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16.10.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 343/14 |
DECISIÓN (UE) 2020/1492 DEL CONSEJO
de 12 de octubre de 2020
relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el Comité Mixto establecido por el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo a la vinculación de sus regímenes de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en relación con la adopción de procedimientos operativos comunes
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 192, apartado 1, leído en relación con su artículo 218, apartado 9,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo a la vinculación de sus regímenes de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo») fue celebrado por la Unión mediante la Decisión (UE) 2018/219 del Consejo (2) y entró en vigor el 1 de enero de 2020. |
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(2) |
Con arreglo al Acuerdo, el Comité Mixto establecido por el Acuerdo (en lo sucesivo, «Comité Mixto») puede adoptar una decisión sobre los procedimientos operativos comunes (POC) desarrollados por el administrador del Registro suizo y el administrador central de la Unión que estén relacionados con las cuestiones técnicas y de otra índole necesarias para el funcionamiento de la vinculación, teniendo en cuenta las prioridades de la legislación nacional. Los POC surtirán efecto una vez adoptados mediante decisión del Comité Mixto. |
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(3) |
El Comité Mixto, durante su tercera reunión, que se celebrará en 2020, adoptará los POC desarrollados. |
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(4) |
Procede determinar la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Comité Mixto, habida cuenta de que los POC serán vinculantes para la Unión. |
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(5) |
La aprobación de los POC constituye un elemento importante de la aplicación del Acuerdo, ya que determina los procedimientos operativos para que el enlace funcione y que ambas Partes deberán aplicar. |
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(6) |
Conviene que el Comité Mixto, de conformidad con el Acuerdo, cree un grupo de trabajo que le asista en sus funciones previstas en el Acuerdo en lo que se refiere a la elaboración de directrices técnicas para garantizar la correcta aplicación del Acuerdo, incluidas las cuestiones técnicas o de otra índole necesarias para el funcionamiento de la vinculación, teniendo en cuenta las prioridades de la legislación nacional. Conviene que el grupo de trabajo incluya como mínimo entre sus miembros al administrador del Registro suizo y al administrador central de la Unión. |
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(7) |
La posición de la Unión en el Comité Mixto debe basarse, por lo tanto, en el proyecto de Decisión del Comité Mixto adjunto. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la tercera reunión del Comité Mixto establecido por el Acuerdo entre la Unión y la Confederación Suiza relativo a la vinculación de sus regímenes de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en relación con la adopción de procedimientos operativos comunes, así como con la creación de un grupo de trabajo con arreglo al artículo 12, apartado 5 del Acuerdo, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto (3).
Los cambios menores del proyecto de Decisión del Comité Mixto podrán ser acordados por los representantes de la Unión en el seno del Comité Mixto sin necesidad de una decisión posterior del Consejo.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 12 de octubre de 2020.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) DO L 322 de 7.12.2017, p. 3.
(2) Decisión (UE) 2018/219 del Consejo, de 23 de enero de 2018, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo a la vinculación de sus regímenes de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (DO L 43 de 16.2.2018, p. 1).
(3) Véase el documento ST 10831/20 en http://register.consilium.europa.eu.