17.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 40/7 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/218 DE LA COMISIÓN
de 16 de febrero de 2016
por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 314/2004 del Consejo, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabue
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe (1), y, en particular, su artículo 11, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo III del Reglamento (CE) n.o 314/2004 figura la lista de personas y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento. |
(2) |
La Decisión 2011/101/PESC del Consejo (2) identifica a las personas físicas y jurídicas a las que se aplican las restricciones establecidas en el artículo 5 de dicha Decisión, y el Reglamento (CE) n.o 314/2004 aplica dicha Decisión en la medida en que requiera la adopción de medidas a escala de la Unión. |
(3) |
El 15 de febrero de 2016, el Consejo decidió mantener a siete personas y una entidad en el anexo de la Decisión 2011/101/PESC en el que se enumeran las personas y entidades a las que se aplican dichas medidas restrictivas. |
(4) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo III del Reglamento (CE) n.o 314/2004. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del presente Reglamento sustituye al anexo III del Reglamento (CE) n.o 314/2004.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 16 de febrero de 2016.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
(1) DO L 55 de 24.2.2004, p. 1.
(2) Decisión 2011/101/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Zimbabue (DO L 42 de 16.2.2011, p. 6).
ANEXO
«ANEXO III
Lista de personas y entidades a las que se refiere el artículo 6
I. Personas:
Nombre (y, si procede, alias) |
Datos identificativos |
Motivos para la designación |
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Presidiente, fecha de nacimiento: 21.2.1924, Pasaporte: AD001095. |
Jefe del Estado y responsable de actividades que socavan gravemente la democracia, el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho. |
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Fecha de nacimiento: 23.7.1965. Pasaporte: AD001159. DI: 63-646650Q70. |
Asociada a la facción ZANU-PF del Gobierno. Se apropió de Iron Mask Estate en 2002; presuntamente obtiene grandes beneficios ilícitos de la minería de diamantes. |
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Director general de la Organización Central de Información. Fecha de nacimiento: 6.11.1960. Pasaporte: AD002214; DI: 63-374707A13. |
Alto mando de la seguridad, estrechamente vinculado a la facción ZANU-PF (Zimbabwe African National Union-Patriotic Front) del Gobierno y cómplice en la concepción o dirección de la política estatal de represión. Acusado de secuestrar, torturar y asesinar a activistas del MDC en junio de 2008. |
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Director de la Policía. Fecha de nacimiento: 10.3.1953. Pasaporte: AD000206. DI: 68-034196M68 |
Alto mando de la Policía y miembro del Mando Operativo Conjunto, estrechamente relacionado con las políticas represivas del ZANU-PF. Reconoció públicamente apoyar al ZANU-PF, en contravención de la Ley de Policía. En junio de 2009 ordenó a la Policía abandonar todos los casos relacionados con asesinatos cometidos en el período previo a las elecciones presidenciales de junio de 2008. |
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General jefe de las Fuerzas de Defensa de Zimbabue (ex teniente general, jefe del Ejército de Tierra). Fecha de nacimiento: 25.8.1956. Pasaporte: AD000263. DI: 63-327568M80. |
Miembro del mando Operativo Conjunto y cómplice en la concepción o dirección de la política estatal de represión. Utilizó el ejército para apoderarse de granjas. Durante las elecciones de 2008 fue uno de los principales artífices de la violencia registrada durante el proceso de la segunda vuelta presidencial. |
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Teniente general (Ejército del Aire). Fecha de nacimiento: 1.11.1955. DI: 29-098876M18 |
Militar de alta graduación y miembro del Mando Operativo Conjunto del ZANU-PF; cómplice en el diseño o la dirección de la política estatal de represión durante las elecciones de Mashonaland Occidental en Chiadzwa en 2008. |
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Jefe del Ejército Nacional, teniente general. Fecha de nacimiento: 25.8.1956 o 24.12.1954. DI: 63-357671H26 |
Militar de alta graduación, vinculado al Gobierno y cómplice en el diseño o la dirección de la política estatal de represión. |
II. Entidades
Nombre |
Información de identificación |
Motivos para la designación |
Zimbabwe Defence Industries |
10th floor, Trustee House, 55 Samora Machel Avenue, PO Box 6597, Harare, Zimbabue. |
Asociada al Ministerio de Derfensa y a la facción ZANU-PF del Gobierno.» |