30.11.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 320/16


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1222/2013 DE LA COMISIÓN

de 29 de noviembre de 2013

relativo a la autorización del ácido propiónico, el propionato de sodio y el propionato de amonio como aditivos en los piensos para rumiantes, cerdos y aves de corral

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 1831/2003 regula la autorización del uso de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para su concesión.

(2)

Se ha presentado una solicitud de autorización del ácido propiónico, el propionato de sodio y el propionato de amonio de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Dicha solicitud va acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(3)

La solicitud se refiere a la autorización del ácido propiónico, el propionato de sodio y el propionato de amonio como aditivos en los piensos para todas las especies animales, que deben clasificarse en la categoría de «aditivos tecnológicos», grupo funcional «aditivos para ensilaje». La solicitud también incluye otros usos de las mismas sustancias en relación con los cuales aún no se ha tomado ninguna decisión.

(4)

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»), en su dictamen de 16 de noviembre de 2011 (2), concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el ácido propiónico, el propionato de sodio y el propionato de amonio no tienen efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. Asimismo concluyó que estas sustancias mejoran la estabilidad aeróbica de los materiales fáciles de ensilar. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. La Autoridad también verificó el informe sobre los métodos de análisis de los aditivos en piensos que presentó el laboratorio de referencia creado por el Reglamento (CE) no 1831/2003.

(5)

La evaluación de las sustancias en cuestión pone de manifiesto que se cumplen los requisitos de autorización contemplados en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de las sustancias en cuestión con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

(6)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se autoriza el uso como aditivos en la alimentación animal de las sustancias especificadas en el anexo, pertenecientes a la categoría «aditivos tecnológicos» y al grupo funcional «aditivos para ensilaje», en las condiciones establecidas en dicho anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de noviembre de 2013.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

(2)  EFSA Journal 2011; 9(12):2446.


ANEXO

Número de identificación del aditivo

Nombre del titular de la autorización

Aditivo

Composición, fórmula química, descripción y método analítico

Especie animal o categoría de animales

Edad máxima

Contenido mínimo

Contenido máximo

Otras disposiciones

Fin del período de autorización

mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %

Categoría de aditivos tecnológicos. Grupo funcional: aditivos para ensilaje

1k280

Ácido propiónico

 

Composición del aditivo

Ácido propiónico ≥ 99,5 %

 

Caracterización de la sustancia activa

 

Ácido propiónico ≥ 99,5 %

 

C3H6O2 No CAS: 79-09-4

 

Residuo fijo ≤ 0,01 % cuando se seca a 140 °C a peso constante

 

Aldehídos ≤ 0,1 % expresado como formaldehído

 

Obtenido por síntesis química

 

Método analítico  (1)

Cuantificación del ácido propiónico como total del ácido propiónico en aditivos para piensos, premezclas y piensos: cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con índice de refracción (HPLC-RI)

Rumiantes

1.

El uso simultáneo de otros ácidos orgánicos en las dosis máximas permitidas está contraindicado.

2.

El aditivo se utilizará en material fácil de ensilar (2).

3.

El uso simultáneo con otras fuentes de la sustancia activa no deberá rebasar el contenido máximo autorizado.

4.

Seguridad: durante la manipulación se utilizará protección respiratoria, protección ocular, guantes y ropa de protección.

20 de diciembre de 2023

Cerdos

30 000

Aves de corral

10 000

1k281

Propionato de sodio

 

Composición del aditivo

Propionato de sodio ≥ 98,5 %

 

Caracterización de la sustancia activa

 

Propionato de sodio ≥ 98,5 %

 

C3H5O2Na

 

No CAS: 137-40-6

 

Pérdida por desecación ≤ 4 %, determinada por secado durante dos horas a 105 °C

 

Sustancias insolubles en agua ≤ 0,1 %

 

Obtenido por síntesis química

 

Método analítico  (1)

Cuantificación del propionato de sodio en los aditivos para piensos:

1)

cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con detección del índice de refracción (HPLC-RI) para determinar el total de propionato, y

2)

espectrometría de absorción atómica (AAS) (EN ISO 6869) para determinar el total de sodio.

Cuantificación del propionato de sodio como ácido propiónico total en premezclas y piensos: cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con índice de refracción (HPLC-RI)

Rumiantes

1.

El uso simultáneo de otros ácidos orgánicos en las dosis máximas permitidas está contraindicado.

2.

El aditivo se utilizará en material fácil de ensilar (2).

3.

El uso simultáneo con otras fuentes de la sustancia activa no deberá rebasar el contenido máximo autorizado.

4.

Seguridad: durante la manipulación se utilizará protección respiratoria, protección ocular, guantes y ropa de protección.

20 de diciembre de 2023

Cerdos

30 000 (3)

Aves de corral

10 000 (3)

1k284

Propionato de amonio

 

Composición del aditivo

Preparación de propionato de amonio ≥ 19,0 %, ácido propiónico ≤ 80,0 % y agua ≤ 30 %

 

Caracterización de la sustancia activa

 

Propionato de amonio C3H9O2N

 

No CAS: 17496-08-1

 

Obtenido por síntesis química

 

Método analítico  (1)

Cuantificación de propionato de amonio en los aditivos para piensos:

1)

cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con detección del índice de refracción (HPLC-RI) para determinar el total de propionato, y

2)

valoración con ácido sulfúrico e hidróxido de sodio para determinar el amonio.

Cuantificación del propionato de amonio como la cantidad total de ácido propiónico en premezclas y piensos:

cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con índice de refracción (HPLC-RI)

Rumiantes

1.

El uso simultáneo de otros ácidos orgánicos en las dosis máximas permitidas está contraindicado.

2.

El aditivo se utilizará en material fácil de ensilar (2).

3.

El uso simultáneo con otras fuentes de la sustancia activa no deberá rebasar el contenido máximo autorizado.

4.

Seguridad: durante la manipulación se utilizará protección respiratoria, protección ocular, guantes y ropa de protección.

20 de diciembre de 2023

Cerdos

30 000 (3)

Aves de corral

10 000 (3)


(1)  En la siguiente dirección del laboratorio de referencia figura información detallada sobre los métodos analíticos: http://irmm.jrc.ec.europa.eu/EURLs/EURL_feed_additives/Pages/index.aspx

(2)  Forraje fácil de ensilar: > 3 % de hidratos de carbono solubles en el material fresco (por ejemplo, la planta de maíz entera, ballico, bromo o pulpa de remolacha azucarera), Reglamento (CE) no 429/2008 de la Comisión (DO L 133 de 22.5.2008, p. 1).

(3)  Como ácido propiónico.