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20.12.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 325/1 |
DECISIÓN (UE) 2018/2024 DEL CONSEJO
de 22 de mayo de 2018
relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional, del tercer Protocolo adicional del Acuerdo de asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91, su artículo 100, apartado 2, y sus artículos 207 y 211, en relación con el artículo 218, apartado 5,
Vista el Acta de Adhesión de la República de Croacia, y en particular su artículo 6, apartado 2,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Acuerdo de Asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra (1) (en lo sucesivo, «Acuerdo Global»), se firmó el 8 de diciembre de 1997 y entró en vigor el 1 de octubre de 2000. |
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(2) |
De conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Acta de adhesión de la República de Croacia, la adhesión de Croacia al Acuerdo Global debe aprobarse mediante un Protocolo a dicho Acuerdo Global celebrado entre el Consejo, por unanimidad y en nombre de los Estados miembros, y los Estados Unidos Mexicanos. |
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(3) |
El 14 de septiembre de 2012, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con los Estados Unidos Mexicanos para la celebración del tercer Protocolo adicional del Acuerdo Global para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (en lo sucesivo, «Protocolo»). Las negociaciones han concluido con éxito. |
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(4) |
El artículo 5, apartado 3, del Protocolo dispone su aplicación provisional antes de su entrada en vigor. |
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(5) |
Procede firmar el Protocolo y aplicarlo de forma provisional, hasta tanto no terminen los procedimientos necesarios para su entrada en vigor. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, del tercer Protocolo adicional del Acuerdo de Asociación económica, concertación política y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados Unidos Mexicanos, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, a reserva de la celebración de dicho Protocolo.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Protocolo en nombre de la Unión y de sus Estados miembros.
Artículo 3
El Protocolo se aplicará de forma provisional, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 5, apartado 3, hasta tanto no terminen los procedimientos necesarios para su entrada en vigor.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2018.
Por el Consejo
El Presidente
E. KARANIKOLOV