21.2.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 48/15


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 17 de febrero de 2012

por la que se modifica la Decisión 2005/51/CE en lo que respecta al período durante el cual puede introducirse en la Unión tierra contaminada con plaguicidas o contaminantes orgánicos persistentes a efectos de su descontaminación

[notificada con el número C(2012) 869]

(2012/102/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

No obstante lo dispuesto en la Directiva 2000/29/CE, la Decisión 2005/51/CE de la Comisión, de 21 de enero de 2005, por la que se autoriza a los Estados miembros el establecimiento temporal de excepciones a algunas disposiciones de la Directiva 2000/29/CE del Consejo para la importación de tierra contaminada con plaguicidas o contaminantes orgánicos persistentes a efectos de su descontaminación (2), permite durante un período limitado que los Estados miembros que participan en el Programa de Prevención y Eliminación de Plaguicidas Obsoletos e Indeseables de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) autoricen la introducción en la Comunidad de tierra contaminada por tales plaguicidas para ser tratada en incineradores que estén dedicados específicamente a residuos peligrosos. Dicho programa sigue en curso.

(2)

Dadas las circunstancias que justifican las excepciones concedidas en virtud de la Decisión 2005/51/CE, y en el interés de la buena práctica legislativa, procede ahora prorrogar por cinco años la situación de excepción.

(3)

Procede, por tanto, modificar la Decisión 2005/51/CE en consecuencia.

(4)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité fitosanitario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1, párrafo segundo, de la Decisión 2005/51/CE, la fecha de «29 de febrero de 2012» se sustituye por la de «28 de febrero de 2017».

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 2012.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 169 de 10.7.2000, p. 1.

(2)   DO L 21 de 25.1.2005, p. 21.