2.7.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 165/35 |
DIRECTIVA (UE) 2018/933 DE LA COMISIÓN
de 29 de junio de 2018
por la que se corrige la versión alemana de la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el permiso de conducción
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción (1), y en particular su artículo 8,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En la versión en lengua alemana de la Directiva 2006/126/CE, y más concretamente en su anexo III, puntos 6.1 y 6.4, relativos a las normas mínimas de aptitud física y mental para la conducción de un vehículo de motor, aparecen errores, en particular por lo que respecta a la agudeza visual. Dichos errores fueron introducidos mediante la Directiva 2009/113/CE de la Comisión (2). |
(2) |
Por lo tanto, la versión en lengua alemana de la Directiva 2006/126/CE debe corregirse en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas. |
(3) |
Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité del Permiso de Conducción. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:
Artículo 1
(no afecta a la versión española)
Artículo 2
1. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva en el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de esta. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones.
Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.
2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.
Artículo 3
La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 2018.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 403 de 30.12.2006, p. 18.
(2) Directiva 2009/113/CE de la Comisión, de 25 de agosto de 2009, que modifica la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el permiso de conducción (DO L 223 de 26.8.2009, p. 31).