27.7.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 200/1


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 24 de julio de 2012

relativa a la celebración del Acuerdo en forma de canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de la Federación de Rusia relativo al mantenimiento de los compromisos sobre comercio de servicios que figuran en el actual Acuerdo de Colaboración y Cooperación UE-Rusia

(2012/434/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 91, su artículo 100, apartado 2, y su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con el artículo 218, apartado 6, letra a),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1)

De acuerdo con la Decisión 2012/107/UE del Consejo (1), el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de la Federación de Rusia relativo al mantenimiento de los compromisos sobre comercio de servicios que figuran en el actual Acuerdo de Colaboración y Cooperación UE-Rusia («el Acuerdo») se firmó el 16 de diciembre de 2011, a reserva de su celebración.

(2)

Procede aprobar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Gobierno de la Federación de Rusia relativo al mantenimiento de los compromisos sobre comercio de servicios que figuran en el actual Acuerdo de Colaboración y Cooperación UE-Rusia (2).

Artículo 2

El Presidente del Consejo designará a la(s) persona(s) facultada(s) para proceder, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el Acuerdo a fin de expresar el consentimiento de la Unión en vincularse al Acuerdo (3).

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 24 de julio de 2012.

Por el Consejo

El Presidente

A. D. MAVROYIANNIS


(1)  DO L 57 de 29.2.2012, p. 43.

(2)  El Acuerdo se publicó en el DO L 57 de 29.2.2012, p. 44, junto con la Decisión relativa a su firma.

(3)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la entrada en vigor del Acuerdo.