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                10.11.2020  | 
            
                ES  | 
            
                Diario Oficial de la Unión Europea  | 
            
                L 374/8  | 
         
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1663 DE LA COMISIÓN
de 6 de noviembre de 2020
por la que se modifican los anexos I y II de la Decisión 2004/558/CE en lo que concierne al estatus de indemne de enfermedad de Chequia y a la aprobación del programa de erradicación en varias regiones de Francia respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina
[notificada con el número C(2020) 7578]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), y en particular su artículo 9, apartado 2, y su artículo 10, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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                         (1)  | 
                     
                         La Directiva 64/432/CEE establece normas de policía sanitaria en relación con el comercio de bovinos dentro de la Unión. El artículo 9 de dicha Directiva establece que un Estado miembro que disponga de un programa nacional obligatorio de lucha contra una enfermedad contagiosa de las recogidas en la lista de su anexo E (II) podrá presentar dicho programa a la Comisión para su aprobación. Establece, asimismo, que pueden exigirse garantías adicionales para el comercio de bovinos dentro de la Unión. La rinotraqueítis infecciosa bovina, una enfermedad causada por el tipo 1 del virus del herpes bovino (VHB1), está incluida respecto a los bovinos en el anexo E (II) de la Directiva 64/432/CEE.  | 
                  
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                         (2)  | 
                     
                         En febrero de 2020, Francia presentó a la Comisión justificantes para la aprobación de su programa nacional de control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina, que abarca los departamentos metropolitanos franceses, excepto Córcega, y solicitó autorización para aplicar garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 64/432/CEE.  | 
                  
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                         (3)  | 
                     
                         El artículo 10 de la Directiva 64/432/CEE establece que los Estados miembros que consideren que su territorio está total o parcialmente indemne de una de las enfermedades enumeradas en el anexo E (II) presentarán a la Comisión los justificantes adecuados. Establece, asimismo, que pueden exigirse garantías adicionales para el comercio de bovinos dentro de la Unión.  | 
                  
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                         (4)  | 
                     
                         En enero de 2020, Chequia presentó a la Comisión justificantes para que la totalidad de su territorio fuera considerado indemne de VHB1, y solicitó autorización para aplicar garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 64/432/CEE.  | 
                  
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                         (5)  | 
                     
                         La Decisión 2004/558/CE de la Comisión (2) establece la lista de los Estados miembros y regiones de estos autorizados a aplicar garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Directiva 64/432/CEE. En el anexo I de la Decisión 2004/558/CE figura la lista de los Estados miembros y regiones de estos en los que se aplican garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 64/432/CEE, mientras que en el anexo II de la Decisión 2004/558/CE figura la lista de los Estados miembros y regiones de estos en los que se aplican garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 64/432/CEE.  | 
                  
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                         (6)  | 
                     
                         Tras la evaluación de los justificantes presentados por Francia, los departamentos metropolitanos de dicho Estado miembro, excepto Córcega, deben figurar en el anexo I de la Decisión 2004/558/CE, y las garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina deben aplicarse de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 64/432/CEE.  | 
                  
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                         (7)  | 
                     
                         Asimismo, tras la evaluación de los justificantes presentados por Chequia, este Estado miembro ya no debe figurar en el anexo I de la Decisión 2004/558/CE, sino en su anexo II, y las garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina deben aplicarse de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 64/432/CEE.  | 
                  
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                         (8)  | 
                     
                         Procede, por tanto, modificar en consecuencia los anexos I y II de la Decisión 2004/558/CE.  | 
                  
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                         (9)  | 
                     
                         Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.  | 
                  
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Los anexos I y II de la Decisión 2004/558/CE se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 6 de noviembre de 2020.
Por la Comisión
Stella KYRIAKIDES
Miembro de la Comisión
(1) DO 121 de 29.7.1964, p. 1977/64.
(2) Decisión 2004/558/CE de la Comisión, de 15 de julio de 2004, por la que se aplica la Directiva 64/432/CEE del Consejo en lo que respecta a las garantías adicionales para los intercambios intracomunitarios de animales de la especie bovina relacionadas con la rinotraqueítis infecciosa bovina, y a la aprobación de los programas de erradicación presentados por determinados Estados miembros (DO L 249 de 23.7.2004, p. 20).
ANEXO
«ANEXO I
| 
                               Estados miembros  | 
                           
                               Regiones de los Estados miembros a las que se aplican las garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 64/432/ CEE  | 
                        
| 
                               Bélgica  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Francia  | 
                           
                               Auvernia-Ródano-Alpes Borgoña-Franco Condado Bretaña Centro-Valle del Loira Gran Este Alta Francia Isla de Francia Normandía Nueva Aquitania Occitania Países del Loira Provenza-Alpes-Costa Azul  | 
                        
| 
                               Italia  | 
                           
                               Friul-Venecia Julia Trento  | 
                        
| 
                               Luxemburgo  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
ANEXO II
| 
                               Estados miembros  | 
                           
                               Regiones de los Estados miembros a las que se aplican las garantías adicionales respecto a la rinotraqueítis infecciosa bovina de conformidad con el artículo 10 de la Directiva 64/432/ CEE  | 
                        
| 
                               Chequia  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Dinamarca  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Alemania  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Italia  | 
                           
                               Valle de Aosta Bolzano/Bozen  | 
                        
| 
                               Austria  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Finlandia  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Suecia  | 
                           
                               Todas las regiones  | 
                        
| 
                               Reino Unido  | 
                           
                               Jersey.  |