31.7.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 194/140 |
DECISIÓN (PESC) 2018/1082 DEL CONSEJO
de 30 de julio de 2018
por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/610 relativa a una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 19 de abril de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/610 (1) por la que se estableció una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA), con un mandato y un importe de referencia hasta 24 meses después de haber alcanzado su plena capacidad operativa, es decir, hasta el 19 de septiembre de 2018. |
(2) |
Tras la revisión estratégica de la misión, el Comité Político y de Seguridad recomendó que el mandato de la EUTM RCA fuera modificado y prorrogado hasta el 19 de septiembre de 2020. |
(3) |
La Decisión (PESC) 2016/610 debe modificarse en consecuencia. |
(4) |
De conformidad con el artículo 5 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa. Por consiguiente, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación, y no contribuye a la financiación de la citada misión. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2016/610 queda modificada como sigue:
a) |
En el artículo 1, apartado 2, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
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b) |
En el artículo 10, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUTM RCA para el periodo que concluye el 19 de septiembre de 2018 ascenderá a 18 180 000 EUR. El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2015/528 queda fijado en el 15 % y el porcentaje a que se refiere el artículo 34, apartado 3, de dicha Decisión será de 60 % para el compromiso y de 15 % para el pago. 3. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUTM RCA para el periodo comprendido entre el 20 de septiembre de 2018 y el 19 de septiembre de 2020 ascenderá a 25 439 596 EUR. El porcentaje del importe de referencia indicado en el artículo 25, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2015/528 queda fijado en el 0 % y el porcentaje a que se refiere el artículo 34, apartado 3, de dicha Decisión será de 30 % para el compromiso y de 0 % para el pago.». |
c) |
En el artículo 13, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2. La EUTM RCA terminará el 19 de septiembre de 2020.». |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 2018.
Por el Consejo
El Presidente
G. BLÜMEL