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25.5.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 129/82 |
DECISIÓN DELEGADA (UE) 2018/771 DE LA COMISIÓN
de 25 de enero de 2018
sobre el sistema aplicable para evaluar y verificar la constancia de las prestaciones de los dispositivos de anclaje para las obras de construcción y destinados a impedir que las personas se caigan desde una altura o a detener las caídas desde una altura con arreglo al Reglamento (UE) n.o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo (1), y en particular su artículo 28 y su artículo 60, letra h),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
No existe ninguna decisión adecuada para la evaluación y la verificación de la constancia de las prestaciones en relación con los dispositivos de anclaje utilizados para las obras de construcción y destinados a impedir que las personas se caigan desde una altura o a detener las caídas desde una altura («dispositivos de anclaje»). Por consiguiente, es necesario establecer qué sistema de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones es aplicable a los dispositivos de anclaje. |
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(2) |
Teniendo en cuenta que los dispositivos de anclaje están destinados a impedir que las personas se caigan desde una altura o a detener las caídas desde una altura, es conveniente elegir un sistema de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones que incluya una vigilancia, una valoración y una evaluación continuadas del control de la producción en la planta del fabricante y ensayos mediante sondeo de muestras tomadas por el organismo notificado de certificación del producto en la planta de producción o en las instalaciones de almacenamiento del fabricante. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La presente Decisión se aplicará a los dispositivos de anclaje utilizados para las obras de construcción y destinados a impedir que las personas se caigan desde una altura o a detener las caídas desde una altura.
Artículo 2
Se evaluará y verificará la constancia de las prestaciones de los dispositivos de anclaje a que se refiere el artículo 1 en relación con sus características esenciales con arreglo al sistema especificado en el anexo.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 25 de enero de 2018.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
ANEXO
SISTEMA DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA CONSTANCIA DE LAS PRESTACIONES
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Productos y uso previsto |
Características esenciales |
Sistema aplicable |
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Dispositivos de anclaje utilizados para las obras de construcción y destinados a impedir que las personas se caigan desde una altura o a detener las caídas desde una altura |
Para todas las características esenciales |
1+ |