23.4.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 111/25


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 364/2013 DEL CONSEJO

de 22 de abril de 2013

por el que se aplica el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) no 204/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 204/2011 del Consejo, de 2 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia (1), y, en particular, su artículo 16, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 2 de marzo de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 204/2011 del Consejo.

(2)

El Consejo considera que ya no hay motivos para que una de las personas de la lista del anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011 siga figurando en dicha lista.

(3)

El anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011 debe actualizarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 22 de abril de 2013.

Por el Consejo

La Presidenta

C. ASHTON


(1)  DO L 58 de 3.3.2011, p. 1.


ANEXO

Queda suprimida de la lista del anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011 la entrada relativa a la persona siguiente:

ASHKAL, Al-Barrani