27.7.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 195/1 |
DECISIÓN (UE) 2017/1388 DEL CONSEJO
de 17 de julio de 2017
relativa a la celebración del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Kosovo (*1) sobre los principios generales de la participación de Kosovo en los programas de la Unión
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 212, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), y apartado 7,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con la Decisión (UE) 2016/2053 del Consejo (2), el Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Kosovo sobre los principios generales de la participación de Kosovo en los programas de la Unión (en lo sucesivo, «Acuerdo») se firmó el 25 de noviembre de 2016, a reserva de su celebración en una fecha posterior. |
(2) |
El 14 de diciembre de 2010, el Consejo expresó su interés por una propuesta de la Comisión que permitiera la participación de Kosovo en los programas de la Unión. Esta participación se realizará a través de la celebración del Acuerdo. |
(3) |
El objetivo del Acuerdo es que la Unión lleve a cabo las medidas de cooperación económica, financiera y técnica con Kosovo en la acepción del artículo 212 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
(4) |
La celebración del Acuerdo se entiende sin perjuicio de la posición de los Estados miembros en relación con el estatuto de Kosovo, que se decidirá de acuerdo con sus prácticas nacionales y el Derecho internacional. Ninguno de los términos, expresiones o definiciones que se utilizan en la presente Decisión, el Acuerdo, incluidos sus anexos, o en los programas de la Unión, supone el reconocimiento de Kosovo como Estado independiente por parte de la Unión, ni constituye un reconocimiento de Kosovo por parte de Estados miembros en calidad de tales y singularmente, cuando no hayan dado ese paso previamente. |
(5) |
El Acuerdo debe ser aprobado. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Unión el Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Kosovo sobre los principios generales de la participación de Kosovo en los programas de la Unión.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 10 del Acuerdo (3).
Artículo 3
Se autoriza a la Comisión a determinar, en nombre de la Unión, las modalidades y condiciones específicas aplicables a la participación de Kosovo en cada programa concreto de la Unión y, en particular, la contribución financiera que se ha de abonar, de conformidad con el artículo 5 del Acuerdo. La Comisión mantendrá informado al grupo de trabajo competente del Consejo.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 17 de julio de 2017.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
(*1) Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.
(1) Aprobación de 4 de julio de 2017 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).
(2) Decisión (UE) 2016/2053 del Consejo, de 14 de noviembre de 2016, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y Kosovo* sobre los principios generales de la participación de Kosovo en los programas de la Unión (DO L 319 de 25.11.2016, p. 1).
(3) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.