6.1.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 3/32


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2017/9 DE LA COMISIÓN

de 4 de enero de 2017

por la que se autoriza a determinados laboratorios de Marruecos y Taiwán a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones

[notificada con el número C(2016) 8803]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión 2000/258/CE del Consejo, de 20 de marzo de 2000, por la que se designa un instituto específico, responsable de fijar los criterios necesarios para la normalización de las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas (1), y en particular su artículo 3, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante la Decisión 2000/258/CE se designó el laboratorio de la Agence française de sécurité sanitaire des aliments (AFSSA) de Nancy, en Francia, como instituto específico responsable de fijar los criterios necesarios para la normalización de las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas. En la actualidad, la AFSSA ha pasado a formar parte de la Agence nationale de sécurité sanitaire de l'alimentation, de l'environnement et du travail (ANSES) de Francia.

(2)

La Decisión 2000/258/CE establece, entre otras cosas, que la ANSES debe evaluar los laboratorios de terceros países que hayan presentado una solicitud de autorización para realizar las pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas.

(3)

La autoridad competente de Marruecos presentó una solicitud para la autorización del laboratorio Service du Contrôle et des Expertises de l'Office National de Sécurité Sanitaire des Produits Alimentaires de Rabat, y la ANSES elaboró y presentó a la Comisión un informe de evaluación favorable de este laboratorio con fecha de 19 de octubre de 2016.

(4)

La autoridad competente de Taiwán presentó una solicitud para la autorización de los laboratorios de la Epidemiology Research Division y de la Biologics Division del Animal Health Research Institute de Nuevo Taipéi, y la ANSES elaboró y presentó a la Comisión un informe de evaluación favorable de estos dos laboratorios con fecha de 19 de octubre de 2016.

(5)

Por consiguiente, debe autorizarse al laboratorio Service du Contrôle et des Expertises de l'Office National de Sécurité Sanitaire des Produits Alimentaires de Rabat y a los laboratorios de la Biologics Division y la Epidemiology Research Division del Animal Health Research Institute de Nuevo Taipéi a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones.

(6)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Con arreglo a lo establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Decisión 2000/258/CE, se autoriza a los siguientes laboratorios a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones:

a)

El laboratorio Service du Contrôle et des Expertises de l'Office National de Sécurité Sanitaire des Produits Alimentaires

Direction de la Pharmacie et des Intrants Vétérinaires

Rue Ikhlass,

Cité Yacoub El Mansour,

BP 4509 Akkari

10120 Rabat

MARRUECOS

b)

Animal Health Research Institute

Biologics Division

N.o 376, Zhongzheng Rd, Tamsui District

New Taipei City 251

TAIWÁN (República de China)

c)

Animal Health Research Institute

Epidemiology Research Division

N.o 376, Zhongzheng Rd, Tamsui District

New Taipei City 251

TAIWÁN (República de China)

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de febrero de 2017.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 4 de enero de 2017.

Por la Comisión

Vytenis ANDRIUKAITIS

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 79 de 30.3.2000, p. 40.