20.12.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 340/35 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/2384 DE LA COMISIÓN
de 19 de diciembre de 2017
por el que se especifican las características técnicas del módulo ad hoc de 2019 sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral en relación con la encuesta de población activa con arreglo al Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y en particular su artículo 7 bis, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Estrategia Europea de Empleo, las orientaciones para las políticas de empleo (2) y el pilar europeo de derechos sociales (3), en particular sus principios sobre un empleo seguro y adaptable, el equilibrio entre el trabajo y la vida privada y un entorno de trabajo adaptado, expresan la necesidad de una mayor adaptabilidad tanto de las empresas como de los trabajadores en Europa y ponen de relieve la necesidad de recoger datos mediante una encuesta europea a gran escala sobre la aplicación de diversas formas de nuevas prácticas relativas a la organización del trabajo y la distribución del tiempo de trabajo, y sobre las experiencias de los trabajadores con dichas prácticas y distribución. |
(2) |
El Reglamento Delegado (UE) 2016/1851 de la Comisión (4) especifica y describe los ámbitos en los que debe facilitarse información más detallada, a saber, los submódulos ad hoc, y que deben incluirse en el módulo ad hoc de 2019 sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral en relación con la encuesta de población activa con arreglo al Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo. |
(3) |
Por lo tanto, es preciso especificar las características técnicas, los filtros, los códigos y el plazo para la transmisión por parte de los Estados miembros de datos del módulo ad hoc sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral. |
(4) |
Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el anexo del presente Reglamento se establecen las características técnicas del módulo ad hoc de 2019 sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral, los filtros, los códigos que deben utilizarse y el plazo para que los Estados envíen los resultados a la Comisión.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2017.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 77 de 14.3.1998, p. 3.
(2) Decisión (UE) 2015/1848 del Consejo, de 5 de octubre de 2015, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros para 2015 (DO L 268 de 15.10.2015, p. 28).
(3) https://ec.europa.eu/commission/priorities/deeper-and-fairer-economic-and-monetary-union/european-pillar-social-rights_es
(4) Reglamento Delegado (UE) 2016/1851 de la Comisión, de 14 de junio de 2016, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc para los años 2019, 2020 y 2021 de la encuesta muestral sobre la población activa establecida en el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo (DO L 284 de 20.10.2016, p. 1).
ANEXO
En el presente anexo se establecen las características técnicas, los filtros y los códigos que deben utilizarse en el módulo ad hoc sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral previsto para 2019. También se establecen las fechas de presentación de datos a la Comisión por parte de los Estados miembros.
Plazo de transmisión de los resultados a la Comisión: 31 de marzo de 2020.
Filtros y códigos que deben utilizarse para enviar los datos: como se establece en el anexo III del Reglamento (CE) n.o 377/2008 de la Comisión (1).
Columnas reservadas para factores facultativos de ponderación que se utilicen en casos de submuestras o de falta de respuesta: las columnas 226 a 229 contienen números enteros y las columnas 230 y 231 contienen decimales.
1) Submódulo «Flexibilidad de los horarios»
Nombre/Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
|
|
|
|
VARIWT |
|
Horarios laborales variables |
WSTATOR = 1, 2 |
211 |
|
¿Cómo se determina el comienzo y el final del horario de trabajo en la actividad principal? |
|
|
1 |
El trabajador puede decidir completamente el horario laboral |
|
|
2 |
El trabajador puede decidir el horario laboral con determinadas restricciones |
|
|
3 |
El empleador o la organización deciden fundamentalmente el horario laboral |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
FREEHOUR |
|
Posibilidad de coger horas libres |
VARIWT = 2, 3, en blanco |
212 |
|
Posibilidad de coger una o dos horas libres en la actividad principal por razones personales o familiares durante un día laborable |
|
|
1 |
Muy fácil |
|
|
2 |
Bastante fácil |
|
|
3 |
Bastante difícil |
|
|
4 |
Muy difícil |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
FREELEAV |
|
Posibilidad de coger días de permiso |
WSTATOR = 1, 2 |
213 |
|
Posibilidad de coger en la actividad principal uno o dos días de permiso con tres días laborables de antelación |
|
|
1 |
Muy fácil |
|
|
2 |
Bastante fácil |
|
|
3 |
Bastante difícil |
|
|
4 |
Muy difícil |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
FLEXWT |
|
Flexibilidad esperada en los horarios laborales |
WSTATOR = 1, 2 |
214 |
|
Frecuencia con la que el trabajador debe enfrentarse a solicitudes imprevistas de cambio del horario laboral en la actividad principal |
|
|
1 |
Al menos una vez por semana |
|
|
2 |
Menos de una vez por semana, pero al menos cada mes |
|
|
3 |
Menos que cada mes o nunca |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
AVAIFREE |
|
Disponibilidad para trabajar durante el tiempo libre |
WSTATOR = 1, 2 |
215 |
|
El trabajador ha sido contactado durante el tiempo libre en los últimos dos meses para trabajar antes del próximo día laborable en la actividad principal |
|
|
1 |
No ha sido contactado en los dos últimos meses |
|
|
2 |
Ha sido contactado pocas veces |
|
|
3 |
Ha sido contactado varias veces esperándose que trabajara antes del próximo día laborable |
|
|
4 |
Ha sido contactado varias veces sin esperar que trabajara antes del próximo día laborable |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
2) Submódulo «Métodos de trabajo»
Nombre/Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
|
|
|
|
RECHOURS |
|
Registro de presencia o de horas de trabajo |
STAPRO = 3 |
216-217 |
|
Método de registro de presencia o de horas de trabajo en la actividad principal |
|
|
01 |
No se registra la presencia ni las horas |
|
|
02 |
El propio trabador registra manualmente la presencia |
|
|
03 |
Un supervisor o colega registra manualmente la presencia |
|
|
04 |
La presencia se registra automáticamente (sistema de fichaje, en el momento de la conexión) |
|
|
05 |
La presencia se registra con otro método |
|
|
06 |
El propio trabador registra manualmente las horas |
|
|
07 |
Un supervisor o colega registra manualmente las horas |
|
|
08 |
Las horas se registran automáticamente (sistema de fichaje, en el momento de la conexión) |
|
|
09 |
Las horas se registran con otro método |
|
|
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
PRESSURE |
|
Trabajar con presiones de plazos |
WSTATOR = 1, 2 |
218 |
|
Frecuencia con la que la persona trabaja con presiones de plazos en la actividad principal |
|
|
1 |
Siempre |
|
|
2 |
A menudo |
|
|
3 |
A veces |
|
|
4 |
Nunca |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
JOBAUTON |
|
Autonomía en el trabajo |
WSTATOR = 1, 2 |
219-220 |
|
Posibilidad de influir en el orden y el contenido de las tareas en la actividad principal |
|
|
11 |
Gran influencia en el orden y el contenido |
|
|
12 |
Gran influencia en el orden y alguna en el contenido |
|
|
13 |
Gran influencia en el orden y poca o ninguna en el contenido |
|
|
21 |
Alguna influencia en el orden y gran influencia en el contenido |
|
|
22 |
Alguna influencia en el orden y el contenido |
|
|
23 |
Alguna influencia en el orden y poca o ninguna en el contenido |
|
|
31 |
Gran influencia en el contenido y poca o ninguna en el orden |
|
|
32 |
Alguna influencia en el contenido y poca o ninguna en el orden |
|
|
33 |
Poca o ninguna influencia en el orden y el contenido |
|
|
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
3) Submódulo «Lugar de trabajo»
Nombre/Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
|
|
|
|
PLACEWK |
|
Lugar principal de trabajo |
WSTATOR = 1, 2 |
221 |
|
Lugar en el que se realiza sobre todo el trabajo de la actividad principal |
|
|
1 |
Locales de los empleadores o locales propios |
|
|
2 |
Hogar |
|
|
3 |
Lugar del cliente |
|
|
4 |
Lugar no fijo (vehículo, servicio de entrega, etc.) |
|
|
5 |
Otros |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
COMMUTM |
|
Tiempo de desplazamiento |
PLACEWK ≠ 2 |
222-224 |
|
Tiempo para llegar al trabajo desde casa para realizar la actividad principal (ida) |
|
|
000-240 |
Minutos |
|
|
999 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
OTHERLOC |
|
Trabajo en otros lugares |
PLACEWK = 1-5 |
225 |
|
Trabaja en más de un lugar en el marco de la actividad principal |
|
|
1 |
A diario |
|
|
2 |
No a diario pero al menos cada semana |
|
|
3 |
Menos de una vez por semana, pero al menos cada mes |
|
|
4 |
Menos que cada mes o nunca |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
(1) Reglamento (CE) n.o 377/2008 de la Comisión, de 25 de abril de 2008, sobre la aplicación del Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, en relación con la codificación que deberá utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009, con la utilización de una submuestra para recoger los datos sobre las variables estructurales y con la definición de los trimestres de referencia (DO L 114 de 26.4.2008, p. 57).