3.12.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 453/7


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 15 de noviembre de 2016

por la que se establece la posición que se ha de adoptar en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica en el Consejo de Estabilización y Asociación creado por el Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y Kosovo, por otra, relativa a una Decisión del Consejo de Estabilización y Asociación por la que adopta su Reglamento interno

(2016/C 453/10)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 101, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 126 del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y Kosovo (*1), por otra («Acuerdo») crea un Consejo de Estabilización y Asociación.

(2)

El artículo 127, apartado 2, del Acuerdo establece que el Consejo de Estabilización y Asociación ha de adoptar su propio reglamento interno.

(3)

El artículo 129, apartado 1, del Acuerdo establece que el Consejo de Estabilización y Asociación ha de estar asistido por un Comité de Estabilización y Asociación («Comité»).

(4)

El artículo 129, apartado 2, del Acuerdo establece que el Consejo de Estabilización y Asociación ha de determinar, en su reglamento interno, los cometidos del Comité, y que puede delegar en dicho Comité cualquiera de sus poderes.

(5)

El artículo 131 del Acuerdo establece que el Consejo de Estabilización y Asociación puede crear comités u organismos especiales que puedan asistirle en la realización de sus tareas. Asimismo, se prevé que el Consejo de Estabilización y Asociación, en su reglamento interno, determinará la composición, la misión y el funcionamiento de tales comités u organismos.

DECIDE:

Artículo único

La posición que debe adoptarse en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en el Consejo de Estabilización y Asociación, creado en virtud del artículo 126 del Acuerdo, en relación con una decisión de dicho Consejo de Estabilización y Asociación por la que se adopta su reglamento interno, se basará en el proyecto de Decisión del Consejo de Estabilización y Asociación anejo a la Decisión (UE) 2016/1232 del Consejo, de 18 de julio de 2016, por la que se establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el seno del Consejo de Estabilización y Asociación instituido por el Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y Kosovo, por otra, relativa a una Decisión del Consejo de Estabilización y Asociación por la que se adopta su Reglamento interno (1).

Podrán aceptarse modificaciones menores de dicha Decisión sin decisión ulterior de la Comisión.

Hecho en Bruselas, el 15 de noviembre de 2016.

Por la Comisión

Johannes HAHN

Miembro de la Comisión


(*1)  Dicha denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con el Dictamen de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

(1)  DO L 202 de 28.7.2016, p. 27.