3.5.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

LI 116/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/696 DE LA COMISIÓN

de 3 de mayo de 2019

por el que se modifica por 301.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la inmovilización de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2)

El 1 de mayo de 2019, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió añadir una entrada a la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la inmovilización de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002.

(3)

Con el fin de garantizar la efectividad de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2019.

Por la Comisión

En nombre del Presidente,

Directora del Servicio de Instrumentos de Política Exterior


(1)   DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.


ANEXO

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002, se añade la entrada siguiente en el epígrafe «Personas físicas»:

«Mohammed Masood Azhar Alvi [alias poco habitual a) Masud Azhar, b) Wali Adam Isah, c) Wali Adam Esah]. Fecha de nacimiento: a) 10.7.1968, b) 10.6.1968. Lugar de nacimiento: Bahawalpur, provincia de Punjab, Pakistán. Nacionalidad: pakistaní. Fecha de designación a que se refiere el artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 1.5.2019.»