30.10.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 284/184


DECISIÓN DELEGADA (UE) 2015/1959 DE LA COMISIÓN

de 1 de julio de 2015

sobre los sistemas aplicables para evaluar y verificar la constancia de las prestaciones de los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales con arreglo al Reglamento (UE) no 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo (1), y, en particular, su artículo 60, letra h),

Considerando lo siguiente:

(1)

En la Decisión 97/464/CE de la Comisión (2) se estableció el procedimiento de certificación de la conformidad de los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales con las especificaciones técnicas aplicables.

(2)

La Decisión 97/464/CE no establece criterios detallados para la elección de los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones en relación con la reacción al fuego de los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales, en particular de las tapas de alcantarilla y de sumidero.

(3)

Los sistemas establecidos en el anexo V del Reglamento (UE) no 305/2011 deben elegirse de manera más adecuada a fin de evaluar las prestaciones de los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales. De esta manera se permitiría que los fabricantes accediesen al mercado interior de manera más eficiente, con lo que se contribuiría a una mayor competitividad de la industria de la construcción en su conjunto.

(4)

La Decisión 97/464/CE debe derogarse y sustituirse en aras de la claridad y la transparencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La presente Decisión se aplica a los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales establecidos en el anexo I.

Artículo 2

Los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales a que se refiere el artículo 1 se evaluarán y verificarán en lo que respecta a la constancia de las prestaciones en relación con sus características esenciales de conformidad con los sistemas especificados en el anexo II.

Artículo 3

Queda derogada la Decisión 97/464/CE.

Las referencias a la Decisión derogada se entenderán hechas a la presente Decisión.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2015.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  DO L 88 de 4.4.2011, p. 5.

(2)  Decisión 97/464/CE de la Comisión, de 27 de junio de 1997, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, en lo que concierne a los productos para instalaciones de evacuación de aguas residuales (DO L 198 de 25.7.1997, p. 33).


ANEXO I

PRODUCTOS CONTEMPLADOS

La presente Decisión se aplicará a:

1)

Dispositivos de reflujo: válvulas de admisión de aire para la ventilación de tuberías.

2)

Kits para estaciones de bombeo de aguas residuales e instalaciones de aspiración de aguas negras.

3)

Kits y elementos para plantas de tratamiento de aguas residuales y equipos de tratamiento in situ.

4)

Fosas sépticas.

5)

Canalizaciones de desagüe prefabricadas.

6)

Registros y bocas de inspección.

7)

Escalones metálicos, escaleras y barandillas para registros y pozos de inspección.

8)

Colectores.

9)

Tapas de alcantarilla y de sumidero.


ANEXO II

SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA CONSTANCIA DE LAS PRESTACIONES

Para los productos contemplados en la presente Decisión, teniendo en cuenta sus características esenciales, los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones se aplican como se indica a continuación:

Cuadro 1

Para todas las características esenciales excepto la reacción al fuego

Productos

Características esenciales

Sistemas aplicables de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones tal como se establecen en el anexo V del Reglamento (UE) no 305/2011

Dispositivos de reflujo: válvulas de admisión de aire para la ventilación de tuberías

Para todas las características esenciales excepto la reacción al fuego

4

Kits para estaciones de bombeo de aguas residuales e instalaciones de aspiración de aguas negras

3

Kits y elementos para plantas de tratamiento de aguas residuales y equipos de tratamiento in situ

3

Fosas sépticas

3

Canalizaciones de desagüe prefabricadas

3

Registros y bocas de inspección

4

Escalones metálicos, escaleras y barandillas para registros y pozos de inspección

4

Colectores

4

Tapas de alcantarilla y de sumidero

1


Cuadro 2

Únicamente para la reacción al fuego

Para todos los productos indicados en la primera columna del cuadro 1, los sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones se determinan, en función de las subfamilias, como se indica a continuación:


Subfamilias de productos

Sistemas aplicables de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones tal como se establecen en el anexo V del Reglamento (UE) no 305/2011

Productos para los que una etapa claramente identificable en su proceso de producción supone una mejora de sus propiedades de reacción al fuego (por ejemplo, la incorporación de retardadores de ignición o la limitación del material orgánico)

1

Productos para los que existe una base jurídica europea para clasificar sus propiedades de reacción al fuego sin necesidad de ensayo

4

Productos que no pertenecen a las subfamilias indicadas en las filas 1 y 2

3