23.5.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 134/38 |
DECISIÓN (UE) 2017/877 DE LA COMISIÓN
de 16 de mayo de 2017
sobre la propuesta de iniciativa ciudadana titulada: «Let us reduce the wage and economic differences that tear the EU apart!»
[notificada con el número C(2017) 3382]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 211/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre la iniciativa ciudadana (1), y en particular su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El objeto de la propuesta de iniciativa ciudadana titulada: «Let us reduce the wage and economic differences that tear the EU apart!» (¡Reduzcamos las diferencias salariales y económicas que dividen a la UE!) remite a «los actos jurídicos que demuestran claramente la intención de la UE de eliminar las desigualdades salariales entre los Estados miembros y que, para alcanzar ese objetivo, prevén una cohesión más eficaz de dichos Estados». |
(2) |
Los objetivos declarados de la iniciativa ciudadana propuesta son los siguientes: «Debido a las considerables diferencias salariales, la circulación de los trabajadores es unidireccional. La emigración masiva agrava aún más el atraso de los Estados miembros menos favorecidos. Mientras tanto, los Estados miembros más ricos consideran perjudicial para sus intereses la llegada masiva de trabajadores, lo que divide a la UE. La UE debe demostrar claramente su intención de eliminar las desigualdades salariales que afectan a la libre circulación de los trabajadores, y para ello necesita una cohesión más eficiente a fin de garantizar su supervivencia». |
(3) |
Pueden adoptarse actos jurídicos de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados:
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(4) |
Pueden adoptarse actos jurídicos de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados con vistas a apoyar y completar la acción de los Estados miembros, por ejemplo, en materia de condiciones laborales; de seguridad social y protección social de los trabajadores; de protección de los trabajadores en caso de rescisión del contrato laboral; de información y consulta a los trabajadores; de representación y defensa colectiva de los intereses de los trabajadores y de los empresarios, incluida la cogestión; de integración de las personas excluidas del mercado laboral; de lucha contra la exclusión social, y de modernización de los sistemas de protección social. Sin embargo, esos actos no pueden aplicarse a las remuneraciones, al derecho de asociación y sindicación, al derecho de huelga ni al derecho de cierre patronal. |
(5) |
El Tratado de la Unión Europea (TUE) consolida la ciudadanía de la Unión y refuerza aún más el funcionamiento democrático de la misma al disponer, entre otras cosas, que todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión mediante una iniciativa ciudadana europea. |
(6) |
Para ello, los procedimientos y requisitos necesarios aplicables a la iniciativa ciudadana deben ser claros, sencillos, fáciles y proporcionados a la naturaleza de la misma, de modo que se fomente la participación de los ciudadanos y que la Unión sea más accesible. |
(7) |
Por estas razones, cabe considerar que la iniciativa ciudadana propuesta no está manifiestamente fuera del ámbito de competencias de la Comisión en virtud de las cuales puede presentar una propuesta relativa a un acto jurídico de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento. |
(8) |
Por consiguiente, procede registrar la propuesta de iniciativa ciudadana titulada: «Let us reduce the wage and economic differences that tear the EU apart!». No obstante, solo deberán recogerse declaraciones de apoyo para esta propuesta de iniciativa ciudadana en la medida en que tengan por objeto la adopción de propuestas de la Comisión de actos jurídicos de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados, dentro de los límites del ámbito de aplicación mencionado en los considerandos 3 y 4. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
1. Queda registrada la propuesta de iniciativa ciudadana titulada: «Let us reduce the wage and economic differences that tear the EU apart!».
2. No obstante, las declaraciones de apoyo para esta propuesta de iniciativa ciudadana en la medida en que tiene por objeto la adopción de propuestas de la Comisión de actos jurídicos de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados en materia de condiciones laborales; de seguridad social y protección social de los trabajadores; de protección de los trabajadores en caso de rescisión del contrato laboral; de información y consulta a los trabajadores; de representación y defensa colectiva de los intereses de los trabajadores y de los empresarios, incluida la cogestión; de integración de las personas excluidas del mercado laboral; de lucha contra la exclusión social y de modernización de los sistemas de protección social, solo podrán recogerse en la medida en que esos actos no se apliquen a las remuneraciones o a los derechos de asociación y sindicación, de huelga o de cierre patronal.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 22 de mayo de 2017.
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los organizadores (miembros del comité de ciudadanos) de la propuesta de iniciativa ciudadana denominada «Let us reduce the wage and economic differences that tear the EU apart!», representados por Márton GYÖNGYÖSI y Jaak MADISON, que actúan como personas de contacto.
Hecho en Estrasburgo, el 16 de mayo de 2017.
Por la Comisión
Frans TIMMERMANS
Vicepresidente Primero
(1) DO L 65 de 11.3.2011, p. 1.