11.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 326/65


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2311 DE LA COMISIÓN

de 9 de diciembre de 2015

por la que se modifican las Decisiones de Ejecución (UE) 2015/1500 y (UE) 2015/2055, relativas a medidas de protección contra la dermatosis nodular contagiosa en Grecia

[notificada con el número C(2015) 8585]

(El texto en lengua griega es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y en particular su artículo 10, apartado 4,

Vista la Directiva 92/119/CEE del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, por la que se establecen medidas comunitarias generales para la lucha contra determinadas enfermedades de animales y medidas específicas respecto a la enfermedad vesicular porcina (3), y en particular su artículo 19, apartado 1, letra a), apartado 3, letra a), y apartado 6,

Vista la Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano (4), y en particular su artículo 4, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

En la Directiva 92/119/CEE se establecen medidas generales para luchar contra determinadas enfermedades animales. Entre ellas se encuentran las medidas que deben tomarse en caso de sospecha y confirmación de dermatosis nodular contagiosa (DNC) en una explotación, las medidas que deben tomarse en las zonas de restricción y cualquier otra medida adicional para combatir la enfermedad. Está incluida asimismo la vacunación de emergencia en caso de brote de DNC, como complemento de otras medidas de lucha.

(2)

La Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500 de la Comisión (5) establece medidas de protección exhaustivas y restricciones a los desplazamientos y al envío de bovinos y de su esperma, así como a la comercialización de determinados productos de origen animal procedentes de determinadas zonas de Grecia afectadas por la dermatosis nodular contagiosa.

(3)

En la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2055 de la Comisión (6) se fijan las condiciones para establecer el programa de vacunación de emergencia de bovinos contra la dermatosis nodular contagiosa en Grecia. Por otro lado, la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2055 modificó algunas disposiciones de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500 y amplió la zona restringida para incluir no solo la unidad regional de Evros, sino también las unidades regionales de Rodopi, Xanthi, Kavala y Limnos.

(4)

El 19 de octubre de 2015, las autoridades griegas notificaron a la Comisión nuevos brotes en la unidad regional de Chalkidiki; el 21 de octubre le comunicaron su intención de aplicar la vacunación contra la dermatosis nodular contagiosa en las unidades regionales de Chalkidiki, Thessaloniki y Kilkis; y el 11 de noviembre le informaron de su intención de aplicar la vacunación en las unidades regionales de Drama y Serres. Es preciso, pues, ampliar la zona restringida que figura en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500, así como la zona en la que puede llevarse a cabo la vacunación conforme al anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2055.

(5)

Procede, por tanto, modificar las Decisiones de Ejecución (UE) 2015/1500 y (UE) 2015/2055 en consecuencia.

(6)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500 se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO

ZONAS RESTRINGIDAS A TENOR DEL ARTÍCULO 2, LETRA b)

Las siguientes unidades regionales de Grecia:

unidad regional de Evros,

unidad regional de Rodopi,

unidad regional de Xanthi,

unidad regional de Kavala,

unidad regional de Chalkidiki,

unidad regional de Thessaloniki,

unidad regional de Kilkis,

unidad regional de Limnos,

unidad regional de Drama,

unidad regional de Serres.».

Artículo 2

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2055 se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO I

Las siguientes unidades regionales de Grecia:

unidad regional de Evros,

unidad regional de Rodopi,

unidad regional de Xanthi,

unidad regional de Kavala,

unidad regional de Chalkidiki,

unidad regional de Thessaloniki,

unidad regional de Kilkis,

unidad regional de Limnos,

unidad regional de Drama,

unidad regional de Serres.».

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión será la República Helénica.

Hecho en Bruselas, el 9 de diciembre de 2015.

Por la Comisión

Vytenis ANDRIUKAITIS

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.

(2)  DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(3)  DO L 62 de 15.3.1993, p. 69.

(4)  DO L 18 de 23.1.2003, p. 11.

(5)  Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2015, relativa a determinadas medidas de protección contra la dermatosis nodular contagiosa en Grecia y por la que se deroga la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1423 (DO L 234 de 8.9.2015, p. 19).

(6)  Decisión de Ejecución (UE) 2015/2055 de la Comisión, de 10 de noviembre de 2015, por la que se fijan las condiciones para establecer el programa de vacunación de emergencia de bovinos contra la dermatosis nodular contagiosa en Grecia y por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500 (DO L 300 de 17.11.2015, p. 31).