28.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 84/22


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/524 DE LA COMISIÓN

de 27 de marzo de 2015

que corrige la versión búlgara del Reglamento de Ejecución (UE) no 79/2012, por el que se establecen las normas de aplicación de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) no 904/2010 del Consejo relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 904/2010 del Consejo, de 7 de octubre de 2010, relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (1), y, en particular, sus artículos 14, 32, 48 y 49 y su artículo 51, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

La versión búlgara del Reglamento de Ejecución (UE) no 79/2012 de la Comisión (2) contiene un error. La expresión «en el territorio de la Unión Europea» debe ser suprimida de los artículos 2 y 3. Por tanto, es necesaria una corrección de la versión en lengua búlgara. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

(2)

Las medidas contempladas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Cooperación Administrativa.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Solo afecta a la versión búlgara.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 2015.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  DO L 268 de 12.10.2010, p. 1.

(2)  DO L 29 de 1.2.2012, p. 13.