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31.7.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 203/25 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1319 DE LA COMISIÓN
de 29 de julio de 2015
relativa a determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena de subtipo H7N7 en Alemania
[notificada con el número C(2015) 5501]
(El texto en lengua alemana es el único auténtico)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 4,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La gripe aviar es una enfermedad vírica contagiosa de las aves, incluidas las de corral. En las aves de corral domésticas, la infección por los virus de la gripe aviar causa dos formas principales de esta enfermedad, que se distinguen por su virulencia. La forma de baja patogenicidad suele causar solamente síntomas leves, mientras que la forma altamente patógena provoca una mortalidad muy elevada en la mayor parte de las especies de aves de corral. Esta enfermedad puede tener repercusiones graves en la rentabilidad de la cría de aves de corral. |
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(2) |
La gripe aviar afecta principalmente en las aves, pero en algunas circunstancias también pueden presentarla las personas, si bien el riesgo es generalmente muy bajo. |
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(3) |
En caso de brote de gripe aviar, existe el riesgo de que el agente de la enfermedad se propague a otras explotaciones en las que se críen aves de corral u otras aves cautivas. En consecuencia, puede propagarse de un Estado miembro a otros, así como a terceros países, a través del comercio de aves vivas o de sus productos. |
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(4) |
La Directiva 2005/94/CE del Consejo (3) establece determinadas medidas preventivas relativas a la vigilancia y la detección temprana de la gripe aviar, así como las medidas mínimas de lucha que deben aplicarse en caso de brote de dicha enfermedad en aves de corral u otras aves cautivas. Dicha Directiva dispone el establecimiento de zonas de protección y zonas de vigilancia en caso de brote de gripe aviar altamente patógena. |
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(5) |
Alemania ha notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad del subtipo H7N7 en una explotación de su territorio donde hay aves de corral u otras aves cautivas y ha adoptado inmediatamente las medidas exigidas de conformidad con la Directiva 2005/94/CE, incluido el establecimiento de zonas de protección y de vigilancia. |
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(6) |
La Comisión ha examinado dichas medidas en colaboración con Alemania y considera que los límites de las zonas de protección y de vigilancia establecidas por la autoridad competente de ese Estado miembro se encuentran a una distancia suficiente de la explotación en la que se ha confirmado el brote. |
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(7) |
Con objeto de prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio dentro de la Unión y evitar la imposición de obstáculos injustificados al comercio por parte de terceros países, es necesario delimitar rápidamente a nivel de la Unión las zonas de protección y de vigilancia establecidas en Alemania, en colaboración con dicho Estado miembro. |
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(8) |
Por consiguiente, en el anexo de la presente Decisión deben delimitarse las zonas de protección y de vigilancia de Alemania en las que se aplican las medidas de control zoosanitario establecidas en la Directiva 2005/94/CE, y debe fijarse la duración de esta regionalización. |
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(9) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Alemania garantizará que las zonas de protección y vigilancia establecidas de conformidad con el artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2005/94/CE abarquen, como mínimo, las zonas de protección y de vigilancia indicadas en las partes A y B del anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2015.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión será la República Federal de Alemania.
Hecho en Bruselas, el 29 de julio de 2015.
Por la Comisión
Vytenis ANDRIUKAITIS
Miembro de la Comisión
(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.
(2) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.
(3) Directiva 2005/94/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la influenza aviar y por la que se deroga la Directiva 92/40/CEE (DO L 10 de 14.1.2006, p. 16).
ANEXO
Parte A
Zona de protección mencionada en el artículo 1:
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ISO Código de país |
Estado miembro |
Código (si está disponible) |
Nombre |
Fecha límite hasta la que serán aplicables las medidas de conformidad con el artículo 29 de la Directiva 2005/94/CE |
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DE |
Alemania |
Código postal/ADNS |
Zona que comprende: |
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EMSLAND 03454 |
En Baja Sajonia, en el Landkreis Emsland, las partes siguientes: Herzlake; partir de Wettruper Damm, Birkenweg, Pappelweg, Moorstraße, Am Esch, K 241, Hauptstraße, L 55, Schullenpool, Burgstraße, K 208, Unterm Bookhof, Kampweg, Andruper Weg, An der Drake, Beel, Südradde (Hase) hasta Essenbeel, a continuación seguir una línea en forma de L hasta la carretera B213, Zum Klingenberg, K 256, Alter Kirchweg, Im Dorfe (K 256), Oling, hasta el río Große Hase, seguir frontera de distrito bordeando el río Große Hase hasta el Hahnenmoorkanal, del Hahenmoorkanal hasta la L 128, Siedlerstraße, Friesenstraße hasta la frontera de distrito y seguir la frontera del distrito hasta Wettruper Damm. |
19.8.2015 |
Parte B
Zona de vigilancia mencionada en el artículo 1:
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ISO Código de país |
Estado miembro |
Código (si está disponible) |
Nombre |
Fecha hasta la que serán aplicables las medidas de conformidad con el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE |
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DE |
Alemania |
Código postal/ADNS |
Zona que comprende: |
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EMSLAND 03454 |
En Baja Sajonia:
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28.8.2015 |
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EMSLAND 03454 |
En Baja Sajonia, en el Landkreis Emsland, las partes siguientes: Herzlake; partir de Wettruper Damm, Birkenweg, Pappelweg, Moorstraße, Am Esch, K 241, Hauptstraße, L 55, Schullenpool, Burgstraße, K 208, Unterm Bookhof, Kampweg, Andruper Weg, An der Drake, Beel, Südradde (Hase) hasta Essenbeel, seguir un línea en forma de L hasta la carretera B213, Zum Klingenberg, K 256, Alter Kirchweg, Im Dorfe (K 256), Oling hasta el río Große Hase, seguir la frontera de distrito bordeando el río Große Hase hasta Hahnenmoorkanal, Hahenmoorkanal hasta la L 128, Siedlerstraße, Friesenstraße hasta la frontera de distrito, seguir la frontera de distrito hasta Wettruper Damm. |
20.8-28.8.2015 |