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15.7.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 184/69 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1282 DE LA COMISIÓN
de 14 de julio de 2017
por la que no se aprueba el uso de 2-metil-1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 13
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 90, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2009, Polonia recibió una solicitud, de conformidad con el artículo 11, apartado 1, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), para la inclusión de la sustancia activa 2-metil-1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona (n.o CE: n. d.; n.o CAS: 2527-66-4) en el anexo I de dicha Directiva para su uso en biocidas del tipo de producto 13 (protectores de líquidos de metalistería), conforme a la definición del anexo V de la mencionada Directiva, que corresponde al tipo de producto 13 definido en el anexo V del Reglamento (UE) n.o 528/2012. |
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(2) |
El 24 de marzo de 2016, Polonia presentó el informe de evaluación, junto con sus recomendaciones, de conformidad con el artículo 90, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 528/2012. |
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(3) |
El 16 de diciembre de 2016, el Comité de Biocidas presentó el dictamen de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas teniendo en cuenta las conclusiones de la autoridad competente evaluadora. |
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(4) |
Con arreglo a dicho dictamen, no puede esperarse que los biocidas utilizados para el tipo de producto 13 que contienen 2-metil-1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona cumplan los requisitos establecidos en el artículo 19, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 528/2012. La evaluación de los riesgos medioambientales de los escenarios contemplados respecto a este tipo de producto puso de manifiesto riesgos inaceptables. |
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(5) |
No procede, por tanto, aprobar la 2-metil-1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona para su uso en biocidas del tipo de producto 13. |
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(6) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Biocidas. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La sustancia activa 2-metil-1,2-benzisotiazol-3(2H)-ona (n.o CE: n. d.; n.o CAS: 2527-66-4) no se aprueba para su uso en biocidas del tipo de producto 13.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de julio de 2017.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 167 de 27.6.2012, p. 1.
(2) Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas (DO L 123 de 24.4.1998, p. 1).