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1.10.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 256/7 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1747 DE LA COMISIÓN
de 30 de septiembre de 2015
por el que se corrige el anexo del Reglamento (UE) no 26/2011, relativo a la autorización de la vitamina E como aditivo en piensos para todas las especies animales
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (CE) no 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su utilización en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10 de dicho Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2). |
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(2) |
La vitamina E fue reexaminada y autorizada por el Reglamento (UE) no 26/2011 de la Comisión (3) hasta el 4 de febrero de 2021 como aditivo en piensos para todas las especies animales. |
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(3) |
A pesar de que el artículo 1 del Reglamento (UE) no 26/2011 se refiere a preparados de vitamina E autorizados como aditivos en piensos en las condiciones establecidas en su anexo, dicho anexo no contiene referencia alguna a preparados. Esta incoherencia induce a las autoridades de control de algunos Estados miembros a considerar que los preparados que contienen vitamina E no están autorizados. |
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(4) |
Para hacer posible la correcta interpretación del Reglamento (UE) no 26/2011 es necesario incluir en su anexo una referencia que aclare el uso y la comercialización de los preparados que contienen vitamina E, ya que esta era la intención cuando se adoptó el Reglamento. |
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(5) |
Además, la experiencia adquirida en controles oficiales del etiquetado de la vitamina E ha mostrado que es necesario aclarar el nombre específico dado al aditivo. |
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(6) |
Procede, por tanto, corregir el Reglamento (UE) no 26/2011 en consecuencia. |
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(7) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del Reglamento (UE) no 26/2011 queda modificado como sigue:
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1) |
En la columna «Aditivo»:
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2) |
En la columna «Otras disposiciones» se añade el punto siguiente:
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Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2015.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) Directiva 70/524/CEE del Consejo, de 23 de noviembre de 1970, sobre los aditivos en la alimentación animal (DO L 270 de 14.12.1970, p. 1).
(3) Reglamento (UE) no 26/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, relativo a la autorización de la vitamina E como aditivo en piensos para todas las especies animales (DO L 11 de 15.1.2011, p. 18).