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20.7.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 192/12 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO
de 10 de julio de 2012
por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/344/UE relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal
(2012/409/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) no 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 2,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
De conformidad con el artículo 3, apartado 9, de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE del Consejo (2), la Comisión, conjuntamente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y en concertación con el BCE, ha realizado la cuarta evaluación del progreso de las autoridades portuguesas en la aplicación de las medidas acordadas en virtud del programa de reforma económica y financiera («el programa»), así como de su eficacia e impacto económico y social. |
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(2) |
Según la evaluación, el cumplimiento por Portugal de las condiciones de política económica en el primer trimestre de 2012 fue satisfactorio. El déficit de las administraciones públicas alcanzó el 4,2 % del PIB en 2011. El objetivo presupuestario del 4,5 % del PIB en 2012 sigue estando al alcance. El reequilibrio de la economía ha continuado a buen ritmo y las exportaciones han superado las expectativas y compensado con creces una menor demanda interna. No obstante, han comenzado a materializarse los riesgos para el reequilibrado que presentan las perspectivas macroeconómicas para los objetivos presupuestarios: en la composición del crecimiento aumenta la importancia de las exportaciones netas al tiempo que disminuye la demanda interna, debido al deterioro sustancial del mercado laboral. Se han hecho avances en las reformas para alcanzar el potencial de crecimiento a largo plazo de la economía. Se ha legislado en materia de reformas del mercado laboral dirigidas a suprimir rigideces y mejorar la productividad y deben ser mantenidas. Las indemnizaciones por despido deben alinearse con la media de la Unión y debe crearse un fondo para financiar dichas indemnizaciones. Se está preparando una reforma para revisar el mecanismo de la extensión de los convenios colectivos. Prosiguen los esfuerzos para respaldar la estabilidad del sistema financiero. Se ha completado la venta del Banco Português de Negócios (BPN) y se va a optimizar la gestión de las entidades con fines especiales para maximizar la recuperación de los activos del BPN transferidos. El desapalancamiento del sector financiero esta evolucionando de manera ordenada. La recapitalización del sistema bancario esta encaminada para asegurar en junio de 2012 un ratio mínimo de capital básico de nivel 1 del 9 %, incluidos los requisitos de la Autoridad Bancaria Europea y las necesidades de capital referidas a la transferencia parcial de los fondos de pensiones y las inspecciones especiales in situ. Se ha reforzado el marco que regula la intervención temprana, la resolución y la garantía de depósitos y se ha pedido a las autoridades portuguesas que preparen las medidas de aplicación. La reforma del mercado de productos, particularmente en lo que respecta a los servicios protegidos, es esencial para restablecer la competitividad y promover el crecimiento y el empleo. El Gobierno portugués está aplicando una estrategia encaminada a reestructurar las empresas estatales a fin de reducir su endeudamiento y garantizar unas mejores condiciones de financiación del mercado. Una empresa auditora internacional está elaborando un estudio para evaluar los costes y beneficios de renegociar asociaciones público-privadas (APP) o contratos de concesión, a fin de reducir las obligaciones financieras del Estado. El Gobierno portugués se ha comprometido a establecer un régimen eficaz de aplicación de las normas de competencia. Se está modernizando la reglamentación del mercado de la vivienda para promover la movilidad geográfica y la reforma del sistema judicial avanza satisfactoriamente. El programa de privatización se está aplicando conforme a la nueva ley marco. |
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(3) |
En vista de esta evolución se debe modificar la Decisión de Ejecución 2011/344/UE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El artículo 3 de la Decisión de Ejecución 2011/344/UE queda modificado como sigue:
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1) |
El apartado 6 queda modificado como sigue:
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2) |
El apartado 8 se sustituye por el texto siguiente: «8. Para restablecer la confianza en el sector financiero, Portugal recapitalizará de forma adecuada su sector bancario y garantizará un proceso ordenado de desapalancamiento. A tal fin, aplicará la estrategia para el sector bancario portugués acordada con la Comisión, el BCE y el FMI, de forma que se mantenga la estabilidad financiera. En particular, Portugal:
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Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión será la República Portuguesa.
Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2012.
Por el Consejo
El Presidente
V. SHIARLY