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21.2.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 48/15 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN
de 17 de febrero de 2012
por la que se modifica la Decisión 2005/51/CE en lo que respecta al período durante el cual puede introducirse en la Unión tierra contaminada con plaguicidas o contaminantes orgánicos persistentes a efectos de su descontaminación
[notificada con el número C(2012) 869]
(2012/102/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
No obstante lo dispuesto en la Directiva 2000/29/CE, la Decisión 2005/51/CE de la Comisión, de 21 de enero de 2005, por la que se autoriza a los Estados miembros el establecimiento temporal de excepciones a algunas disposiciones de la Directiva 2000/29/CE del Consejo para la importación de tierra contaminada con plaguicidas o contaminantes orgánicos persistentes a efectos de su descontaminación (2), permite durante un período limitado que los Estados miembros que participan en el Programa de Prevención y Eliminación de Plaguicidas Obsoletos e Indeseables de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) autoricen la introducción en la Comunidad de tierra contaminada por tales plaguicidas para ser tratada en incineradores que estén dedicados específicamente a residuos peligrosos. Dicho programa sigue en curso. |
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(2) |
Dadas las circunstancias que justifican las excepciones concedidas en virtud de la Decisión 2005/51/CE, y en el interés de la buena práctica legislativa, procede ahora prorrogar por cinco años la situación de excepción. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2005/51/CE en consecuencia. |
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(4) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 1, párrafo segundo, de la Decisión 2005/51/CE, la fecha de «29 de febrero de 2012» se sustituye por la de «28 de febrero de 2017».
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 2012.
Por la Comisión
John DALLI
Miembro de la Comisión