6.7.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 214/1


DECISIÓN (UE) 2020/963 DEL CONSEJO

de 26 de junio de 2020

relativa a la celebración de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), y su artículo 218, apartado 8, párrafo primero,

Visto el Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea, y en particular su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de diciembre de 2004, el Consejo autorizó a la Comisión a negociar un acuerdo euromediterráneo de aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra.

(2)

El 12 de diciembre de 2006 se firmó en Bruselas el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra (2) (el «Acuerdo»).

(3)

El Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea se firmó en Luxemburgo el 25 de abril de 2005 y entró en vigor el 1 de enero de 2007.

(4)

Es necesario un protocolo que modifique el Acuerdo con el fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea.

(5)

El 18 de junio de 2012 tuvo lugar la firma del Protocolo.

(6)

Como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Unión Europea ha sustituido y sucedido a la Comunidad Europea.

(7)

Procede aprobar el Protocolo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, el Protocolo por el que se modifica el Acuerdo euromediterráneo de aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía (3) («el Protocolo»).

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, a la notificación prevista en el artículo 4 del Protocolo (4) y hará la siguiente declaración:

"Como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Unión Europea ha sustituido y sucedido a la Comunidad Europea, y desde esa fecha ejerce todos los derechos y asume todas las obligaciones de la Comunidad Europea. Por consiguiente, las referencias a "la Comunidad Europea" o a "la Comunidad" en el texto del Acuerdo y del Protocolo se entenderán hechas a "la Unión Europea" o a "la Unión" ".

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 26 de junio de 2020.

Por el Consejo

La Presidenta

A. METELKO-ZGOMBIĆ


(1)  Aprobación de 17 de junio de 2020 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2)   DO L 386 de 29.12.2006, p. 57.

(3)  El texto del Protocolo se publicó en el DO L 200 de 27.7.2012, p. 25, junto con la Decisión relativa a su firma y aprobación provisional.

(4)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Protocolo.