30.9.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 255/142


DECISIÓN (UE) 2015/1631 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 29 de abril de 2015

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vistos los estados financieros y las cuentas de gestión correspondientes a los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013 [COM(2014)487 — C8-0146/2014],

Visto el Informe Anual de la Comisión, de 14 de abril de 2014, sobre la gestión financiera de los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013,

Vista la información financiera relativa a los Fondos Europeos de Desarrollo [COM(2014)350],

Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2013 sobre las actividades financiadas por los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo, acompañado de las respuestas de la Comisión (1),

Vista la declaración (2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2013 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistas las Recomendaciones del Consejo, de 17 de febrero de 2015, sobre la aprobación de la gestión de la Comisión relativa a la ejecución de las operaciones de los Fondos Europeos de Desarrollo en el ejercicio 2013 (05135/2015 — C8-0050/2015, 05136/2015 — C8-0051/2015, 05138/2015 — C8-0052/2015),

Vistos el informe de la Comisión sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión para el ejercicio 2012 [COM(2014)607] y los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión que acompañan a dicho informe [SWD(2014)285 y SWD(2014)286],

Visto el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP), por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (3) y modificado en Uagadugu (Burkina Faso) el 22 de junio de 2010 (4),

Vista la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de ultramar a la Comunidad Europea («Decisión de Asociación ultramar») (5),

Visto el artículo 33 del Acuerdo interno, de 20 de diciembre de 1995, entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del segundo Protocolo financiero del cuarto Convenio ACP-CE (6),

Visto el artículo 32 del Acuerdo interno, de 18 de septiembre de 2000, entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación y la administración de la ayuda comunitaria con arreglo al protocolo financiero del Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, el Caribe y el Pacífico y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, firmado en Cotonú (Benín) el 23 de junio de 2000, y a la asignación de ayuda financiera a los países y territorios de ultramar a los que se aplica la cuarta parte del Tratado CE (7),

Visto el artículo 11 del Acuerdo interno, de 17 de julio de 2006, entre los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación de la ayuda comunitaria concedida con cargo al marco financiero plurianual para el período 2008-2013 de conformidad con el Acuerdo de Asociación ACP-CE y a la asignación de ayuda financiera a los países y territorios de ultramar a los que se aplica la parte cuarta del Tratado CE (8),

Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el artículo 74 del Reglamento financiero, de 16 de junio de 1998, aplicable a la cooperación para la financiación del desarrollo con arreglo al cuarto Convenio ACP-CE (9),

Visto el artículo 119 del Reglamento financiero, de 27 de marzo de 2003, aplicable al noveno Fondo Europeo de Desarrollo (10),

Visto el artículo 142 del Reglamento (CE) no 215/2008 del Consejo, de 18 de febrero de 2008, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al décimo Fondo Europeo de Desarrollo (11),

Vistos el artículo 93, el artículo 94, tercer guion, y el anexo V de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A8-0102/2015),

1.   

Aprueba la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno y décimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2013;

2.   

Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.   

Encarga su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al Tribunal de Cuentas y al Banco Europeo de Inversiones, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

El Presidente

Martin SCHULZ

El Secretario General

Klaus WELLE


(1)  DO C 398 de 12.11.2014, p. 1.

(2)  DO C 401 de 13.11.2014, p. 264.

(3)  DO L 317 de 15.12.2000, p. 3.

(4)  DO L 287 de 4.11.2010, p. 3.

(5)  DO L 314 de 30.11.2001, p. 1, y DO L 324 de 7.12.2001, p. 1.

(6)  DO L 156 de 29.5.1998, p. 108.

(7)  DO L 317 de 15.12.2000, p. 355.

(8)  DO L 247 de 9.9.2006, p. 32.

(9)  DO L 191 de 7.7.1998, p. 53.

(10)  DO L 83 de 1.4.2003, p. 1.

(11)  DO L 78 de 19.3.2008, p. 1.