26.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 24/740


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 16 de noviembre de 2012

por la que se adopta la primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro

[notificada con el número C(2012) 8234]

(2013/30/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 2, párrafo tercero,

Considerando lo siguiente:

(1)

La región biogeográfica del mar Negro a que se refiere el artículo 1, letra c), inciso iii), de la Directiva 92/43/CEE comprende partes del territorio, en la Unión, de Bulgaria y Rumanía, según se especifica en el mapa biogeográfico aprobado el 20 de abril de 2005 por el Comité creado en virtud del artículo 20 de esa Directiva, en lo sucesivo denominado «el Comité de hábitats».

(2)

Es necesario seguir avanzando, dentro del proceso iniciado en 1995, en el establecimiento concreto de la red Natura 2000, que es un elemento esencial para la protección de la biodiversidad de la Unión.

(3)

La Comisión adoptó, mediante la Decisión 2009/92/CE (2), la lista inicial de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro a efectos de la Directiva 92/43/CEE. En virtud del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de dicha Directiva, el Estado miembro interesado debe dar a los espacios incluidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro la designación de zona especial de conservación lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años, fijando las prioridades de conservación y las medidas de conservación necesarias.

(4)

Las listas de lugares de importancia comunitaria se revisan en el marco de una adaptación dinámica de la red Natura 2000. Resulta, pues, necesario actualizar la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro.

(5)

Por un lado, es necesario actualizar la lista de lugares de importancia comunitaria de esa región biogeográfica para incluir en ella lugares adicionales propuestos desde 2010 por los Estados miembros como lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro a efectos del artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE. Respecto a esos lugares adicionales, las obligaciones derivadas del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE deben aplicarse lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años tras la adopción de la presente Decisión.

(6)

Por otro lado, la actualización de la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro es necesaria para reflejar los cambios en la información sobre los lugares enviada por los Estados miembros tras la adopción de la lista inicial de la Unión. En ese sentido, la lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro constituye una versión consolidada de esa lista. Cabe señalar que, respecto a los lugares incluidos en la presente Decisión, las obligaciones derivadas del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE deben aplicarse lo antes posible y como máximo en un plazo de seis años tras la adopción de la lista de lugares de importancia comunitaria en que un lugar fue incluido por primera vez.

(7)

En el caso de la región biogeográfica del mar Negro, se remitió a la Comisión entre marzo de 2007 y octubre de 2011, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE, las listas de lugares propuestos como lugares de importancia comunitaria a efectos del artículo 1 de esa Directiva.

(8)

Las listas de los lugares propuestos iban acompañadas de información relativa a cada lugar, consignada en el formulario establecido por la Decisión 97/266/CE de la Comisión, de 18 de diciembre de 1996, relativa a un formulario de información sobre un espacio propuesto para su inclusión en la red Natura 2000 (3).

(9)

Esa información incluye el mapa del lugar remitido por los Estados miembros interesados, su denominación, su ubicación y su superficie, así como los datos resultantes de la aplicación de los criterios que se especifican en el anexo III de la Directiva 92/43/CEE.

(10)

Procede adoptar una lista actualizada de espacios seleccionados como lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro sobre la base del proyecto de lista confeccionado por la Comisión de acuerdo con cada uno de los Estados miembros interesados, en el que se recogen además lugares que albergan tipos de hábitats naturales prioritarios o especies prioritarias.

(11)

Los conocimientos sobre la existencia y distribución de las especies y tipos de hábitats naturales evolucionan constantemente como consecuencia de la vigilancia realizada con arreglo al artículo 11 de la Directiva 92/43/CEE. Por consiguiente, la evaluación y selección de lugares a nivel de la Unión se han llevado a cabo utilizando la mejor información disponible en la actualidad.

(12)

Algunos Estados miembros interesados no han propuesto un número de lugares suficiente para ajustarse a los requisitos de la Directiva 92/43/CEE en lo que se refiere a ciertos tipos de hábitats y a ciertas especies. Así pues, respecto a esos tipos de hábitats y especies no se puede concluir que la red Natura 2000 esté completa. En vista del retraso a la hora de recibir la información y alcanzar el acuerdo con los Estados miembros, procede adoptar una lista actualizada de lugares, que habrá de ser revisada de conformidad con el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE.

(13)

Dado que siguen siendo incompletos los conocimientos sobre la existencia y distribución de algunos de los tipos de hábitats naturales del anexo I y de las especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE, no puede afirmarse que la red Natura 2000 esté completa o no. En caso necesario, la lista debe ser objeto de revisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE.

(14)

En aras de la claridad y de la transparencia, procede derogar la Decisión 2009/92/CE.

(15)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de hábitats.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, párrafo tercero, de la Directiva 92/43/CEE, figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión 2009/92/CE.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 16 de noviembre de 2012.

Por la Comisión

Janez POTOČNIK

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 206 de 22.7.1992, p. 1.

(2)  DO L 43 de 13.2.2009, p. 59.

(3)  DO L 107 de 24.4.1997, p. 1.


ANEXO

Primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro

Cada uno de los lugares de importancia comunitaria (LIC) se identifica mediante la información contenida en el formulario Natura 2000, incluido el mapa correspondiente. Esa información ha sido remitida por las autoridades nacionales competentes con arreglo al artículo 4, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 92/43/CEE.

El cuadro contiene la siguiente información:

A

:

código del LIC compuesto por nueve caracteres, de los cuales los dos primeros son el código ISO del Estado miembro;

B

:

nombre del LIC;

C

:

*= presencia en el LIC de al menos un tipo de hábitat natural o especie prioritarios a tenor del artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE;

D

:

superficie del LIC en hectáreas o longitud en kilómetros;

E

:

coordenadas geográficas del LIC (latitud y longitud) en grados decimales.

Toda la información de la siguiente lista de la Unión se basa en los datos propuestos, remitidos y validados por Bulgaria y Rumanía.

A

B

C

D

E

Código del LIC

Nombre del LIC

*

Superficie del LIC (ha)

Longitud del LIC (km)

Coordenadas geográficas del LIC

 

 

 

 

 

Longitud

Latitud

BG0000100

Plazh Shkorpilovtsi

*

5 125,6526

 

27,8653

42,9453

BG0000102

Dolinata na reka Batova

*

18 459,2388

 

27,9261

43,3764

BG0000103

Galata

*

1 623,7186

 

27,9411

43,1378

BG0000110

Ostrovi Sv. Ivan i Sv. Petar

 

30,04

 

27,6919

42,4383

BG0000116

Kamchia

*

12 919,9374

 

27,7536

43,0217

BG0000118

Zlatni pyasatsi

*

1 374,44

 

28,0364

43,3044

BG0000119

Trite bratya

*

1 021,99

 

27,2883

42,7117

BG0000130

Kraymorska Dobrudzha

*

6 520,74

 

28,3333

43,6200

BG0000132

Pobitite kamani

*

231,35

 

27,6925

43,2322

BG0000133

Kamchiyska i Emenska planina

*

63 678,468

 

27,5081

42,9231

BG0000141

Reka Kamchia

*

158,84

 

27,4783

43,0381

BG0000143

Karaagach

*

64,16

 

27,7725

42,2233

BG0000146

Plazh Gradina - Zlatna ribka

*

1 153,12

 

27,6672

42,4233

BG0000151

Aytoska planina

*

29 379,4

 

27,4414

42,6892

BG0000154

Ezero Durankulak

*

5 050,7948

 

28,5775

43,6828

BG0000198

Sredetska reka

*

707,78

 

27,0475

42,3153

BG0000208

Bosna

*

16 225,8881

 

27,6447

42,1869

BG0000219

Derventski vazvishenia 2

*

55 036,13

 

27,0536

42,1297

BG0000230

Fakiyska reka

*

4 104,72

 

27,2911

42,2942

BG0000242

Zaliv Chengene skele

*

190,0154

 

27,5119

42,4292

BG0000270

Atanasovsko ezero

*

7 210,0163

 

27,4547

42,5836

BG0000271

Mandra - Poda

*

6 139,1738

 

27,4042

42,4150

BG0000273

Burgasko ezero

 

3 066,8992

 

27,3922

42,4975

BG0000573

Kompleks Kaliakra

*

44 128,2643

 

28,3217

43,3469

BG0000574

Aheloy - Ravda - Nesebar

*

3 928,38

 

27,6986

42,6586

BG0000620

Pomorie

*

2 085,15

 

27,6364

42,5989

BG0000621

Ezero Shabla - Ezerets

*

2 623,53

 

28,5875

43,5753

BG0001001

Ropotamo

*

12 815,82

 

27,7000

42,3033

BG0001004

Emine - Irakli

*

11 282,7954

 

27,8397

42,7383

BG0001007

Strandzha

*

118 225,03

 

27,6283

42,0678

ROSCI0065

Delta Dunării

*

454 037,3

 

28,9203

44,9003

ROSCI0066

Delta Dunării - zona marină

 

123 373,7

 

29,2489

44,7789

ROSCI0073

Dunele marine de la Agigea

*

11,4

 

28,6433

44,0883

ROSCI0094

Izvoarele sulfuroase submarine de la Mangalia

 

382

 

28,5986

43,8136

ROSCI0114

Mlaștina Hergheliei - Obanul Mare și Peștera Movilei

*

232,2

 

28,5717

43,8344

ROSCI0157

Pădurea Hagieni - Cotul Văii

*

3 617,7

 

28,4500

43,7889

ROSCI0197

Plaja submersă Eforie Nord - Eforie Sud

 

140,4

 

28,6517

44,0503

ROSCI0237

Structuri submarine metanogene - Sf. Gheorghe

 

6 121,5

 

29,7600

44,8700

ROSCI0269

Vama Veche - 2 Mai

 

6 255

 

28,6511

43,7564

ROSCI0273

Zona marină de la Capul Tuzla

 

1 737,9

 

28,6872

43,9889

ROSCI0281

Cap Aurora

 

13 071

 

28,7031

43,8497

ROSCI0293

Costinesti - 23 August

 

4 877,8

 

28,7208

43,9256