17.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 72/6


DECISIÓN (UE) 2015/436 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 17 de diciembre de 2014

sobre la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 3,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (2), y, en particular, su apartado 11,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Unión Europea ha creado un Fondo de Solidaridad de la Unión Europea («el Fondo») para solidarizarse con la población de las regiones afectadas por catástrofes.

(2)

El artículo 10 del Reglamento (UE, Euratom) no 1311/2013 del Consejo (3), permite la movilización del Fondo hasta un límite máximo anual de 500 millones EUR (a precios de 2011).

(3)

El Reglamento (CE) no 2012/2002 contiene las disposiciones que rigen la movilización del Fondo.

(4)

Italia ha presentado una solicitud de movilización del Fondo por motivo de inundaciones.

(5)

Grecia ha presentado una solicitud de movilización del Fondo por motivo de un terremoto.

(6)

Eslovenia ha presentado una solicitud de movilización del Fondo por motivo de tormentas de hielo.

(7)

Croacia ha presentado una solicitud de movilización del Fondo por motivo de tormentas de hielo seguidas de inundaciones.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio presupuestario 2014, se movilizará una suma de 46 998 528 EUR en créditos de compromiso con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio presupuestario 2015, se movilizará una suma de 46 998 528 EUR en créditos de pago con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Estrasburgo el 17 de diciembre de 2014.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

M. SCHULZ

Por el Consejo

El Presidente

B. DELLA VEDOVA


(1)  DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.

(2)  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

(3)  Reglamento (UE, Euratom) no 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).