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9.3.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 67/28 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/349 DE LA COMISIÓN
de 8 de marzo de 2018
por el que se modifica por 282. vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento. |
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(2) |
El 6 de marzo de 2018, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió añadir tres entradas a la lista de personas, grupos y entidades a las que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002. |
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(3) |
Con el fin de garantizar la efectividad de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor inmediatamente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de marzo de 2018.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Jefa del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
ANEXO
El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado como sigue:
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1) |
En el epígrafe «Personas físicas», se añaden las siguientes entradas:
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2) |
En el epígrafe «Personas jurídicas, grupos y entidades», se añade la siguiente entrada: «Al-Kawthar Money Exchange [alias a) Al Kawthar Co.; b) Al Kawthar Company; y c) Al-Kawthar Hawala]. Dirección: Al-Qaim, provincia de Al Anbar, Irak. Información adicional: servicio de cambio de divisas propiedad de Umar Mahmud Irhayyim al-Kubaysi desde mediados de 2016. Establecido en el año 2000 con el número de licencia 202, expedida el 17.5.2000 y revocada posteriormente. Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 6.3.2018.». |