14.6.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 150/19


Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2016/1821 de la Comisión, de 6 de octubre de 2016, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

( Diario Oficial de la Unión Europea L 294 de 28 de octubre de 2016 )

En la página 207, en el anexo, en el texto que sustituye el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87, parte 2, sección V, capítulo 27, nota complementaria 2, letra f), tercer párrafo:

donde dice:

«Se entenderá por “color diluido (C)” el color que presente una disolución obtenida añadiendo, a una unidad de volumen del producto, 100 unidades de volumen de xileno, tolueno u otro disolvente apropiado y midiendo dicho color según la norma ISO 2049 (equivalente a la norma ASTM D 1500). El color deberá determinarse inmediatamente después de disolver el producto.»,

debe decir:

«Se entenderá por “color diluido (C)” el color, medido según la norma ISO 2049 (equivalente a la norma ASTM D 1500), que presente el producto tras la dilución de una unidad de volumen hasta alcanzar 100 unidades de volumen, con xileno, tolueno u otro disolvente apropiado. El color deberá determinarse inmediatamente después de diluir el producto.».