31.12.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 355/91


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 17 de diciembre de 2013

por la que se determina para la Secretaría General del Consejo la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal y se deroga la Decisión 2011/444/UE

(2013/811/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea, establecidos mediante el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo (1), y en particular el artículo 2 del mencionado Estatuto y el artículo 6 del mencionado Régimen,

Considerando lo siguiente:

(1)

En virtud del artículo 240, apartado 2, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Secretaría General del Consejo estará bajo la responsabilidad de un Secretario General.

(2)

A la luz del Reglamento (UE, Euratom) no 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), que introduce, entre otras modificaciones, un nuevo grupo de funciones AST/SC, es conveniente adoptar una nueva decisión por la que se determine para la Secretaría General del Consejo la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal, y derogar la Decisión 2011/444/UE del Consejo (3).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las competencias que el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea («Estatuto») atribuye a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, y que el Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea («Régimen aplicable a otros agentes») atribuye a la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal serán ejercidas, por lo que respecta a la Secretaría General del Consejo:

a)

por el Consejo, por lo que se refiere al Secretario General;

b)

por el Consejo, a propuesta del Secretario General, para la aplicación a los directores generales de los artículos 1 bis, 30, 34, 41, 49, 50 y 51 del Estatuto;

c)

por el Secretario General en los demás casos.

Se autoriza al Secretario General a delegar en el Director General de la Administración todas o parte de sus competencias por lo que respecta a la aplicación del Régimen aplicable a otros agentes, así como a la aplicación del Estatuto a los funcionarios del grupo de funciones AST y AST/SC, a excepción de las competencias en materia de nombramiento y cese definitivo de los funcionarios y de contratación de otros agentes.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión 2011/444/UE del Consejo.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

L. LINKEVIČIUS


(1)  Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1).

(2)  Reglamento (UE, Euratom) no 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).

(3)  Decisión 2011/444/UE del Consejo, de 12 de julio de 2011, por la que se determina para la Secretaría General del Consejo la autoridad facultada para proceder a los nombramientos y la autoridad facultada para celebrar los contratos de personal y se deroga la Decisión 2006/491/CE, Euratom (DO L 191 de 22.7.2011, p. 21).