20.12.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 325/29 |
DECISIÓN (UE) 2018/2028 DEL CONSEJO
de 4 de diciembre de 2018
por la que se establece que Hungría no ha tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 10, apartado 2, párrafo cuarto,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 22 de junio de 2018, el Consejo determinó, de conformidad con el artículo 121, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE»), que se observaba en Hungría una desviación significativa del – 1,5 % del PIB respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. |
(2) |
Habida cuenta de la significativa desviación constatada, el Consejo emitió el 22 de junio de 2018 una Recomendación (2) dirigida a Hungría para que tomase las medidas necesarias a fin de garantizar que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto (3) no superase el 2,8 % en 2018, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 1,0 % del PIB. El Consejo recomendó también a Hungría que utilizase todos los beneficios imprevistos para reducir el déficit; al mismo tiempo, las medidas de saneamiento presupuestario habrán de garantizar una mejora duradera del saldo estructural de las administraciones públicas que sea propicia al crecimiento. El Consejo señaló el 15 de octubre de 2018 como fecha límite para que Hungría informase sobre las medidas tomadas en respuesta a dicha Recomendación. |
(3) |
Los días 18 y 19 de septiembre de 2018, la Comisión llevó a cabo una misión de supervisión reforzada en Hungría a efectos de comprobación in situ, con arreglo al artículo -11, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97. Después de haber enviado sus conclusiones provisionales a las autoridades húngaras para que presentasen sus observaciones, la Comisión informó de sus conclusiones al Consejo el 21 de noviembre de 2018. Estas conclusiones se hicieron públicas posteriormente. El informe de la Comisión llega a la conclusión de que las autoridades húngaras tenían intención de mantener el objetivo de déficit global para 2018 del 2,4 % del PIB, tal como se establece en el Programa de Convergencia de 2018 y, por lo tanto, no tienen intención de aplicar la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018. |
(4) |
El 15 de octubre de 2018, las autoridades húngaras presentaron un informe sobre las medidas tomadas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018 (4). En dicho informe las autoridades reiteraron que su objetivo para 2018 sigue siendo un déficit del 2,4 % del PIB. En comparación con las previsiones presupuestarias recogidas en el Programa de Convergencia de 2018, las autoridades esperan unos ingresos fiscales y unos ahorros mucho mayores debido a la disminución de los costes de cofinanciación de los proyectos financiados por la UE. No obstante, prevén un gasto adicional que compense plenamente el efecto de reducción del déficit de esos cambios. La nuevas medidas discrecionales comunicadas no han tenido un impacto fiscal neto significativo en los resultados presupuestarios en 2018, situándose por debajo del requisito formulado en la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018. |
(5) |
En 2018, sobre la base de las previsiones de otoño de 2018 de la Comisión, el crecimiento del gasto público, excluidas las medidas discrecionales relativas a los ingresos y las medidas puntuales, se fija en el 7,0 %, muy por encima del tipo de referencia recomendado de un crecimiento del 2,8 % (desviación del 1,6 % del PIB). El saldo estructural se deteriorará previsiblemente en un 0,4 % del PIB, frente a la mejora remendada del 1,0 % (desviación del 1,4 % del PIB). Por lo tanto, ambos pilares apuntan a una desviación respecto del ajuste recomendado por un amplio margen. La lectura del valor de referencia para el gasto se ve negativamente afectado por tres factores, a saber, una tasa de crecimiento potencial a medio plazo y un deflactor del PIB subyacente al valor de referencia para el gasto por debajo de las estimaciones actuales, así como un efecto indirecto en los ingresos de determinadas medidas. Tras aplicar la corrección correspondiente a estos factores, el valor de referencia del gasto parece reflejar adecuadamente el esfuerzo presupuestario y apunta a una cierta desviación. La evaluación del saldo estructural conduce a un resultado similar. El saldo estructural se ha visto afectado negativamente por una disminución de los ingresos, pero esta se ve parcialmente compensada por el efecto de una mayor estimación puntual del crecimiento potencial del PIB más elevada que la media a medio plazo subyacente al valor de referencia para el gasto. Por lo tanto, la apreciación global confirma una desviación respecto del ajuste recomendado por un amplio margen. |
(6) |
De todo lo expuesto se concluye que la respuesta de Hungría a la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018 ha sido insuficiente. El esfuerzo presupuestario no consiguió impedir que la tasa de crecimiento nominal del gasto público primario neto superase el 2,8 % en 2018, lo que corresponde a un ajuste estructural anual del 1,0 % del PIB. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Hungría no ha tomado medidas efectivas en respuesta a la Recomendación del Consejo de 22 de junio de 2018.
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión es Hungría.
Hecho en Bruselas, el 4 de diciembre de 2018.
Por el Consejo
El Presidente
H. LÖGER
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Recomendación del Consejo, de 22 de junio de 2018, con vistas a corregir la desviación significativa observada con respecto a la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en Hungría (DO C 223 de 27.6.2018, p. 1).
(3) El gasto público primario neto se compone del gasto público total menos el gasto en concepto de intereses, el gasto en programas de la Unión que se contrarreste totalmente con los ingresos de fondos de la Unión y los cambios no discrecionales en los gastos destinados a prestaciones de desempleo. La formación bruta de capital fijo financiada a nivel nacional se verá facilitada durante un período de cuatro años. Las medidas discrecionales relacionadas con los ingresos o los aumentos de los ingresos fijados legalmente se integran en el cálculo. Las medidas puntuales, tanto por el lado de los ingresos como por el de los gastos, se calculan en cifras netas.
(4) https://ec.europa.eu/info/files/hungary-report-council-recommendations-under-significant-deviation-procedure_en