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4.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 262/9 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 26 de septiembre de 2013
por la que se modifica la Decisión 1999/70/CE relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales, por lo que respecta a los auditores externos del Banco de España
(2013/481/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Protocolo no 4 sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y, en particular, su artículo 27, apartado 1,
Vista la Recomendación BCE/2013/32 del Banco Central Europeo, de 2 de septiembre de 2013, al Consejo de la Unión Europea sobre los auditores externos del Banco de España (1),
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales del Eurosistema son controladas por auditores externos independientes, recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
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(2) |
El mandato del actual auditor externo del Banco de España ha expirado tras la auditoría del ejercicio de 2012. Por lo tanto, es preciso nombrar un nuevo auditor externo a partir del ejercicio de 2013. |
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(3) |
El Banco de España ha seleccionado a KPMG Auditores, SL como auditor externo para los ejercicios de 2013 a 2017. |
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(4) |
El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que KPMG Auditores, SL sea nombrado auditor externo del Banco de España para los ejercicios de 2013 a 2017. |
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(5) |
Procede seguir la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE y modificar en consecuencia la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. Queda aprobada la designación de KPMG Auditores, SL como auditor externo del Banco de España para los ejercicios de 2013 a 2017.».
Artículo 2
La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.
Artículo 3
El destinatario de la presente Decisión es el Banco Central Europeo.
Hecho en Bruselas, el 26 de septiembre de 2013.
Por el Consejo
El Presidente
E. GUSTAS
(1) DO C 264 de 13.9.2013, p. 1.
(2) Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los Bancos Centrales nacionales (DO L 22 de 29.1.1999, p. 69).