4.5.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 123/27 |
Revisión del Reglamento interno del Comité de las Regiones
En su 99o Pleno, de 1 de febrero de 2013, el Comité de las Regiones decidió, conforme a lo dispuesto en el artículo 306, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, modificar el artículo 29 de su Reglamento interno, aprobado el 3 de diciembre de 2009, de la forma siguiente:
«Artículo 29 — Composición de la Mesa
La Mesa estará compuesta por las siguientes personas:
a) |
el Presidente; |
b) |
el Vicepresidente primero; |
c) |
un Vicepresidente por cada Estado miembro; |
d) |
veintiocho miembros más; |
e) |
los presidentes de los grupos políticos. |
Al margen del Presidente, del Vicepresidente primero y de los presidentes de los grupos políticos, los puestos de la Mesa se distribuirán del modo siguiente entre las delegaciones nacionales:
— |
tres para Alemania, España, Francia, Italia, Polonia y Reino Unido, |
— |
dos para Bélgica, Bulgaria, Croacia, República Checa, Dinamarca, Irlanda, Grecia, Lituania, Hungría, Países Bajos, Austria, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Finlandia y Suecia, |
— |
uno para Estonia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta y Eslovenia.». |
Esta decisión quedará sujeta a la entrada en vigor del Tratado relativo a la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, prevista el 1 de julio de 2013, y entrará en vigor en esa misma fecha.