4.5.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 123/27


Revisión del Reglamento interno del Comité de las Regiones

En su 99o Pleno, de 1 de febrero de 2013, el Comité de las Regiones decidió, conforme a lo dispuesto en el artículo 306, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, modificar el artículo 29 de su Reglamento interno, aprobado el 3 de diciembre de 2009, de la forma siguiente:

«Artículo 29 —   Composición de la Mesa

La Mesa estará compuesta por las siguientes personas:

a)

el Presidente;

b)

el Vicepresidente primero;

c)

un Vicepresidente por cada Estado miembro;

d)

veintiocho miembros más;

e)

los presidentes de los grupos políticos.

Al margen del Presidente, del Vicepresidente primero y de los presidentes de los grupos políticos, los puestos de la Mesa se distribuirán del modo siguiente entre las delegaciones nacionales:

tres para Alemania, España, Francia, Italia, Polonia y Reino Unido,

dos para Bélgica, Bulgaria, Croacia, República Checa, Dinamarca, Irlanda, Grecia, Lituania, Hungría, Países Bajos, Austria, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Finlandia y Suecia,

uno para Estonia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta y Eslovenia.».

Esta decisión quedará sujeta a la entrada en vigor del Tratado relativo a la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, prevista el 1 de julio de 2013, y entrará en vigor en esa misma fecha.