maltés a unos niveles de presión sin precedentes. Se mejoraría su resiliencia si se realizasen esfuerzos centrados en el desarrollo de la capacidad del sistema de asistencia sanitaria para responder eficazmente a las crisis pandémicas, como la de la COVID-19. Los ámbitos siguientes requieren un seguimiento particular: a) la creciente dependencia de un personal de enfermería migrante en el ámbito de los cuidados de larga duración y la medicina de urgencias e intensiva, y de unos médicos de cabecera privados que envejecen; b) las dificultades para ofrecer medicamentos nuevos e innovadores; c) el nivel elevado de gastos directos asociados a la asistencia primaria y ambulatoria y a algunos medicamentos, y d) las listas de espera para las especialidades de asistencia ambulatoria, que son siempre largas y han ido aumentando recientemente. La reorientación de la prestación de los servicios desde los hospitales hacia la atención primaria sigue siendo también una prioridad clave.

(18)

En sus previsiones de primavera de 2020, la Comisión prevé que el desempleo aumente hasta el 5,9 % en 2020 y que posteriormente descienda hasta el 4,4 % en 2021. Para paliar los graves efectos de la crisis en el empleo, Malta adoptó medidas de emergencia, en consulta con los interlocutores sociales, para evitar los despidos favoreciendo medidas de reducción del tiempo de trabajo. La adopción de regímenes de reducción del tiempo de trabajo de forma más permanente también protegería los puestos de trabajo en la transición hacia la recuperación económica. Es esencial garantizar un apoyo adecuado y un acceso a la protección social a todos los trabajadores, incluidos los trabajadores por cuenta propia, así como tener en cuenta la posible prolongación del período de desempleo. El sistema de protección social maltés también debe garantizar que se presta un apoyo adecuado a los trabajadores extranjeros para buscar un empleo alternativo, conservar los permisos de trabajo, cuando sea posible, y acceder a otros servicios sociales. La proporción de adultos con una baja cualificación es comparativamente elevada y se ve agravada por una también elevada proporción de jóvenes que abandonan la educación y la formación prematuramente. La crisis actual puede exacerbar la escasez de personal cualificado en algunos sectores y redefinir las necesidades de capacidades en otros. Resulta por ello más importante aún establecer con claridad las necesidades en materia de capacidades y de reciclaje profesional de los trabajadores, en particular en lo que se refiere a las capacidades digitales y ecológicas. Malta ha realizado recientemente progresos en materia de educación y formación, pero sigue teniendo que hacer frente a importantes retos, como el alto porcentaje de alumnos con niveles insuficientes de capacidades básicas.

(19)

En Malta, la crisis de la COVID-19 ha transformado en una prioridad urgente el apoyo a la liquidez de las empresas. Garantizar un flujo continuo de crédito y acceso a la financiación es esencial, especialmente para las pymes de los sectores más afectados. El sistema bancario está llamado a desempeñar un papel importante en la aplicación efectiva de las medidas de liquidez, proporcionando préstamos y canalizando las garantías públicas, lo que le permitirá superar el carácter conservador de las prácticas de préstamo previas a la crisis actual. En el proceso de concepción y aplicación de esas medidas es preciso tener en cuenta la resiliencia del sector bancario.

(20)

Con objeto de fomentar la recuperación económica, será importante anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en una fase avanzada de desarrollo y promover la inversión privada, especialmente a través de reformas pertinentes. Las inversiones en apoyo de la recuperación brindan una oportunidad para encarrilar la economía maltesa por una vía más sostenible. La transformación de Malta en una economía climáticamente neutra requerirá una inversión pública y privada considerable durante un período prolongado. La inversión destinada a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, que figura en su plan nacional de energía y clima, y a tratar otras externalidades medioambientales negativas, en particular en sectores como la construcción y el transporte, puede contribuir al logro del doble objetivo de la recuperación económica y la sostenibilidad. Apoyar la renovación del parque inmobiliario existente, así como planes de formación específicos, ayudará a mejorar la eficiencia energética de los edificios. Con una mayor inversión en transporte sostenible se pueden garantizar alternativas viables al uso de automóviles privados. La programación del Fondo de Transición Justa, objeto de una propuesta de la Comisión, para el período 2021-2027 podría ayudar a Malta a abordar algunos de los retos que plantea la transición hacia una economía climáticamente neutra, tal como se muestra en el anexo D del informe del país de 2020. Esto permitiría a Malta optimizar el uso de este Fondo.

(21)

Conceder mayor importancia a la investigación e innovación y mejorar su integración en el entorno empresarial favorecerá la sostenibilidad del modelo económico basado en el conocimiento de Malta. Malta ha desarrollado servicios de administración electrónica para los ciudadanos y las empresas, en particular una serie de aplicaciones para dispositivos móviles. Sin embargo, su uso sigue siendo bajo. Para facilitar la transición digital de la economía, es fundamental fomentar el uso de los servicios públicos digitales por parte de los ciudadanos y las empresas.

(22)

Si bien la reorientación de Malta hacia un sector de los servicios con vocación internacional y su especialización en el juego a distancia y los activos virtuales, así como sus regímenes de ciudadanía y residencia, contribuyen al crecimiento económico, también la hacen propensa al blanqueo de capitales, riesgo que se debe mitigar. Para prevenir y combatir estos riesgos, se han tomado medidas encaminadas a reforzar la función del supervisor de la lucha contra el blanqueo de capitales (LBC). También se ha mejorado la cooperación con las demás autoridades competentes. Sin embargo, suscita cierta preocupación la práctica de la Autoridad de Servicios Financieros de Malta de contratar a personal de una consultora privada para ciertas tareas de supervisión. Las deficiencias en la investigación y el enjuiciamiento del blanqueo de capitales siguen siendo un problema. Una mejora de la supervisión nacional de las empresas financieras con vocación internacional autorizadas para operar en Malta reforzaría el marco general de gobernanza. En el sector de los seguros, es esencial la cooperación entre supervisores nacionales y externos. También existe margen de mejora en la supervisión de las sucursales de los bancos de terceros países, así como en el enfoque orientado al riesgo y la valoración de la adecuación de la gestión de riesgos para las entidades bancarias.

(23)

La lucha contra la planificación fiscal abusiva sigue siendo fundamental para mejorar la eficiencia y equidad de los sistemas fiscales. Los efectos indirectos de las estrategias de planificación fiscal abusiva de los contribuyentes entre los Estados miembros requieren una acción coordinada de las políticas nacionales para complementar la legislación de la Unión. Malta ha tomado medidas para hacer frente a las prácticas de planificación fiscal abusiva mediante la puesta en práctica de iniciativas internacionales y europeas acordadas previamente, pero el trato fiscal que reciben las empresas residentes no domiciliadas, así como los regímenes de nacionalidad y residencia para los inversores, que ni siquiera exigen que una persona sea residente a efectos fiscales en Malta, plantean un riesgo de doble no imposición tanto por lo que respecta a las empresas como a los particulares.

(24)

Malta también se enfrenta a ciertas dificultades relacionadas con el refuerzo de su capacidad institucional de lucha contra la corrupción. Malta ha anunciado reformas para reforzar la investigación y el enjuiciamiento de la corrupción y está consultando a las partes interesadas pertinentes, en particular la Comisión de Venecia, sobre la reforma del sistema judicial. Deben adoptarse medidas concretas para completar estas reformas y hacerlas operativas.

(25)

Aunque las recomendaciones específicas por país establecidas en la presente Recomendación (en lo sucesivo, «recomendaciones específicas por país para 2020») se centran en hacer frente a los efectos socioeconómicos de la pandemia y facilitar la recuperación económica, las recomendaciones específicas por país para 2019 también incluían reformas esenciales para afrontar los desafíos estructurales a medio y largo plazo. Las recomendaciones específicas por país para 2019 aún son pertinentes y continuarán siendo objeto de seguimiento durante el Semestre Europeo del año próximo. Ello incluye las recomendaciones específicas por país para 2019 sobre las políticas económicas relacionadas con la inversión. Todas las recomendaciones específicas por país para 2019 deben tenerse en cuenta para la programación estratégica de la financiación de la política de cohesión para después de 2020, incluidas las medidas de mitigación y las estrategias de salida en relación con la crisis actual.

(26)

El Semestre Europeo proporciona el marco para una coordinación continua de las políticas económicas y de empleo en la Unión, que puede contribuir a una economía sostenible. En sus programas nacionales de reformas de 2020 los Estados miembros han hecho balance de los avances en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas. Al garantizar la plena aplicación de las recomendaciones específicas por país para 2020, Malta contribuirá a los avances hacia los ODS y al esfuerzo común de asegurar la sostenibilidad competitiva en la Unión.

(27)

Para una recuperación rápida de las repercusiones económicas de la pandemia de COVID-19 es fundamental una estrecha coordinación entre las economías de la unión económica y monetaria. Como Estado miembro cuya moneda es el euro, Malta debe velar por que sus políticas sigan siendo coherentes con las recomendaciones para 2020 de la zona del euro y estén coordinadas con las de los demás Estados miembros cuya moneda es el euro, al tiempo que debe tener en cuenta las orientaciones políticas del Eurogrupo.

(28)

En el contexto del Semestre Europeo de 2020, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Malta y lo ha publicado en el informe por país de 2020. Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad de 2020, el Programa Nacional de Reformas de 2020 y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones específicas por país dirigidas a Malta en años anteriores. La Comisión ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y la política presupuestaria de Malta, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la Unión, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión mediante aportaciones realizadas a nivel de la Unión a las futuras decisiones nacionales.

(29)

A la luz de la presente valoración, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de 2020, y su dictamen (7) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación.

RECOMIENDA a Malta que tome medidas en 2020 y 2021 con el fin de:

1.

Adoptar todas las medidas necesarias, en consonancia con la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, para combatir la pandemia de COVID-19, sostener la economía y respaldar la posterior recuperación de forma eficaz. Cuando las condiciones económicas lo permitan, aplicar políticas presupuestarias destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al tiempo que se fomenta la inversión. Reforzar la resiliencia del sistema sanitario en lo relativo al personal sanitario, los productos médicos esenciales y la atención primaria.

2.

Consolidar los regímenes de reducción del tiempo de trabajo y garantizar la adecuación de la protección por desempleo para todos los trabajadores. Reforzar la calidad y el carácter inclusivo de la educación y el desarrollo de capacidades.

3.

Garantizar la aplicación efectiva del apoyo a la liquidez de las empresas afectadas, incluidos los trabajadores por cuenta propia. Anticipar los proyectos de inversión pública que se encuentran en una fase avanzada de desarrollo y promover la inversión privada para impulsar la recuperación económica. Centrar la inversión en la transición ecológica y digital, y particularmente en la producción y el uso limpios y eficientes de energía, el transporte sostenible, la gestión de residuos y la investigación e innovación.

4.

Ultimar las reformas que tratan las deficiencias actuales de la capacidad institucional y la gobernanza para reforzar la independencia judicial. Mantener los esfuerzos para valorar adecuadamente y mitigar los riesgos de blanqueo de capitales y garantizar la aplicación efectiva del marco de lucha contra el blanqueo de capitales. Intensificar la actuación para revisar los aspectos del régimen fiscal que facilitan la planificación fiscal abusiva de particulares y multinacionales.

Hecho en Bruselas, el 20 de julio de 2020.

Por el Consejo

La Presidenta

J. KLOECKNER


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.

(2)  Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).

(3)  DO C 301 de 5.9.2019, p. 107.

(4)  Reglamento (CE) n.o 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L 209 de 2.8.1997, p. 6).

(5)  Reglamento (UE) 2020/460 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de marzo de 2020, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013 y (UE) n.o 508/2014, en lo relativo a medidas específicas para movilizar inversiones en los sistemas de atención sanitaria de los Estados miembros y en otros sectores de sus economías, en respuesta al brote de COVID‐19 (Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus) (DO L 99 de 31.3.2020, p. 5).

(6)  Reglamento (UE) 2020/558 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2020, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1301/2013 y (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a medidas específicas para ofrecer una flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19 (DO L 130 de 24.4.2020, p. 1).

(7)  En virtud del artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.